El portavoz presidencial Heinz Heimann declaró que no retirar el derecho de antejuicio para los alcaldes es una cuestión de gobernabilidad, pese a que se considera en el proyecto de la Reforma de la Justicia en Guatemala.
Durante una actividad con los miembros de la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), realizada el sábado, el mandatario manifestó que su “compromiso es luchar para que a los alcaldes no les quiten el antejuicio”.
Ese derecho se refiere a la garantía constitucional concedida a los dignatarios y funcionarios públicos para no ser detenidos o sometidos a procedimiento penal ante los órganos jurisdiccionales correspondientes.
La Ley en Materia de Antejuicio (Decreto 85-2002), refiere que para eliminar ese derecho, debe existir una declaratoria previa de autoridad competente “que ha lugar a formación de causa, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley. El antejuicio es un derecho inherente al cargo, inalienable, imprescriptible e irrenunciable”.
“En los casos en los cuales haya que quitar la inmunidad se llevará a cabo el debido proceso”, detalló el vocero. Agregó que es un tema en análisis y recordó que hay demandas planteadas contra alcaldes y la mayoría no prosperan por falta de fundamento.
“El tema es permitir la gobernabilidad, pero si hay cuestiones y es necesario retirársela (la inmunidad) a algún funcionario, para eso está el sistema de justicia”, refirió Heimann.
El portavoz presidencial Heinz Heimann declaró que no retirar el derecho de antejuicio para los alcaldes es una cuestión de gobernabilidad, pese a que se considera en el proyecto de la Reforma de la Justicia en Guatemala.
Durante una actividad con los miembros de la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), realizada el sábado, el mandatario manifestó que su “compromiso es luchar para que a los alcaldes no les quiten el antejuicio”.
Ese derecho se refiere a la garantía constitucional concedida a los dignatarios y funcionarios públicos para no ser detenidos o sometidos a procedimiento penal ante los órganos jurisdiccionales correspondientes.
La Ley en Materia de Antejuicio (Decreto 85-2002), refiere que para eliminar ese derecho, debe existir una declaratoria previa de autoridad competente “que ha lugar a formación de causa, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley. El antejuicio es un derecho inherente al cargo, inalienable, imprescriptible e irrenunciable”.
“En los casos en los cuales haya que quitar la inmunidad se llevará a cabo el debido proceso”, detalló el vocero. Agregó que es un tema en análisis y recordó que hay demandas planteadas contra alcaldes y la mayoría no prosperan por falta de fundamento.
“El tema es permitir la gobernabilidad, pero si hay cuestiones y es necesario retirársela (la inmunidad) a algún funcionario, para eso está el sistema de justicia”, refirió Heimann.