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Vladimir Aguilar insiste en su inocencia y se presenta al MP

Eder Juarez
20 de mayo, 2016

El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Vladimir Aguilar, se presentó este viernes a la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), del Ministerio Público (MP) para ponerse a disposición de las autoridades, tras los señalamientos que lo involucran en el caso de la Terminal de Contenedores Quetzal (TCQ).

Aguilar dijo que estar dispuesto a contribuir con la investigación porque a su consideración existe demasiada desinformación. De acuerdo con el exmagistrado, en el caso que lo ocupa se le solicitó declarar la lesividad del contrato al cual se respondió que “no”, por el artículo 20, segundo parráfo de la Ley de lo Contencioso Administrativo y el artículo 17 de la Ley del Organismo Ejecutivo, inciso B, que establece que el Procurador General de la Nación no puede actuar de oficio, porque es necesaria la instrucción del Presidente de la República en Consejo de Ministros.

Reitero que es inocente de la imputación que le realiza el MP y su decisión de renunciar fue porque el proceso de la pesquisidora estaba parcializado y que su intención no es entorpecer ni retrasar el proceso en su contra.

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Aguilar es señalado por el MP y la CICIG de delito de trafico de influencias en el caso de la Terminal de Contenedores Quetzal, que ha involucrado al exbinomio presidencial, y otros exfuncionarios del Partido Patriota.

Vladimir Aguilar insiste en su inocencia y se presenta al MP

Eder Juarez
20 de mayo, 2016

El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Vladimir Aguilar, se presentó este viernes a la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), del Ministerio Público (MP) para ponerse a disposición de las autoridades, tras los señalamientos que lo involucran en el caso de la Terminal de Contenedores Quetzal (TCQ).

Aguilar dijo que estar dispuesto a contribuir con la investigación porque a su consideración existe demasiada desinformación. De acuerdo con el exmagistrado, en el caso que lo ocupa se le solicitó declarar la lesividad del contrato al cual se respondió que “no”, por el artículo 20, segundo parráfo de la Ley de lo Contencioso Administrativo y el artículo 17 de la Ley del Organismo Ejecutivo, inciso B, que establece que el Procurador General de la Nación no puede actuar de oficio, porque es necesaria la instrucción del Presidente de la República en Consejo de Ministros.

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