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OIT: Las consultas del Convenio 169 no deben detener el desarrollo

Luis Gonzalez
05 de abril, 2017

Las consultas establecidas en el Convenio 169 son responsabilidad exclusiva del Estado y no son para “transferir” a los pueblos indígenas el derecho de que ellos decidan acerca de temas de interés nacional, indica Carmen Moreno, directora de la oficina regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Durante su participación en el foro “Situación del Derecho de Consulta  en el Convenio 169”, la funcionaria subraya que las consultas previas a realizar algún proyecto, no son “plesbicito” para obtener un “si o no”, tampoco para obtener un “veto” a decisiones de beneficio general.

Asimismo, subraya que estos procedimientos sirven para establecer un diálogo con las “autoridades representativas y reconocidas”, con “genuina representatividad” y que son afectadas de manera directa por los proyectos que se impulsan.

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Moreno también enfatiza que las consultas no solo deben abarcan temas específicos relacionados con la operación de las empresas, sino otros como educación y salud, para entender los beneficios que tendrá el proyecto.

En relación con posibles efectos negativos, la representante de la OIT señala que para ello sirve el diálogo, porque se buscan acuerdos para mitigar las probables consecuencias desfavorables, pero enfatiza que es el Estado, al final, el que tiene la última decisión de retirar o continuar con los proyectos.

Carmen Moreno, directora de la oficina regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Es necesario el reglamento

La funcionaria de la OIT señala las consultas a los pueblos indígenas son necesarias y por ello es importante contar con un reglamento que establezca el mecanismo del procedimiento. Animó a las autoridades guatemaltecas a contar con este instrumento y adaptar el Convenio 169 a la realidad nacional.

Mientras tanto, Anayté Guardado, directora ejecutiva de la Asociación de Generadores con Energía Renovable (AGER), comenta que “la consulta a pueblos indígenas es un instrumento de gobernanza que debe ser implementado en beneficio de las poblaciones indígenas y no debe ser erróneamente utilizado para detener inversiones”.

Por aparte, Gustavo Porras, expresidente del Consejo Económico Social, tras escuchar a Moreno, comenta que su exposición “confirma con contundencia los contenidos  del Convenio y alcances de la consulta, sobre todo la necesidad del reglamento sin el cual se produce inseguridad jurídica que afecta al conjunto de la inversión y no solo a las que deben ser consultadas”.

Para reducir la conflictividad

Rudolf Jacobs, secretario de la Junta Directiva de la Cámara de Industria y  expresidente de AGER, comenta que lo expresado por la funcionaria de la OIT resalta que “el convenio y la consulta buscan fortalecer la gobernanza de un país, reducir la conflictividad y reconciliar posiciones”.

“El convenio busca la inclusión de los pueblos indígenas y que el Estado por la condición de pobreza y discriminación histórica, garantice cierta protección, que los tome en cuenta, pero esto no significa que una población recibe un derecho especial ni tampoco tiene el derecho de vetar las decisiones del Estado”.

Jacobs agrega que “el gran reto es una aplicación positiva del Convenio, que las consultas se hagan de forma ordenada y con reglas claras. Asimismo, que para todo aquello que no fue consultado en los últimos veinte años, las Cortes tomen ejemplos de decisiones prudentes y apliquen criterios razonables y proporcionales que permitan mantener la certeza jurídica y a la vez reconozcan los derechos de los pueblos indígenas”

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OIT: Las consultas del Convenio 169 no deben detener el desarrollo

Luis Gonzalez
05 de abril, 2017

Las consultas establecidas en el Convenio 169 son responsabilidad exclusiva del Estado y no son para “transferir” a los pueblos indígenas el derecho de que ellos decidan acerca de temas de interés nacional, indica Carmen Moreno, directora de la oficina regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Durante su participación en el foro “Situación del Derecho de Consulta  en el Convenio 169”, la funcionaria subraya que las consultas previas a realizar algún proyecto, no son “plesbicito” para obtener un “si o no”, tampoco para obtener un “veto” a decisiones de beneficio general.

Asimismo, subraya que estos procedimientos sirven para establecer un diálogo con las “autoridades representativas y reconocidas”, con “genuina representatividad” y que son afectadas de manera directa por los proyectos que se impulsan.

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Moreno también enfatiza que las consultas no solo deben abarcan temas específicos relacionados con la operación de las empresas, sino otros como educación y salud, para entender los beneficios que tendrá el proyecto.

En relación con posibles efectos negativos, la representante de la OIT señala que para ello sirve el diálogo, porque se buscan acuerdos para mitigar las probables consecuencias desfavorables, pero enfatiza que es el Estado, al final, el que tiene la última decisión de retirar o continuar con los proyectos.

Carmen Moreno, directora de la oficina regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Es necesario el reglamento

La funcionaria de la OIT señala las consultas a los pueblos indígenas son necesarias y por ello es importante contar con un reglamento que establezca el mecanismo del procedimiento. Animó a las autoridades guatemaltecas a contar con este instrumento y adaptar el Convenio 169 a la realidad nacional.

Mientras tanto, Anayté Guardado, directora ejecutiva de la Asociación de Generadores con Energía Renovable (AGER), comenta que “la consulta a pueblos indígenas es un instrumento de gobernanza que debe ser implementado en beneficio de las poblaciones indígenas y no debe ser erróneamente utilizado para detener inversiones”.

Por aparte, Gustavo Porras, expresidente del Consejo Económico Social, tras escuchar a Moreno, comenta que su exposición “confirma con contundencia los contenidos  del Convenio y alcances de la consulta, sobre todo la necesidad del reglamento sin el cual se produce inseguridad jurídica que afecta al conjunto de la inversión y no solo a las que deben ser consultadas”.

Para reducir la conflictividad

Rudolf Jacobs, secretario de la Junta Directiva de la Cámara de Industria y  expresidente de AGER, comenta que lo expresado por la funcionaria de la OIT resalta que “el convenio y la consulta buscan fortalecer la gobernanza de un país, reducir la conflictividad y reconciliar posiciones”.

“El convenio busca la inclusión de los pueblos indígenas y que el Estado por la condición de pobreza y discriminación histórica, garantice cierta protección, que los tome en cuenta, pero esto no significa que una población recibe un derecho especial ni tampoco tiene el derecho de vetar las decisiones del Estado”.

Jacobs agrega que “el gran reto es una aplicación positiva del Convenio, que las consultas se hagan de forma ordenada y con reglas claras. Asimismo, que para todo aquello que no fue consultado en los últimos veinte años, las Cortes tomen ejemplos de decisiones prudentes y apliquen criterios razonables y proporcionales que permitan mantener la certeza jurídica y a la vez reconozcan los derechos de los pueblos indígenas”