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Unas reformas que sí cambiarían el fondo del asunto

Redacción
12 de mayo, 2017

Este tema de las reformas constitucionales se ha vuelto el “culebrón del verano” como dicen por ahí. Entre el #ReformasNO del grupo ciudadano “Guatemala Inmortal” y el #ApruebenReformas del conglomerado de ONGs progresistas llamado “Alianza Por Las Reformas”, hemos sido testigos y protagonistas de la disputa político-ideológica por querer o no modificar nuestra Carta Magna y sus directas consecuencias sobre nuestro sistema republicano de gobierno. Una disputa que preveo se mantenga permanentemente hasta las próximas elecciones generales y más allá.

Y bueno, esto no es más que el ejercicio de los derechos civiles y políticos dentro de un país libre (o aún libre). La discusión y el debate son necesarios. Lo que estamos viviendo, más que alarmarse, se trata de despertar la responsabilidad y participación ciudadana del individuo, y si se logra como hasta ahora, será de celebrar: guatemaltecos de todos los sectores preocupándose y atendiendo la cosa pública.

La propuesta de reformas a la Constitución se ha enfocado en el sector justicia. Se ha escrito y discutido ampliamente el tema y muchos pensamos firmemente que no es necesario manosear la Ley Madre para reformar dicho sector y combatir la corrupción, sino que se pueden perfectamente realizar ajustes e implementar procesos de una manera más eficaz, a través de las leyes ordinarias.

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Pero eso no significa que los juristas consideremos a nuestra Constitución Política de la República como un instrumento jurídico perfecto. En mi opinión, nuestra Constitución adolece de demasiada “extensividad” con sus 281 artículos más disposiciones finales y transitorias, comparada con otras constituciones de países más desarrollados que no contienen más de setenta y pico artículos y que perfectamente regulan el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política nacional. Recordemos el sabio dicho: “el que mucho habla, mucho yerra”. Y por eso existen contradicciones en la misma Carta Magna entre los alcances de los derechos individuales y los derechos sociales, entre las políticas económicas liberales y cadenas o candados en pro de la burocracia y de la “justicia social”, incluso en lo que entendemos por derechos tan fundamentales como el de igualdad.

A treinta y dos años de haber sido promulgada nuestra Constitución, habiendo estudiado la misma como profesional del derecho, litigado por más de quince años a nivel constitucional y habiendo vivido en carne propia sus virtudes y defectos, me atrevo a proponer unos cambios a la misma:

  1. Eliminar la Sección Tercera, Capítulo II del Título II referente a Comunidades Indígenas. Que otorga un trato especial a dichas comunidades por encima de cualquier otra: no miro mención ni trato especial a ninguna otra etnia en ninguno de los demás artículos constitucionales. Las costumbres católicas como las procesiones o los jaripeos de los “cowboys” de oriente, por ejemplo, tan guatemaltecas como las tradiciones indígenas quedan excluidas de protección especial, porque no son costumbres indígenas. Estos artículos del 66 al 70 contravienen el artículo 4 constitucional y deberían ser eliminados. O todos hijos o todos entenados. La única igualdad es la igualdad ante la ley. Incluso, si el argumento de esta protección especial es la discriminación por más de 500 años, como les gusta decir a algunos activistas. La discriminación no es motivo para elevar a los discriminados por arriba de los discriminadores. Y ahora, desean encaramar la jurisdicción indígena modificando el artículo 203. Pasa eso y mejor apaga y vámonos.
  2. El artículo 76 que establece la educación descentralizada y regionalizada. Utopía completa. ¿Qué tal eliminar el Ministerio de Educación y por ende sus macabros sindicatos y descentralizar la misma a nivel municipal y en alianza público privada? Aquí se puede fortalecer este mismo artículo y darle en la yugular a Joviel y secuaces modificando las leyes ordinarias pertinentes. Algo similar se podría hacer con el sistema de Salud Pública.
  3. Modificar o eliminar el artículo 103 sobre la tutelaridad de los trabajadores en las relaciones de trabajo. Más cuando se trata de Pymes. He visto muchas demandas laborales injustas hacia el patrono, y he visto a muchos pequeños empresarios quebrar por no poder hacer frente al abuso de ex trabajadores y jueces empecinados en fastidiar el emprendimiento y el libre mercado.
  4. El tema de la protección total a los líderes sindicales, que se vuelven verdaderos tiranos y a dichas instituciones las convierten en organizaciones criminales. Y revisar el hecho de la suscripción de convenios y tratados internacionales que son considerados como parte de los derechos mínimos de que gozan los trabajadores. Un ejemplo nefasto: El Convenio 169 de la OIT. Revisión del artículo 102.
  5. Modificar el artículo 118 sobre el régimen económico y social. Porque cada quien puede interpretar de manera distinta que es “justicia social” y “distribución del ingreso”: El régimen económico y social de la República de Guatemala se funda en principios de justicia social… …Es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional. ¿Equitativa distribución del ingreso nacional? ¿no les suena que eso lo puede interpretar un “progresista” como repartir la riqueza ajena?
  6. Modificar el artículo 121 que versa sobre los bienes del Estado. ¿Qué tal si el subsuelo y las orillas de los ríos, lagos y mares fueran propiedad privada? En caso de venir una minera o petrolera, mejor tranzaría con los propietarios de los terrenos, muchos de ellos indígenas y campesinos, que tranzar con el Estado traicionero. ¿Cuánta gente de bajos recursos no se enriquecería con este esquema? ¿Cuántas zonas hoteleras con casinos y centro de diversiones del mundo desarrollado no se podrían construir en Guate si se contara con propiedad privada en las orillas de ríos, mares y lagos?
  7. Eliminar la Procuraduría de los Derechos Humanos, y por consiguiente los artículos 273 al 275 de la Constitución. Aparato burocrático, carísimo, inútil y hasta protector de maleantes.

Reformas de esta magnitud creo que harían más diferencia que las actuales sobre el sector justicia. Muchas constituirían una reingeniería completa a la estructura del estado. Y tal vez hasta me quede corto en mis propuestas. Unas parecen imposibles, alguna hará sentido, otras gustarán a muchos y le fastidiarán el hígado a otros. Pero eso lo lindo de la libre emisión del pensamiento. Si usted querido lector, tiene algunas mejores ideas, hágalas saber. Manifiéstese.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Unas reformas que sí cambiarían el fondo del asunto

Redacción
12 de mayo, 2017

Este tema de las reformas constitucionales se ha vuelto el “culebrón del verano” como dicen por ahí. Entre el #ReformasNO del grupo ciudadano “Guatemala Inmortal” y el #ApruebenReformas del conglomerado de ONGs progresistas llamado “Alianza Por Las Reformas”, hemos sido testigos y protagonistas de la disputa político-ideológica por querer o no modificar nuestra Carta Magna y sus directas consecuencias sobre nuestro sistema republicano de gobierno. Una disputa que preveo se mantenga permanentemente hasta las próximas elecciones generales y más allá.

Y bueno, esto no es más que el ejercicio de los derechos civiles y políticos dentro de un país libre (o aún libre). La discusión y el debate son necesarios. Lo que estamos viviendo, más que alarmarse, se trata de despertar la responsabilidad y participación ciudadana del individuo, y si se logra como hasta ahora, será de celebrar: guatemaltecos de todos los sectores preocupándose y atendiendo la cosa pública.

La propuesta de reformas a la Constitución se ha enfocado en el sector justicia. Se ha escrito y discutido ampliamente el tema y muchos pensamos firmemente que no es necesario manosear la Ley Madre para reformar dicho sector y combatir la corrupción, sino que se pueden perfectamente realizar ajustes e implementar procesos de una manera más eficaz, a través de las leyes ordinarias.

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Pero eso no significa que los juristas consideremos a nuestra Constitución Política de la República como un instrumento jurídico perfecto. En mi opinión, nuestra Constitución adolece de demasiada “extensividad” con sus 281 artículos más disposiciones finales y transitorias, comparada con otras constituciones de países más desarrollados que no contienen más de setenta y pico artículos y que perfectamente regulan el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política nacional. Recordemos el sabio dicho: “el que mucho habla, mucho yerra”. Y por eso existen contradicciones en la misma Carta Magna entre los alcances de los derechos individuales y los derechos sociales, entre las políticas económicas liberales y cadenas o candados en pro de la burocracia y de la “justicia social”, incluso en lo que entendemos por derechos tan fundamentales como el de igualdad.

A treinta y dos años de haber sido promulgada nuestra Constitución, habiendo estudiado la misma como profesional del derecho, litigado por más de quince años a nivel constitucional y habiendo vivido en carne propia sus virtudes y defectos, me atrevo a proponer unos cambios a la misma:

  1. Eliminar la Sección Tercera, Capítulo II del Título II referente a Comunidades Indígenas. Que otorga un trato especial a dichas comunidades por encima de cualquier otra: no miro mención ni trato especial a ninguna otra etnia en ninguno de los demás artículos constitucionales. Las costumbres católicas como las procesiones o los jaripeos de los “cowboys” de oriente, por ejemplo, tan guatemaltecas como las tradiciones indígenas quedan excluidas de protección especial, porque no son costumbres indígenas. Estos artículos del 66 al 70 contravienen el artículo 4 constitucional y deberían ser eliminados. O todos hijos o todos entenados. La única igualdad es la igualdad ante la ley. Incluso, si el argumento de esta protección especial es la discriminación por más de 500 años, como les gusta decir a algunos activistas. La discriminación no es motivo para elevar a los discriminados por arriba de los discriminadores. Y ahora, desean encaramar la jurisdicción indígena modificando el artículo 203. Pasa eso y mejor apaga y vámonos.
  2. El artículo 76 que establece la educación descentralizada y regionalizada. Utopía completa. ¿Qué tal eliminar el Ministerio de Educación y por ende sus macabros sindicatos y descentralizar la misma a nivel municipal y en alianza público privada? Aquí se puede fortalecer este mismo artículo y darle en la yugular a Joviel y secuaces modificando las leyes ordinarias pertinentes. Algo similar se podría hacer con el sistema de Salud Pública.
  3. Modificar o eliminar el artículo 103 sobre la tutelaridad de los trabajadores en las relaciones de trabajo. Más cuando se trata de Pymes. He visto muchas demandas laborales injustas hacia el patrono, y he visto a muchos pequeños empresarios quebrar por no poder hacer frente al abuso de ex trabajadores y jueces empecinados en fastidiar el emprendimiento y el libre mercado.
  4. El tema de la protección total a los líderes sindicales, que se vuelven verdaderos tiranos y a dichas instituciones las convierten en organizaciones criminales. Y revisar el hecho de la suscripción de convenios y tratados internacionales que son considerados como parte de los derechos mínimos de que gozan los trabajadores. Un ejemplo nefasto: El Convenio 169 de la OIT. Revisión del artículo 102.
  5. Modificar el artículo 118 sobre el régimen económico y social. Porque cada quien puede interpretar de manera distinta que es “justicia social” y “distribución del ingreso”: El régimen económico y social de la República de Guatemala se funda en principios de justicia social… …Es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional. ¿Equitativa distribución del ingreso nacional? ¿no les suena que eso lo puede interpretar un “progresista” como repartir la riqueza ajena?
  6. Modificar el artículo 121 que versa sobre los bienes del Estado. ¿Qué tal si el subsuelo y las orillas de los ríos, lagos y mares fueran propiedad privada? En caso de venir una minera o petrolera, mejor tranzaría con los propietarios de los terrenos, muchos de ellos indígenas y campesinos, que tranzar con el Estado traicionero. ¿Cuánta gente de bajos recursos no se enriquecería con este esquema? ¿Cuántas zonas hoteleras con casinos y centro de diversiones del mundo desarrollado no se podrían construir en Guate si se contara con propiedad privada en las orillas de ríos, mares y lagos?
  7. Eliminar la Procuraduría de los Derechos Humanos, y por consiguiente los artículos 273 al 275 de la Constitución. Aparato burocrático, carísimo, inútil y hasta protector de maleantes.

Reformas de esta magnitud creo que harían más diferencia que las actuales sobre el sector justicia. Muchas constituirían una reingeniería completa a la estructura del estado. Y tal vez hasta me quede corto en mis propuestas. Unas parecen imposibles, alguna hará sentido, otras gustarán a muchos y le fastidiarán el hígado a otros. Pero eso lo lindo de la libre emisión del pensamiento. Si usted querido lector, tiene algunas mejores ideas, hágalas saber. Manifiéstese.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo