Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Constantes novedades

Diana Brown
17 de octubre, 2017

“Yo hago lo que tú no puedes, y tú haces lo que yo no puedo. Juntos podemos hacer grandes cosas” Madre Teresa de Calcuta.

El día jueves doce de octubre, en el Diario de Centro América, página nueve, el señor Ministro de Educación, en su columna, comentó a cerca de un nuevo procedimiento administrativo, que es una reinscripción automática al haber finalizado el año escolar, y de ser aprobado los estudios, que pueda automáticamente optar a siguiente grado académico. El padre de familia no tendría que sufrir largas colas, y tramites repetitivos. Cuando el alumno permanece en el mismo nivel, por ejemplo primaria, no seria necesario volver a presentar cierta documentación. No así cuando haya reprobado el grado, o desea cambiar de centro educativo, o cambia de nivel. Es de aplaudir la agilización del proceso de reinscripción en el sector público, que es de enero a marzo del año escolar que se cursara. Con la automatización, se permite que el alumno inicie las clases cuando estas principian.

En el mencionado artículo, una proposición del Señor Ministro llama a la atención; indica que “Nadie puede presionar a los padres de familia ahora que el sistema de inscripción es automática, a que obligatoriamente debe seguir en ese centro educativo, máxime si es del sector privado indicándoles que existen compromisos de pago.”

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

La dinámica de los centros educativos privados es distinta a la del sector publico; estas inician las inscripciones en agosto del año que esté en curso, y estaría abierto este periodo de inscripción y reinscripción hasta aproximadamente el mes de noviembre, pudiendo así iniciar el ciclo siguiente con la integración de prácticamente toda la población escolar en una fecha establecida. Los calendarios escolares se estructuran con por lo menos seis meses de anticipación. Existen casos de inscripciones extemporáneas, pero son pocas. Esta estadística de inicio de año, se entregaba al 31 de marzo al Ministerio de Educación , fecha en la cual fenecía el periodo oficial de inscripción.

En colegios privados, no se le exige al padre de familia un nuevo certificado de nacimiento, si no lo exigía el Ministerio de Educación a través de las supervisiones educativas. Ni existe la política de que una familia se quede por la fuerza en un centro educativo privado con el fin de cobro; el centro educativo privado, por medio de los convenios privados de contratación de servicios y el contrato de adhesión de la DIACO, exige el cumplimento de las cuotas acordadas y adeudadas. Los padres de familia firmaron voluntariamente los instrumentos de compromiso como parte del procedimiento de inscripción. Tanto el centro educativo como los padres de familia, idealmente desean una continuación de los alumnos en sus aulas. El padre de familia por haber optado a una filosofía de aprendizaje que está de acuerdo con las metas familiares, y el centro educativo por compartir el desarrollo integral del alumno hasta que finalice la carrera del nivel medio. Lo que provoca rompimiento en la relación dentro de la Comunidad Educativa de educación privada, es el incumplimiento de los padres, por las razones que fuesen, que rompen los acuerdos establecidos. Entonces es cuando la opción de cambio entra a ser importante; cualquier empresa no invita a continuar con el endeudamiento. Lo indicado es que se cumpla con el compromiso adquirido, y que se traslade a otra institución en que las cuotas son acordes a su presupuesto familiar. Los centros educativos privados no exigen una continuación cuando hay insolvencia; exigen que se salde lo adeudado y posteriormente se acuerda el futuro del estudiante, entre los padres y centro educativo.

La propuesta normativa, aunada con la ya aprobada de no exigir un nuevo certificado de nacimiento, agilizarán las gestiones y procedimientos en el sector público. No es práctico para la gestión educativa privada; con el fin de saber la cantidad de alumnos del ciclo próximo escolar se inician las inscripciones desde el año en curso. Esta seguridad permitirá la correcta adecuación de infraestructura, la cantidad de aulas y su estado; los pedidos de los textos; la cantidad de docentes necesarios para cubrir la población; la inversión en la actualización de la tecnología; la capacitación docente necesaria; todos estos que se planificarán de acuerdo a esa población inscrita. La labor privada obedece a la auto gestión; y para que sea exitosa, debe estar cimentada sobre cifras lo más exactas posibles.

Los centros educativos privados laboran sobre otro conceptualización de calendario. Se confía que la normativa, cuando este oficial, gozará de la flexibilidad necesaria para así afianzar la educación privada, que comparte grandemente la responsabilidad de guiar el aprendizaje de los alumnos, en todos los niveles educativos, los futuros ciudadanos de Guatemala.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Constantes novedades

Diana Brown
17 de octubre, 2017

“Yo hago lo que tú no puedes, y tú haces lo que yo no puedo. Juntos podemos hacer grandes cosas” Madre Teresa de Calcuta.

El día jueves doce de octubre, en el Diario de Centro América, página nueve, el señor Ministro de Educación, en su columna, comentó a cerca de un nuevo procedimiento administrativo, que es una reinscripción automática al haber finalizado el año escolar, y de ser aprobado los estudios, que pueda automáticamente optar a siguiente grado académico. El padre de familia no tendría que sufrir largas colas, y tramites repetitivos. Cuando el alumno permanece en el mismo nivel, por ejemplo primaria, no seria necesario volver a presentar cierta documentación. No así cuando haya reprobado el grado, o desea cambiar de centro educativo, o cambia de nivel. Es de aplaudir la agilización del proceso de reinscripción en el sector público, que es de enero a marzo del año escolar que se cursara. Con la automatización, se permite que el alumno inicie las clases cuando estas principian.

En el mencionado artículo, una proposición del Señor Ministro llama a la atención; indica que “Nadie puede presionar a los padres de familia ahora que el sistema de inscripción es automática, a que obligatoriamente debe seguir en ese centro educativo, máxime si es del sector privado indicándoles que existen compromisos de pago.”

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

La dinámica de los centros educativos privados es distinta a la del sector publico; estas inician las inscripciones en agosto del año que esté en curso, y estaría abierto este periodo de inscripción y reinscripción hasta aproximadamente el mes de noviembre, pudiendo así iniciar el ciclo siguiente con la integración de prácticamente toda la población escolar en una fecha establecida. Los calendarios escolares se estructuran con por lo menos seis meses de anticipación. Existen casos de inscripciones extemporáneas, pero son pocas. Esta estadística de inicio de año, se entregaba al 31 de marzo al Ministerio de Educación , fecha en la cual fenecía el periodo oficial de inscripción.

En colegios privados, no se le exige al padre de familia un nuevo certificado de nacimiento, si no lo exigía el Ministerio de Educación a través de las supervisiones educativas. Ni existe la política de que una familia se quede por la fuerza en un centro educativo privado con el fin de cobro; el centro educativo privado, por medio de los convenios privados de contratación de servicios y el contrato de adhesión de la DIACO, exige el cumplimento de las cuotas acordadas y adeudadas. Los padres de familia firmaron voluntariamente los instrumentos de compromiso como parte del procedimiento de inscripción. Tanto el centro educativo como los padres de familia, idealmente desean una continuación de los alumnos en sus aulas. El padre de familia por haber optado a una filosofía de aprendizaje que está de acuerdo con las metas familiares, y el centro educativo por compartir el desarrollo integral del alumno hasta que finalice la carrera del nivel medio. Lo que provoca rompimiento en la relación dentro de la Comunidad Educativa de educación privada, es el incumplimiento de los padres, por las razones que fuesen, que rompen los acuerdos establecidos. Entonces es cuando la opción de cambio entra a ser importante; cualquier empresa no invita a continuar con el endeudamiento. Lo indicado es que se cumpla con el compromiso adquirido, y que se traslade a otra institución en que las cuotas son acordes a su presupuesto familiar. Los centros educativos privados no exigen una continuación cuando hay insolvencia; exigen que se salde lo adeudado y posteriormente se acuerda el futuro del estudiante, entre los padres y centro educativo.

La propuesta normativa, aunada con la ya aprobada de no exigir un nuevo certificado de nacimiento, agilizarán las gestiones y procedimientos en el sector público. No es práctico para la gestión educativa privada; con el fin de saber la cantidad de alumnos del ciclo próximo escolar se inician las inscripciones desde el año en curso. Esta seguridad permitirá la correcta adecuación de infraestructura, la cantidad de aulas y su estado; los pedidos de los textos; la cantidad de docentes necesarios para cubrir la población; la inversión en la actualización de la tecnología; la capacitación docente necesaria; todos estos que se planificarán de acuerdo a esa población inscrita. La labor privada obedece a la auto gestión; y para que sea exitosa, debe estar cimentada sobre cifras lo más exactas posibles.

Los centros educativos privados laboran sobre otro conceptualización de calendario. Se confía que la normativa, cuando este oficial, gozará de la flexibilidad necesaria para así afianzar la educación privada, que comparte grandemente la responsabilidad de guiar el aprendizaje de los alumnos, en todos los niveles educativos, los futuros ciudadanos de Guatemala.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo