Las comisiones de trabajo son órganos técnicos de estudio por medio de las cuales los diputados, en representación de los partidos políticos, analizan y discuten los diversos temas que les somete a consideración el Pleno del Congreso y de esta forma determinar la conveniencia o no de la aprobación de una iniciativa de ley.
Las Comisiones de Trabajo están integradas por al menos siete diputados y deben contar con la presencia de al menos un miembro de cada bloque legislativo que así lo solicite o lo proponga. El número de miembros no debe exceder de quince, a menos que el Pleno lo autorice, pero en dicho caso el número máximo de miembros es de veintiuno. Los diputados deben participar como mínimo en dos comisiones y en un máximo de cuatro.
El Pleno del Congreso de la República elige, por mayoría absoluta, a los presidentes de cada Comisión. Por su parte estás eligen entre sus miembros a un Vicepresidente y un Secretario, informando de ello al Pleno.
Las comisiones ordinarias del Congreso son las siguientes:
Agricultura Ganadería y Pesca
Ambiente, Ecología y Recursos Naturales
Asuntos Electorales
Asuntos Municipales
Comisión de Apoyo Técnico
Comisión de Desarrollo Social
Comisión de Pueblos Indígenas
Comisión de Salud y Asistencia Social
Comisión del Migrante
Comisión de la Mujer
Comisión de Seguridad Alimentaria
Comisión de Transporte y Obras Públicas
Cooperativismo y Organizaciones no Gubernamentales
Cultura
De la Juventud
De Transparencia y Probidad
Defensa del Consumidor y del Usuario
Defensa Nacional
Del Menor y la Familia
Deportes
Derechos Humanos
Descentralización y Desarrollo
Economía y Comercio Exterior
Educación, Ciencia y Tecnología
Energía y Minas
Finanzas Públicas y Moneda
Gobernación
Integración Regional
Legislación y Puntos Constitucionales
Pequeña y Mediana Empresa
Previsión y Seguridad Social
Reformas al Sector Justicia
Relaciones Exteriores
Trabajo
Turismo
Vivienda
Asuntos de Seguridad Nacional
Asuntos sobre Discapacidad
Las comisiones de trabajo son órganos técnicos de estudio por medio de las cuales los diputados, en representación de los partidos políticos, analizan y discuten los diversos temas que les somete a consideración el Pleno del Congreso y de esta forma determinar la conveniencia o no de la aprobación de una iniciativa de ley.
Las Comisiones de Trabajo están integradas por al menos siete diputados y deben contar con la presencia de al menos un miembro de cada bloque legislativo que así lo solicite o lo proponga. El número de miembros no debe exceder de quince, a menos que el Pleno lo autorice, pero en dicho caso el número máximo de miembros es de veintiuno. Los diputados deben participar como mínimo en dos comisiones y en un máximo de cuatro.
El Pleno del Congreso de la República elige, por mayoría absoluta, a los presidentes de cada Comisión. Por su parte estás eligen entre sus miembros a un Vicepresidente y un Secretario, informando de ello al Pleno.
Las comisiones ordinarias del Congreso son las siguientes:
Agricultura Ganadería y Pesca
Ambiente, Ecología y Recursos Naturales
Asuntos Electorales
Asuntos Municipales
Comisión de Apoyo Técnico
Comisión de Desarrollo Social
Comisión de Pueblos Indígenas
Comisión de Salud y Asistencia Social
Comisión del Migrante
Comisión de la Mujer
Comisión de Seguridad Alimentaria
Comisión de Transporte y Obras Públicas
Cooperativismo y Organizaciones no Gubernamentales
Cultura
De la Juventud
De Transparencia y Probidad
Defensa del Consumidor y del Usuario
Defensa Nacional
Del Menor y la Familia
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Derechos Humanos
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Economía y Comercio Exterior
Educación, Ciencia y Tecnología
Energía y Minas
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Gobernación
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