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Es seguro que no hay certeza

María Dolores Arias
05 de septiembre, 2017

Tan contradictorio como el título de este artículo han sido las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad, CC, con respecto al Convenio 169. Mientras que para el caso de las hidroeléctricas Oxec 1 y 2 resuelve que continúen con sus operaciones en lo que el gobierno realiza las consultas y establece como proceder ante tres posibles escenarios; para el caso de la Minera San Rafael confirma la suspensión provisional de actividades por una situación parecida.

Sólo unos meses atrás, en mayo, en el caso Oxec, la CC elaboró de forma unánime una “resolución estructural”, después de dos meses de trabajo. Según las declaraciones del presidente de la Corte, Francisco de Mata Vela, con esta resolución quedaría establecido cómo se resolverían los planteamientos legales en casos similares.

No pasaron ni dos meses cuando la Corte Suprema de Justicia, CSJ, resolvió suspender provisionalmente operaciones de la Mina San Rafael, contrario al lineamiento que había emitido la CC, por el “supuesto” incumplimiento de las consultas que plantea el Convenio 169. Lo más contradictorio de esto fue la resolución de la misma CC que confirmó la suspensión provisional, contraviniendo lo que meses antes habían establecido.

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Uno de los problemas con los fallos volubles de las Cortes es que se pierde un elemento indispensable para la inversión, la certeza jurídica. La situación de incertidumbre en el ámbito legal se puede analizar desde varias aristas, la más visible es la económica, otra menos visible pero no por ello menos importante es la moral.

Desde el punto de vista económico, lo que se ve ante la falta de certeza jurídica es que ahuyenta a los inversores y por consiguiente se reduce la generación de empleos, riqueza y pago de impuestos. Los que ya están en Guatemala no les queda más que tratar de recuperar su inversión e irse en cuanto les sea posible. Lo que no se ve es toda la inversión que nunca vendrá, todos los empleos que no se generarán y toda la riqueza que se dejará de crear. ¿Quién querría invertir millones de dólares con la incertidumbre de que le cierren la empresa? ¿Quién querría cumplir con las normativas establecidas si de todas formas no son garantía de mantenerse funcionando? ¿Qué clase de inversión estamos atrayendo con estos fallos?

Los cierres de empresas y despidos de empleados de los proveedores de la mina son algunos de los primeros efectos, se calcula que más de Q155 millones en pago de impuestos ha dejado de percibir el gobierno, sin embargo ya se habla de un presupuesto de más de Q80 mil millones de quetzales. ¿Cómo pensarán financiarlo?

En el aspecto moral, parece que las decisiones de las Cortes comprueban que el Convenio 169 se ha convertido en la excusa perfecta para implementar el colectivismo. Lo políticamente correcto se impone a lo moralmente correcto y la justicia se vuelve irrelevante. El individuo es insignificante ante la masa y sus derechos están supeditados a lo que decida el grupo organizado.

La falta de certeza jurídica, nos puede llevar a caer en el cinismo de creer que cumplir con la ley es un lastre más que una protección de nuestros derechos. La ausencia de leyes morales nos hace creer que sirven para imponer caprichos de colectivos y no para protegernos de ellos.
Desafortunadamente el Convenio 169 se ha convertido, al parecer, en el arma perfecta para los enemigos de la creación de riqueza, de los pobres y de la certeza jurídica. Por el bien de todos en el largo plazo, ojalá la CSJ y la CC retomen su papel de garantes de la Ley y resuelvan conforme a Derecho.

Recuperar la confianza de los inversionistas será un camino largo que se debe recorrer, no con privilegios sino con la constancia de la certeza y estabilidad en las reglas del juego iguales para todos. De lo contrario cuando lleguemos al punto de estar seguros de la falta de certeza jurídica, comprenderemos la inmoralidad de las leyes y las resoluciones.
@Md30
Facebook.com/Mda30

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Es seguro que no hay certeza

María Dolores Arias
05 de septiembre, 2017

Tan contradictorio como el título de este artículo han sido las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad, CC, con respecto al Convenio 169. Mientras que para el caso de las hidroeléctricas Oxec 1 y 2 resuelve que continúen con sus operaciones en lo que el gobierno realiza las consultas y establece como proceder ante tres posibles escenarios; para el caso de la Minera San Rafael confirma la suspensión provisional de actividades por una situación parecida.

Sólo unos meses atrás, en mayo, en el caso Oxec, la CC elaboró de forma unánime una “resolución estructural”, después de dos meses de trabajo. Según las declaraciones del presidente de la Corte, Francisco de Mata Vela, con esta resolución quedaría establecido cómo se resolverían los planteamientos legales en casos similares.

No pasaron ni dos meses cuando la Corte Suprema de Justicia, CSJ, resolvió suspender provisionalmente operaciones de la Mina San Rafael, contrario al lineamiento que había emitido la CC, por el “supuesto” incumplimiento de las consultas que plantea el Convenio 169. Lo más contradictorio de esto fue la resolución de la misma CC que confirmó la suspensión provisional, contraviniendo lo que meses antes habían establecido.

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Uno de los problemas con los fallos volubles de las Cortes es que se pierde un elemento indispensable para la inversión, la certeza jurídica. La situación de incertidumbre en el ámbito legal se puede analizar desde varias aristas, la más visible es la económica, otra menos visible pero no por ello menos importante es la moral.

Desde el punto de vista económico, lo que se ve ante la falta de certeza jurídica es que ahuyenta a los inversores y por consiguiente se reduce la generación de empleos, riqueza y pago de impuestos. Los que ya están en Guatemala no les queda más que tratar de recuperar su inversión e irse en cuanto les sea posible. Lo que no se ve es toda la inversión que nunca vendrá, todos los empleos que no se generarán y toda la riqueza que se dejará de crear. ¿Quién querría invertir millones de dólares con la incertidumbre de que le cierren la empresa? ¿Quién querría cumplir con las normativas establecidas si de todas formas no son garantía de mantenerse funcionando? ¿Qué clase de inversión estamos atrayendo con estos fallos?

Los cierres de empresas y despidos de empleados de los proveedores de la mina son algunos de los primeros efectos, se calcula que más de Q155 millones en pago de impuestos ha dejado de percibir el gobierno, sin embargo ya se habla de un presupuesto de más de Q80 mil millones de quetzales. ¿Cómo pensarán financiarlo?

En el aspecto moral, parece que las decisiones de las Cortes comprueban que el Convenio 169 se ha convertido en la excusa perfecta para implementar el colectivismo. Lo políticamente correcto se impone a lo moralmente correcto y la justicia se vuelve irrelevante. El individuo es insignificante ante la masa y sus derechos están supeditados a lo que decida el grupo organizado.

La falta de certeza jurídica, nos puede llevar a caer en el cinismo de creer que cumplir con la ley es un lastre más que una protección de nuestros derechos. La ausencia de leyes morales nos hace creer que sirven para imponer caprichos de colectivos y no para protegernos de ellos.
Desafortunadamente el Convenio 169 se ha convertido, al parecer, en el arma perfecta para los enemigos de la creación de riqueza, de los pobres y de la certeza jurídica. Por el bien de todos en el largo plazo, ojalá la CSJ y la CC retomen su papel de garantes de la Ley y resuelvan conforme a Derecho.

Recuperar la confianza de los inversionistas será un camino largo que se debe recorrer, no con privilegios sino con la constancia de la certeza y estabilidad en las reglas del juego iguales para todos. De lo contrario cuando lleguemos al punto de estar seguros de la falta de certeza jurídica, comprenderemos la inmoralidad de las leyes y las resoluciones.
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República es ajena a la opinión expresada en este artículo