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Convenio 169.

Marina Martínez
26 de septiembre, 2016

El convenio sobre pueblos indígenas y tribales 169 es un tratado internacional, adoptado por la Conferencia Internacional de Trabajo – OIT – en 1989 , el cual fue resultado del consenso por los mandantes tripartitos de la OIT (Gobierno, empleadores y trabajadores ) en relación con los derechos de los pueblos indígenas y tribales dentro de los Estados en los que viven y las responsabilidades de los gobiernos, de proteger estos derechos. El objetivo es la construcción de diálogo que promueva la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones sobre las propias prioridades, enlazadas al desarrollo, empleo, formación profesional, educación, seguridad social, salud, derecho consuetudinario, instituciones tradicionales, lenguas, creencias religiosas y cooperación a través de las fronteras.

Luego de 20 años de la ratificación del convenio 169 por el Gobierno de Guatemala, nos encontramos en una zona gris donde los únicos que han percibido un beneficio de la ausencia de la reglamentación del mismo, son esos personajes que se hacen llamar líderes comunitarios y sociales, pero que en realidad detrás de ese pseudo liderazgo hay intereses económicos, mentiras hacia comunidades, pero sobre todo actos ilegales que pocas veces son condenados por las autoridades de justicia.

En un país donde más del 40 por ciento de la población es indígena (Según proyecciones del INE) pluricultural, multilingüe por los 25 idiomas que se hablan y la cohabitación de cuatro culturas: “Maya, Garifuna, Xinca y Mestizos”, el convenio 169 ¿no debería ser una prioridad la reglamentación? Un convenio cuyos fundamentos filosóficos tiene, el abandono del principio asimilacionista, que reconoce el carácter permanente y no temporal de los pueblos indígenas, la regla de no discriminación, para hacer frente donde pueden sufrir discriminación o coerción y sobre todo igualdad ante la ley, independientemente de las diferencias sociales, culturales y étnicas; comienza hoy en día a tambalear debido al mal uso que se les está dando por algunos vividores del conflicto y por la ausencia de conocimiento sobre el mismo de todos los sectores de la sociedad.

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¿Por qué beneficio? Porque al tergiversar los fundamentos y objetivos del convenio 169 se están promoviendo “consultas” comunitarias por entes, que muchas veces ni de la zona son, a través de organizaciones o individuos, donde promueven confrontación, piden dinero ofreciendo soluciones que jamás llegarán pero sobre todo, engañando a la población que hoy en día, antes que confrontación y engaños, necesita empezar a cambiar sus indicadores básicos como salud, nutrición, educación y oportunidades para reducir la pobreza.

De lo anterior, se han desprendido muchas conjeturas y malos usos informativos, por lo que para quienes no se han tomado el tiempo de estudiarlo, entenderlo y dialogarlo, el convenio 169: representa la construcción de diálogos previos a la implementación de inversiones y, cuya responsabilidad recae totalmente en el Estado (en este caso el de Guatemala), desde el proceso de la legitimación de sus liderazgos como en la creación de espacios de dialogo y obviamente en la elaboración de consulta.

Además, esta consulta no tiene derecho de veto de las inversiones, lo que tiene es el derecho a que se dé claridad a las dudas de los pueblos indígenas, se generen compromisos que promuevan desarrollo en zonas que históricamente han estado en el olvido y que tanto requieren un impulso para avanzar en indicadores sociales, pero sobre todo se de legitimidad al verdadero liderazgo indígena y tribal en Guatemala, a través de la representatividad que le dan sus pueblos y eso les de la capacidad de gestionar su propio futuro.

Hay demasiado que escribir por el convenio 169, y estoy segura que me tomaré más de una columna para escribir el respecto, pero como ciudadanos guatemaltecos tenemos que empezar a informarnos más al del tema y exigir la reglamentación del convenio 169 al Estado, así como el cumplimiento de sus objetivos para que sea previa, libre e informada, y a través de sus líderes legítimos y no de personajes conflictivos que su único trabajo es destruir inversiones, difamar personas y llenarse de dinero ilegal, ya que debemos empezar dar legitimidad a los pueblos indígenas y tribales del país, impulsar su desarrollo y garantizar que los verdaderos derechos humanos, sean para todos. Será la única manera que el país avanzará. @lumartinezg

República.gt es ajena a la opinión expresada en este artículo

Convenio 169.

Marina Martínez
26 de septiembre, 2016

El convenio sobre pueblos indígenas y tribales 169 es un tratado internacional, adoptado por la Conferencia Internacional de Trabajo – OIT – en 1989 , el cual fue resultado del consenso por los mandantes tripartitos de la OIT (Gobierno, empleadores y trabajadores ) en relación con los derechos de los pueblos indígenas y tribales dentro de los Estados en los que viven y las responsabilidades de los gobiernos, de proteger estos derechos. El objetivo es la construcción de diálogo que promueva la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones sobre las propias prioridades, enlazadas al desarrollo, empleo, formación profesional, educación, seguridad social, salud, derecho consuetudinario, instituciones tradicionales, lenguas, creencias religiosas y cooperación a través de las fronteras.

Luego de 20 años de la ratificación del convenio 169 por el Gobierno de Guatemala, nos encontramos en una zona gris donde los únicos que han percibido un beneficio de la ausencia de la reglamentación del mismo, son esos personajes que se hacen llamar líderes comunitarios y sociales, pero que en realidad detrás de ese pseudo liderazgo hay intereses económicos, mentiras hacia comunidades, pero sobre todo actos ilegales que pocas veces son condenados por las autoridades de justicia.

En un país donde más del 40 por ciento de la población es indígena (Según proyecciones del INE) pluricultural, multilingüe por los 25 idiomas que se hablan y la cohabitación de cuatro culturas: “Maya, Garifuna, Xinca y Mestizos”, el convenio 169 ¿no debería ser una prioridad la reglamentación? Un convenio cuyos fundamentos filosóficos tiene, el abandono del principio asimilacionista, que reconoce el carácter permanente y no temporal de los pueblos indígenas, la regla de no discriminación, para hacer frente donde pueden sufrir discriminación o coerción y sobre todo igualdad ante la ley, independientemente de las diferencias sociales, culturales y étnicas; comienza hoy en día a tambalear debido al mal uso que se les está dando por algunos vividores del conflicto y por la ausencia de conocimiento sobre el mismo de todos los sectores de la sociedad.

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¿Por qué beneficio? Porque al tergiversar los fundamentos y objetivos del convenio 169 se están promoviendo “consultas” comunitarias por entes, que muchas veces ni de la zona son, a través de organizaciones o individuos, donde promueven confrontación, piden dinero ofreciendo soluciones que jamás llegarán pero sobre todo, engañando a la población que hoy en día, antes que confrontación y engaños, necesita empezar a cambiar sus indicadores básicos como salud, nutrición, educación y oportunidades para reducir la pobreza.

De lo anterior, se han desprendido muchas conjeturas y malos usos informativos, por lo que para quienes no se han tomado el tiempo de estudiarlo, entenderlo y dialogarlo, el convenio 169: representa la construcción de diálogos previos a la implementación de inversiones y, cuya responsabilidad recae totalmente en el Estado (en este caso el de Guatemala), desde el proceso de la legitimación de sus liderazgos como en la creación de espacios de dialogo y obviamente en la elaboración de consulta.

Además, esta consulta no tiene derecho de veto de las inversiones, lo que tiene es el derecho a que se dé claridad a las dudas de los pueblos indígenas, se generen compromisos que promuevan desarrollo en zonas que históricamente han estado en el olvido y que tanto requieren un impulso para avanzar en indicadores sociales, pero sobre todo se de legitimidad al verdadero liderazgo indígena y tribal en Guatemala, a través de la representatividad que le dan sus pueblos y eso les de la capacidad de gestionar su propio futuro.

Hay demasiado que escribir por el convenio 169, y estoy segura que me tomaré más de una columna para escribir el respecto, pero como ciudadanos guatemaltecos tenemos que empezar a informarnos más al del tema y exigir la reglamentación del convenio 169 al Estado, así como el cumplimiento de sus objetivos para que sea previa, libre e informada, y a través de sus líderes legítimos y no de personajes conflictivos que su único trabajo es destruir inversiones, difamar personas y llenarse de dinero ilegal, ya que debemos empezar dar legitimidad a los pueblos indígenas y tribales del país, impulsar su desarrollo y garantizar que los verdaderos derechos humanos, sean para todos. Será la única manera que el país avanzará. @lumartinezg

República.gt es ajena a la opinión expresada en este artículo