Hasta hace unas décadas, los alcaldes eran un verdadero poder local. Ellos eran los que se encargaban de muchas funciones de gobierno y hasta, quizás, la más importante, eran el contacto directo con el ciudadano y la verdadera figura de autoridad, pues tenían la capacidad de dirimir conflictos.
Esta capacidad de dirimir conflictos llegaba en muchos municipios a ser una verdadera aplicación del derecho consuetudinario, llámesele indígena o no, pues era un derecho que surgía de las propias costumbres de la población del municipio.
Al cambiar la estructura de los municipios y su integración a sistemas impuestos de planificación, estructura, elección y capacidades, el sistema sufrió un quiebre. Las municipalidades se convierten en un ente burocrático con finalidades puramente administrativas. Se les impide resolver conflictos entre sus vecinos y se rompen instituciones que servían a esa cohesión social tan necesaria en la convivencia pacífica.l Los cabildos abiertos, las audiencias, la autoridad de los alcaldes como “ancianos del pueblo” y las instituciones periféricas como las cofradías dejan de tener importancia. Se busca una estructura de centralización por medio de los COCODES, que causa ese conflicto actual entre autoridad electa y autoridad legítima.
Es por ello que se requiere encontrar las fórmulas legales de integración a las municipalidades de los mecanismos de resolución de conflictos consuetudinarios, retomando el alcalde la función de “anciano” de la localidad. Estas ancestrales funciones de gobierno local deben ser incorporadades a las propias municipalidades. Este cambio es de fondo y debe ser prioridad analizar la forma de lograrlo, pues no puede ser una forma única para los más de trescientos municipios existentes.
Debe verse en las municipalidades la salida a los conflictos de idioma, sistemas de derecho y búsqueda de mecanismos para guardar la paz. Recordemos que alrededor de 70% de las muertes violentas en Guatemala son producto de conflictos entre conocidos por deudas, líos de amor y copas.
Hasta hace unas décadas, los alcaldes eran un verdadero poder local. Ellos eran los que se encargaban de muchas funciones de gobierno y hasta, quizás, la más importante, eran el contacto directo con el ciudadano y la verdadera figura de autoridad, pues tenían la capacidad de dirimir conflictos.
Esta capacidad de dirimir conflictos llegaba en muchos municipios a ser una verdadera aplicación del derecho consuetudinario, llámesele indígena o no, pues era un derecho que surgía de las propias costumbres de la población del municipio.
Al cambiar la estructura de los municipios y su integración a sistemas impuestos de planificación, estructura, elección y capacidades, el sistema sufrió un quiebre. Las municipalidades se convierten en un ente burocrático con finalidades puramente administrativas. Se les impide resolver conflictos entre sus vecinos y se rompen instituciones que servían a esa cohesión social tan necesaria en la convivencia pacífica.l Los cabildos abiertos, las audiencias, la autoridad de los alcaldes como “ancianos del pueblo” y las instituciones periféricas como las cofradías dejan de tener importancia. Se busca una estructura de centralización por medio de los COCODES, que causa ese conflicto actual entre autoridad electa y autoridad legítima.
Es por ello que se requiere encontrar las fórmulas legales de integración a las municipalidades de los mecanismos de resolución de conflictos consuetudinarios, retomando el alcalde la función de “anciano” de la localidad. Estas ancestrales funciones de gobierno local deben ser incorporadades a las propias municipalidades. Este cambio es de fondo y debe ser prioridad analizar la forma de lograrlo, pues no puede ser una forma única para los más de trescientos municipios existentes.
Debe verse en las municipalidades la salida a los conflictos de idioma, sistemas de derecho y búsqueda de mecanismos para guardar la paz. Recordemos que alrededor de 70% de las muertes violentas en Guatemala son producto de conflictos entre conocidos por deudas, líos de amor y copas.