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La farsa de reforma

Redacción República
19 de febrero, 2017

Invito a mis paisanos a leer la última oración del artículo 35 de la Constitución Política de Guatemala, cito: “Artículo 35… Los propietarios de los medios de comunicación social, deberán proporcionar cobertura socioeconómica a sus reporteros, a través de la contratación de seguros de vida”. Si los medios de comunicación hacen esto porque no hacerlo con los dueños de medios de transporte que en Guatemala se ha convertido en el oficio más peligroso del mundo.

También invito a leer el artículo 161 de la referida constitución respecto a los diputados, cito: “Artículo 161. Prerrogativas de los diputados…b) Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar los negocios públicos, en el desempeño de su cargo. Todas las dependencias del Estado tienen la obligación de guardar a los diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura… Sólo el Congreso será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para imponer las sanciones disciplinarias pertinentes.

Me agradaría saber si retrospectivamente los cinco decretos básicos de los firmados tras el golpe de Estado de Efraín Ríos Mont que dieron vida al Renap, al Tribunal Supremo Electoral y suprimieron las garantías de los pueblos indígenas fueron tomados en cuenta en la asonada de Reforma de 2017. No hay que ser desmemoriados y saber que América (Estados Unidos), en ese entonces mantuvo o un silencio sistemático pero si sabían las repercusiones de  esos decretos en la vida nacional.

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Me pregunto ¿si cuando se pretenden reformas al sector justicia se piensa en el pueblo o en los intereses razonables de seguridad nacional de la frontera sur de América? ¿No han pensado los que proponen las reformas que al igual que los periodistas gozan de un seguro lo gocen los pilotos o los operadores de justicia, o los alcaldes? ¿Si los diputados son irresponsables como reza el artículo 161 lo puedan ser los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia o los Ministros de Estado?

La vulnerabilidad de la niñez que hizo en la época reciente que más de 57,000 niños llegaran a las principales ciudades de América sin acompañamiento de un adulto. O que las familias guatemaltecas por el mercantilismo del que ahora es partidario Trump vivan con Q 20.00 diarios o menos para su subsistencia.

Espero que los fiscales y jueces no estén siendo instrumentalizados y restarles a las comunidades indígenas a través de la fuerza de ley y bajo intereses ocultos la independencia que tenía la cédula de vecindad en Guatemala.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

La farsa de reforma

Redacción República
19 de febrero, 2017

Invito a mis paisanos a leer la última oración del artículo 35 de la Constitución Política de Guatemala, cito: “Artículo 35… Los propietarios de los medios de comunicación social, deberán proporcionar cobertura socioeconómica a sus reporteros, a través de la contratación de seguros de vida”. Si los medios de comunicación hacen esto porque no hacerlo con los dueños de medios de transporte que en Guatemala se ha convertido en el oficio más peligroso del mundo.

También invito a leer el artículo 161 de la referida constitución respecto a los diputados, cito: “Artículo 161. Prerrogativas de los diputados…b) Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar los negocios públicos, en el desempeño de su cargo. Todas las dependencias del Estado tienen la obligación de guardar a los diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura… Sólo el Congreso será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para imponer las sanciones disciplinarias pertinentes.

Me agradaría saber si retrospectivamente los cinco decretos básicos de los firmados tras el golpe de Estado de Efraín Ríos Mont que dieron vida al Renap, al Tribunal Supremo Electoral y suprimieron las garantías de los pueblos indígenas fueron tomados en cuenta en la asonada de Reforma de 2017. No hay que ser desmemoriados y saber que América (Estados Unidos), en ese entonces mantuvo o un silencio sistemático pero si sabían las repercusiones de  esos decretos en la vida nacional.

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Me pregunto ¿si cuando se pretenden reformas al sector justicia se piensa en el pueblo o en los intereses razonables de seguridad nacional de la frontera sur de América? ¿No han pensado los que proponen las reformas que al igual que los periodistas gozan de un seguro lo gocen los pilotos o los operadores de justicia, o los alcaldes? ¿Si los diputados son irresponsables como reza el artículo 161 lo puedan ser los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia o los Ministros de Estado?

La vulnerabilidad de la niñez que hizo en la época reciente que más de 57,000 niños llegaran a las principales ciudades de América sin acompañamiento de un adulto. O que las familias guatemaltecas por el mercantilismo del que ahora es partidario Trump vivan con Q 20.00 diarios o menos para su subsistencia.

Espero que los fiscales y jueces no estén siendo instrumentalizados y restarles a las comunidades indígenas a través de la fuerza de ley y bajo intereses ocultos la independencia que tenía la cédula de vecindad en Guatemala.

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