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Y ahora la Contralora de Cuentas

Redacción República
14 de febrero, 2014

La Contralora, Nora Segura, comparte un historial institucional similar al de Claudia Paz. Ambas se convirtieron en las primeras mujeres electas para dirigir la Contraloría y el Ministerio Público. Ambas fueron nombradas durante la primera quincena de diciembre 2010. Y ambas llegaron en el marco de procesos sui generis que luego generaron incertidumbre sobre la finalización de sus respectivos mandatos. 

El caso de la Fiscal General sobra repetirlo. El debate sobre el período de Paz y Paz recién llegó a su fin gracias a la resolución de la Corte de Constitucionalidad. Sin embargo, en el caso de la Fiscal, los argumentos jurídicos venían aparejados con posiciones políticas e ideológicas, lo que contribuyó a desatar el interés público. En cambio, la falta de un trasfondo en el caso de la Contralora ha provocado que la incertidumbre sobre el plazo de su mandato haya quedado en el olvido. 
Al igual que con la Fiscalía, la máxima autoridad de la Contraloría se elige para un período de 4 años, plazos que se han contabilizado a partir del 13 de octubre de 1994, cuando se juramentó al primer contralor luego de la Reforma Constitucional del 94. Desde entonces, los cuatrienios transcurrieron con relativa normalidad. Hasta el año 2010. 
Derivado de la incertidumbre sobre la cantidad de postuladores que le correspondían a los dos colegios con asiento en la Comisión -el de Economistas, y el de Contadores Públicos y Auditores- y aunado a retrasos en la convocatoria, el plazo fatal del 13 de octubre del 2010 concluyó sin nuevo contralor electo. A raíz de ello, la CC resolvió que el anterior contralor -Carlos Mencos- debía entregar su cargo, y que interinamente asumiera el Subcontralor de Probidad, Arnulfo Escobar. Fue hasta el 16 de diciembre que el Congreso eligió a Norma Segura como titular de la Contraloría. 
Mientras el Acuerdo Gubernativo 90-2010 que dio posesión a Paz y Paz, contribuyó a exacerbar el debate, ya que expresamente establecía que el nombramiento era para “un período de cuatro años”; el Acuerdo Legislativo 37-2010 que dio posesión a Segura únicamente señala que la designación es para “el período constitucional 2010-2014”, sin entrar en detalle sobre la duración concreta del mandato ni sobre el interinato que le antecedió. 
La resolución en el caso de la Fiscal aparentemente cierra la puerta a cualquier incertidumbre en el caso de la Contralora, ya que bajo el argumento de la CC, Segura debería entregar el 13 de octubre. Sin embargo, la falta de discusión sobre el caso evidencia la escasa atención que se le presta a la Contraloría. Entre los controles inter-orgánicos, la fiscalización del patrimonio público debe revestirse de la misma importancia que la persecución penal. La veeduría sobre plazos, resultados de gestión y sucesión en el cargo no debe estar sujeta exclusivamente a la polarización que genera un funcionario particular.

Y ahora la Contralora de Cuentas

Redacción República
14 de febrero, 2014

La Contralora, Nora Segura, comparte un historial institucional similar al de Claudia Paz. Ambas se convirtieron en las primeras mujeres electas para dirigir la Contraloría y el Ministerio Público. Ambas fueron nombradas durante la primera quincena de diciembre 2010. Y ambas llegaron en el marco de procesos sui generis que luego generaron incertidumbre sobre la finalización de sus respectivos mandatos. 

El caso de la Fiscal General sobra repetirlo. El debate sobre el período de Paz y Paz recién llegó a su fin gracias a la resolución de la Corte de Constitucionalidad. Sin embargo, en el caso de la Fiscal, los argumentos jurídicos venían aparejados con posiciones políticas e ideológicas, lo que contribuyó a desatar el interés público. En cambio, la falta de un trasfondo en el caso de la Contralora ha provocado que la incertidumbre sobre el plazo de su mandato haya quedado en el olvido. 
Al igual que con la Fiscalía, la máxima autoridad de la Contraloría se elige para un período de 4 años, plazos que se han contabilizado a partir del 13 de octubre de 1994, cuando se juramentó al primer contralor luego de la Reforma Constitucional del 94. Desde entonces, los cuatrienios transcurrieron con relativa normalidad. Hasta el año 2010. 
Derivado de la incertidumbre sobre la cantidad de postuladores que le correspondían a los dos colegios con asiento en la Comisión -el de Economistas, y el de Contadores Públicos y Auditores- y aunado a retrasos en la convocatoria, el plazo fatal del 13 de octubre del 2010 concluyó sin nuevo contralor electo. A raíz de ello, la CC resolvió que el anterior contralor -Carlos Mencos- debía entregar su cargo, y que interinamente asumiera el Subcontralor de Probidad, Arnulfo Escobar. Fue hasta el 16 de diciembre que el Congreso eligió a Norma Segura como titular de la Contraloría. 
Mientras el Acuerdo Gubernativo 90-2010 que dio posesión a Paz y Paz, contribuyó a exacerbar el debate, ya que expresamente establecía que el nombramiento era para “un período de cuatro años”; el Acuerdo Legislativo 37-2010 que dio posesión a Segura únicamente señala que la designación es para “el período constitucional 2010-2014”, sin entrar en detalle sobre la duración concreta del mandato ni sobre el interinato que le antecedió. 
La resolución en el caso de la Fiscal aparentemente cierra la puerta a cualquier incertidumbre en el caso de la Contralora, ya que bajo el argumento de la CC, Segura debería entregar el 13 de octubre. Sin embargo, la falta de discusión sobre el caso evidencia la escasa atención que se le presta a la Contraloría. Entre los controles inter-orgánicos, la fiscalización del patrimonio público debe revestirse de la misma importancia que la persecución penal. La veeduría sobre plazos, resultados de gestión y sucesión en el cargo no debe estar sujeta exclusivamente a la polarización que genera un funcionario particular.