Un consenso unánime en la propuesta de metodología para regular el cobro de alumbrado público a nivel nacional fue alcanzado durante la sexta reunión de los integrantes de la Mesa Técnica, conformada por el Organismo Ejecutivo y asesores de diversas bancadas del Congreso de la República, informó una fuente oficial.
La propuesta aprobada fue diseñada por especialistas de la Dirección General de Energía (DGE), del Ministerio de Energía y Minas (MEM).
Esta clasificación se hace con base en el consumo de energía para luego aplicar determinados criterios a cada segmento.
Primer segmento: 0 a 100 kWh, se subclasificará en usuarios “residenciales con menor poder adquisitivo”, “residenciales con mayor poder adquisitivo” y “comerciales”, donde a los primeros se les aplicará un porcentaje fijo, y a la segunda y tercera subclasificaciones se les establecerá una cuota similar a la actual.
Segundo segmento: de 100 a 20.000 kWh, estará definido por medio de una ecuación, lo cual aumentará el pago de forma gradual.
Tercer segmento: abarca a los usuarios que consumen más de 20.000 kWh, estará definido por un porcentaje fijo, el cual será calculado por medio de la ecuación del segundo segmento, evaluada en los 20.000 kWh.
En ambos segmentos, se destacan los siguientes beneficios:
- El modelo se adapta a la realidad de cada municipio, siempre priorizando a los usuarios de escasos recursos.
- El remanente será reducido al regular el precio de alumbrado público.
- El pago será equitativo, atendiendo la capacidad de pago de los usuarios de menor poder adquisitivo.
Consolidar política pública
El funcionario aseguró que esta fórmula consolida los requerimientos determinados desde la primera reunión de Mesa Técnica el pasado 16 de marzo 2017:
- Que el cobro incluido en la factura de energía eléctrica sea únicamente por el alumbrado público.
- Que exista una efectiva contraprestación del servicio del alumbrado público, pues las quejas de los usuarios se deben a que en ocasiones no cuentan con el servicio en su comunidad.
- Que todos los usuarios paguen alumbrado público, incluidos los grandes usuarios.
- Se consensuó el 3,6% de operación, mantenimiento, reposición y expansión.
- No provocar remanentes (saldos) de montos recaudados en exceso, es decir que lo que se recaude pueda proveer a las municipalidades lo justo para pagar el servicio, su operación, mantenimiento, reposición y expansión.
“El porcentaje de error que tiene la implementación de la fórmula es muy cercano a cero. La premisa principal de que cada usuario pague menos se ha cumplido, y el segundo objetivo que no existieran saldos a favor ni en contra de las municipalidades también fue alcanzado en beneficio de la población guatemalteca, indistintamente de la distribuidora o municipalidad que les brinde este servicio”, enfatizó Chang.
En la actualidad 6 de cada 10 guatemaltecos pagan más por el servicio de alumbrado que por su consumo de electricidad, lo que no permite que el subsidio se vea reflejado en la factura de los usuarios beneficiados.
Un consenso unánime en la propuesta de metodología para regular el cobro de alumbrado público a nivel nacional fue alcanzado durante la sexta reunión de los integrantes de la Mesa Técnica, conformada por el Organismo Ejecutivo y asesores de diversas bancadas del Congreso de la República, informó una fuente oficial.
La propuesta aprobada fue diseñada por especialistas de la Dirección General de Energía (DGE), del Ministerio de Energía y Minas (MEM).
Esta clasificación se hace con base en el consumo de energía para luego aplicar determinados criterios a cada segmento.
Primer segmento: 0 a 100 kWh, se subclasificará en usuarios “residenciales con menor poder adquisitivo”, “residenciales con mayor poder adquisitivo” y “comerciales”, donde a los primeros se les aplicará un porcentaje fijo, y a la segunda y tercera subclasificaciones se les establecerá una cuota similar a la actual.
Segundo segmento: de 100 a 20.000 kWh, estará definido por medio de una ecuación, lo cual aumentará el pago de forma gradual.
Tercer segmento: abarca a los usuarios que consumen más de 20.000 kWh, estará definido por un porcentaje fijo, el cual será calculado por medio de la ecuación del segundo segmento, evaluada en los 20.000 kWh.
En ambos segmentos, se destacan los siguientes beneficios:
- El modelo se adapta a la realidad de cada municipio, siempre priorizando a los usuarios de escasos recursos.
- El remanente será reducido al regular el precio de alumbrado público.
- El pago será equitativo, atendiendo la capacidad de pago de los usuarios de menor poder adquisitivo.
Consolidar política pública
El funcionario aseguró que esta fórmula consolida los requerimientos determinados desde la primera reunión de Mesa Técnica el pasado 16 de marzo 2017:
- Que el cobro incluido en la factura de energía eléctrica sea únicamente por el alumbrado público.
- Que exista una efectiva contraprestación del servicio del alumbrado público, pues las quejas de los usuarios se deben a que en ocasiones no cuentan con el servicio en su comunidad.
- Que todos los usuarios paguen alumbrado público, incluidos los grandes usuarios.
- Se consensuó el 3,6% de operación, mantenimiento, reposición y expansión.
- No provocar remanentes (saldos) de montos recaudados en exceso, es decir que lo que se recaude pueda proveer a las municipalidades lo justo para pagar el servicio, su operación, mantenimiento, reposición y expansión.
“El porcentaje de error que tiene la implementación de la fórmula es muy cercano a cero. La premisa principal de que cada usuario pague menos se ha cumplido, y el segundo objetivo que no existieran saldos a favor ni en contra de las municipalidades también fue alcanzado en beneficio de la población guatemalteca, indistintamente de la distribuidora o municipalidad que les brinde este servicio”, enfatizó Chang.
En la actualidad 6 de cada 10 guatemaltecos pagan más por el servicio de alumbrado que por su consumo de electricidad, lo que no permite que el subsidio se vea reflejado en la factura de los usuarios beneficiados.