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Entendiendo la ciudad de Guatemala: La Fuga de gas

Redacción
18 de diciembre, 2015

Por Rudy M. Pineda

“¡Eres como una fuga de gas, no te vemos, no te olemos, pero estas matándonos silenciosamente a todos!”. Esa es la alegoría que usa Rudy Mangano, interpretado por Robert De Niro, al discutir con Terry, Virginia Madsen, en Joy, la nueva película de David O. Russell. Una película que promete no decepcionar. Pero este artículo no trata sobre el tráiler de esta película, sino sobre cómo esa alegoría explica perfectamente las consecuencias de normas legales arbitrarias inmiscuidas en un plan de ordenamiento territorial como lo es el POT para la ciudad de Guatemala.

Como bien sabemos, el fin de una República es el de proteger los derechos de los individuos en contra de la coacción arbitraria, lamentablemente tal objetivo se encuentra distorsionado desde el primer artículo de la Constitución Política de la República de Guatemala, entrando está en contradicción con sí misma al estipular que su fin es la realización del bien común.

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Este cimiento ambiguo permitió que muchas normas que debieran de proteger la libertad de la persona, protegieran en lugar, el interés general, pero ¿Quién dicta lo que es el interés general? Manuel Ayau logra contestar tal incógnita en su artículo Intereses contra derechos: “Por eso, y para que no quede cojo el precepto, debe complementarse así: el interés general prevalece sobre el interés particular, pero no sobre los derechos individuales, porque es de interés general que prive el derecho individual.”

Gracias a que muchos funcionarios públicos no entienden la importancia del derecho individual sobre el interés general es que se han cometido atrocidades; Se han dictado muchas normas jurídicas arbitrarias que limitan la libertad de los individuos del país, y por consiguiente, que limitan el desarrollo integral de la persona. El POT es una de ellas.

Muy acertadamente el inciso C del artículo 253 de la Constitución dicta que las municipalidades deben “Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios”. Digo que es acertado porque sería ilógico que los habitantes de Xela tengan opinión sobre los habitantes de la Ciudad de Guatemala, además que es necesario establecer reglas que protejan el derecho individual de manera específica.

El ordenamiento territorial y la planificación urbana no son nuevos, los egipcios lo hicieron, los griegos, los romanos, Europa asombró durante la edad media por su desinterés en ello, los renacentistas retomaron lo de los romanos, y a partir de la ilustración se volvieron creativos. Es necesario que una ciudad posea una planeación urbana, pero no una fundada sobre argumentos arbitrarios, sino una que logre respetar al individuo, y que permita que este tenga la libertad necesaria para realizar sus propósitos y así poderse desarrollar como persona.

El POT falla con este respecto al establecer una zonificación por densidad, los llamados G’s, catalogados desde los territorios menos densos o rurales (G0) hasta lo más denso y urbano (G5). Definiendo de esta manera un límite en cuanto a que tanto una persona puede construir en su propiedad. Esto hace que el valor de aquellos terrenos con un índice de edificabilidad más alto (G5) sea mayor que el de un terreno con menor índice, sin importarle los atributos del solar y sin importarle los propósitos del dueño.

El principal problema de este tipo de normativa es que destruye el sistema de precios dentro de un mercado libre; Propiedades que antes tenían cierto valor por sus características contextuales, lo perdieron al agregársele un atributo que no poseen. ¿Cómo sabían estos perversos planificadores la capacidad de construcción que cada terreno tiene? Al estudiar el documento soporte del POT uno logra entender que obtuvieron estos índices de edificabilidad al copiarlos de otros planes de ordenamiento, y al estudiar estas otras normativas, uno se topa con que ese tipo de densidad es la correcta para una ciudad porque es lo que se mira bien. ¿En dónde quedó el método científico? Edward Glasser explica en su libro Triumph of the City como es que la ciudades crecen debido a la capacidad que estas tienen de economizar los recursos de los que prescindimos. Que el individuo migra del área rural al urbano pues se le hace más fácil satisfacer sus necesidades. Y que por la misma razón, entre más cerca esté un terreno del centro de esta, más valor tendrá pues se estará más cerca de sus servicios. El incremento de esta demanda es lo que da origen a edificios altos, ya que estos pueden multiplicar el área del solar verticalmente, en otras palabras, más personas pueden hacer uso de la misma propiedad por un precio menor. De esta manera, personas que antes vivían en los suburbios pueden migrar adentro de la ciudad y ahorrarse, no solo el costo que implica en relación al transporte, sino el costo del tiempo que pierden al trasladarse. ¿Suena familiar?

Economizar significa ausencia de desperdicio, o, en su forma positiva, el correcto uso de los recursos. La ciudad de Guatemala ha fallado, gracias al POT, en mejorar su desempeño económico. Un sin fin de proyectos inmobiliarios tipo “colonia” en la periferia de la ciudad evidencian la alta demanda que existe por vivir dentro de la misma; pero esta no puede satisfacer tal demanda puesto que se ha limitado su capacidad constructiva. Esto, en conjunto con la mafia del transporte urbano y el desinterés por mejorar la locomoción peatonal, son las razones por las que el tráfico en la ciudad ha aumentado.

Al embarcarme en discusiones sobre el POT con individuos ajenos al desarrollo inmobiliario, a modo de experimento, recibí un susto terrible, ya que todas comenzaban con un “¿y eso que es?” ¿Cómo es posible que existan propietarios de terrenos dentro de la ciudad que no saben que se les ha arrebatado la libertad de hacer con su terreno lo que deseen y además les hayan distorsionado el valor de su propiedad, solo porque unos cuantos consideraron que así las ciudades se miran bonitas?

El POT es discriminativo e injusto, además de inconstitucional; falla en cada uno de sus objetivos, y ralentiza el progreso de la ciudad. Enfatizo, las ciudades necesitan de un plan de ordenamiento territorial, pero uno que posea normas no arbitrarias, uno que respete el derecho y la libertad individual, sino, es como una fuga de gas, inodoro, invisible, y que nos mata lentamente a todos.

Entendiendo la ciudad de Guatemala: La Fuga de gas

Redacción
18 de diciembre, 2015

Por Rudy M. Pineda

“¡Eres como una fuga de gas, no te vemos, no te olemos, pero estas matándonos silenciosamente a todos!”. Esa es la alegoría que usa Rudy Mangano, interpretado por Robert De Niro, al discutir con Terry, Virginia Madsen, en Joy, la nueva película de David O. Russell. Una película que promete no decepcionar. Pero este artículo no trata sobre el tráiler de esta película, sino sobre cómo esa alegoría explica perfectamente las consecuencias de normas legales arbitrarias inmiscuidas en un plan de ordenamiento territorial como lo es el POT para la ciudad de Guatemala.

Como bien sabemos, el fin de una República es el de proteger los derechos de los individuos en contra de la coacción arbitraria, lamentablemente tal objetivo se encuentra distorsionado desde el primer artículo de la Constitución Política de la República de Guatemala, entrando está en contradicción con sí misma al estipular que su fin es la realización del bien común.

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Este cimiento ambiguo permitió que muchas normas que debieran de proteger la libertad de la persona, protegieran en lugar, el interés general, pero ¿Quién dicta lo que es el interés general? Manuel Ayau logra contestar tal incógnita en su artículo Intereses contra derechos: “Por eso, y para que no quede cojo el precepto, debe complementarse así: el interés general prevalece sobre el interés particular, pero no sobre los derechos individuales, porque es de interés general que prive el derecho individual.”

Gracias a que muchos funcionarios públicos no entienden la importancia del derecho individual sobre el interés general es que se han cometido atrocidades; Se han dictado muchas normas jurídicas arbitrarias que limitan la libertad de los individuos del país, y por consiguiente, que limitan el desarrollo integral de la persona. El POT es una de ellas.

Muy acertadamente el inciso C del artículo 253 de la Constitución dicta que las municipalidades deben “Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios”. Digo que es acertado porque sería ilógico que los habitantes de Xela tengan opinión sobre los habitantes de la Ciudad de Guatemala, además que es necesario establecer reglas que protejan el derecho individual de manera específica.

El ordenamiento territorial y la planificación urbana no son nuevos, los egipcios lo hicieron, los griegos, los romanos, Europa asombró durante la edad media por su desinterés en ello, los renacentistas retomaron lo de los romanos, y a partir de la ilustración se volvieron creativos. Es necesario que una ciudad posea una planeación urbana, pero no una fundada sobre argumentos arbitrarios, sino una que logre respetar al individuo, y que permita que este tenga la libertad necesaria para realizar sus propósitos y así poderse desarrollar como persona.

El POT falla con este respecto al establecer una zonificación por densidad, los llamados G’s, catalogados desde los territorios menos densos o rurales (G0) hasta lo más denso y urbano (G5). Definiendo de esta manera un límite en cuanto a que tanto una persona puede construir en su propiedad. Esto hace que el valor de aquellos terrenos con un índice de edificabilidad más alto (G5) sea mayor que el de un terreno con menor índice, sin importarle los atributos del solar y sin importarle los propósitos del dueño.

El principal problema de este tipo de normativa es que destruye el sistema de precios dentro de un mercado libre; Propiedades que antes tenían cierto valor por sus características contextuales, lo perdieron al agregársele un atributo que no poseen. ¿Cómo sabían estos perversos planificadores la capacidad de construcción que cada terreno tiene? Al estudiar el documento soporte del POT uno logra entender que obtuvieron estos índices de edificabilidad al copiarlos de otros planes de ordenamiento, y al estudiar estas otras normativas, uno se topa con que ese tipo de densidad es la correcta para una ciudad porque es lo que se mira bien. ¿En dónde quedó el método científico? Edward Glasser explica en su libro Triumph of the City como es que la ciudades crecen debido a la capacidad que estas tienen de economizar los recursos de los que prescindimos. Que el individuo migra del área rural al urbano pues se le hace más fácil satisfacer sus necesidades. Y que por la misma razón, entre más cerca esté un terreno del centro de esta, más valor tendrá pues se estará más cerca de sus servicios. El incremento de esta demanda es lo que da origen a edificios altos, ya que estos pueden multiplicar el área del solar verticalmente, en otras palabras, más personas pueden hacer uso de la misma propiedad por un precio menor. De esta manera, personas que antes vivían en los suburbios pueden migrar adentro de la ciudad y ahorrarse, no solo el costo que implica en relación al transporte, sino el costo del tiempo que pierden al trasladarse. ¿Suena familiar?

Economizar significa ausencia de desperdicio, o, en su forma positiva, el correcto uso de los recursos. La ciudad de Guatemala ha fallado, gracias al POT, en mejorar su desempeño económico. Un sin fin de proyectos inmobiliarios tipo “colonia” en la periferia de la ciudad evidencian la alta demanda que existe por vivir dentro de la misma; pero esta no puede satisfacer tal demanda puesto que se ha limitado su capacidad constructiva. Esto, en conjunto con la mafia del transporte urbano y el desinterés por mejorar la locomoción peatonal, son las razones por las que el tráfico en la ciudad ha aumentado.

Al embarcarme en discusiones sobre el POT con individuos ajenos al desarrollo inmobiliario, a modo de experimento, recibí un susto terrible, ya que todas comenzaban con un “¿y eso que es?” ¿Cómo es posible que existan propietarios de terrenos dentro de la ciudad que no saben que se les ha arrebatado la libertad de hacer con su terreno lo que deseen y además les hayan distorsionado el valor de su propiedad, solo porque unos cuantos consideraron que así las ciudades se miran bonitas?

El POT es discriminativo e injusto, además de inconstitucional; falla en cada uno de sus objetivos, y ralentiza el progreso de la ciudad. Enfatizo, las ciudades necesitan de un plan de ordenamiento territorial, pero uno que posea normas no arbitrarias, uno que respete el derecho y la libertad individual, sino, es como una fuga de gas, inodoro, invisible, y que nos mata lentamente a todos.