El Gobierno de la República a través del Acuerdo Gubernativo Número 182-2017, extendió por un mes la exoneración del 90% en multas, mora, recargos o intereses, es decir hasta el 19 de septiembre, según comunicó la superintendencia de Administración Tributaria.
La ampliación responde a la solicitud realizada por la SAT, debido a que se han recibido solicitudes de diferentes sectores que querían acogerse a la exoneración y que requirieron que la Superintendencia analizara sus casos; proceso que requiere de tiempo adicional para realizar dichos análisis.
Evite problemas legales
A la fecha más de 375 mil contribuyentes han regularizado su situación tributaria haciendo uso de la exoneración emitida por el Gobierno de Guatemala.
SAT exhorta a los contribuyentes a que hagan uso de las herramientas y facilidades que la SAT ha puesto a disposición durante el periodo de este beneficio y esta nueva ampliación emitida.
La Superintendencia invita a los contribuyentes a que hagan uso de la exoneración, de manera que eviten ajustes mayores y procesos administrativos o judiciales posteriores.
El Gobierno de la República a través del Acuerdo Gubernativo Número 182-2017, extendió por un mes la exoneración del 90% en multas, mora, recargos o intereses, es decir hasta el 19 de septiembre, según comunicó la superintendencia de Administración Tributaria.
La ampliación responde a la solicitud realizada por la SAT, debido a que se han recibido solicitudes de diferentes sectores que querían acogerse a la exoneración y que requirieron que la Superintendencia analizara sus casos; proceso que requiere de tiempo adicional para realizar dichos análisis.
Evite problemas legales
A la fecha más de 375 mil contribuyentes han regularizado su situación tributaria haciendo uso de la exoneración emitida por el Gobierno de Guatemala.
SAT exhorta a los contribuyentes a que hagan uso de las herramientas y facilidades que la SAT ha puesto a disposición durante el periodo de este beneficio y esta nueva ampliación emitida.
La Superintendencia invita a los contribuyentes a que hagan uso de la exoneración, de manera que eviten ajustes mayores y procesos administrativos o judiciales posteriores.