Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

La objeción de conciencia

Redacción
28 de marzo, 2015

Usualmente la objeción de conciencia se utiliza y acepta como límite a ciertas obligaciones impuestas por el Estado que violan profundas creencias, religiosas o no, del sujeto. Es así que Mohamed Alí utilizó la objeción de conciencia para negarse al servicio militar, aunque tuvo consecuencias legales; médicos que se niegan a practicar abortos electivos aunque la legislación de ese país los permita y en algunas circunstancias obligue al médico a practicarlos. En países con los llamados “matrimonios igualitarios”, hay objeciones de conciencia que invocan los ministros de culto que realizan las ceremonias de matrimonio.

Es así que la objeción de conciencia es una figura que reconocen las legislaciones, en algunos casos, para permitir a un ciudadano eximirse de esas obligaciones que irían contra su propio ser.

En Guatemala no conozco legislación alguna respecto a las objeciones de conciencia, sin embargo, dentro de un sistema republicano deberíamos de poner invocarla contra muchas leyes que se “disparan” los congresos atentando contra la intimidad, la libertad y los principios éticos y morales básicos.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Nuestra Constitución contiene el principio que nadie está obligado al cumplimiento de órdenes ilegales y el principio de la resistencia pacífica. Lastimosamente, al ser un sistema positivo de derecho, esos principios son bastantes vacíos, ya que se requiere de una declaración judicial para dar certeza al hecho que la orden es ilegal o bien para justificar los supuestos en los que se aplica una resistencia pacífica. Contrario, eso sí, al principio de protección del individuo y su integridad.

Es así que tenemos el problema del huevo o la gallina. Con ello, desgraciadamente, los congresos son un cheque en blanco que pueden decretar cualquier cosa sin que el ciudadano tenga mucha opción más que obedecer.

Si reconocemos que la existencia de los gobiernos es para garantizar la vida, la propiedad legítima y la búsqueda de la felicidad de cada uno de los habitantes de un territorio dado, nos será más fácil comprender que un congreso no puede decretar legislación que violente la vida, la propiedad legítima o la escogencia de medios y fines en la búsqueda de dicha felicidad, de ninguno, sino únicamente proteger que ninguno pase sobre dichos derechos del otro. Por ello es que no es posible que se utilice un sistema gubernamental para establecerle fines a los ciudadanos, sean estos nobles o no tan nobles. Usted no puede ser obligado a ayudarme a cumplir mis fines, como yo tampoco los suyos. Usted no puede ser obligado a usar su patrimonio para pagar por mis fines ni tampoco puede ser obligado a entregar su vida para proteger la mía.

Es por ello que la objeción de conciencia, la resistencia pacífica y la legítima desobediencia deben aceptarse como instituciones en todos los ámbitos en los que esas situaciones ocurren.

Tales como los servicios “cívicos” o “civiles”, los servicios militares, los pagos de tributos, las obligaciones de asistencia.

Una cosa es premiar a quien lo desee realizar y otra distinta es obligar a todos a cumplir con dichos fines.

¿Me ayuda a proponer algo así?

La objeción de conciencia

Redacción
28 de marzo, 2015

Usualmente la objeción de conciencia se utiliza y acepta como límite a ciertas obligaciones impuestas por el Estado que violan profundas creencias, religiosas o no, del sujeto. Es así que Mohamed Alí utilizó la objeción de conciencia para negarse al servicio militar, aunque tuvo consecuencias legales; médicos que se niegan a practicar abortos electivos aunque la legislación de ese país los permita y en algunas circunstancias obligue al médico a practicarlos. En países con los llamados “matrimonios igualitarios”, hay objeciones de conciencia que invocan los ministros de culto que realizan las ceremonias de matrimonio.

Es así que la objeción de conciencia es una figura que reconocen las legislaciones, en algunos casos, para permitir a un ciudadano eximirse de esas obligaciones que irían contra su propio ser.

En Guatemala no conozco legislación alguna respecto a las objeciones de conciencia, sin embargo, dentro de un sistema republicano deberíamos de poner invocarla contra muchas leyes que se “disparan” los congresos atentando contra la intimidad, la libertad y los principios éticos y morales básicos.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Nuestra Constitución contiene el principio que nadie está obligado al cumplimiento de órdenes ilegales y el principio de la resistencia pacífica. Lastimosamente, al ser un sistema positivo de derecho, esos principios son bastantes vacíos, ya que se requiere de una declaración judicial para dar certeza al hecho que la orden es ilegal o bien para justificar los supuestos en los que se aplica una resistencia pacífica. Contrario, eso sí, al principio de protección del individuo y su integridad.

Es así que tenemos el problema del huevo o la gallina. Con ello, desgraciadamente, los congresos son un cheque en blanco que pueden decretar cualquier cosa sin que el ciudadano tenga mucha opción más que obedecer.

Si reconocemos que la existencia de los gobiernos es para garantizar la vida, la propiedad legítima y la búsqueda de la felicidad de cada uno de los habitantes de un territorio dado, nos será más fácil comprender que un congreso no puede decretar legislación que violente la vida, la propiedad legítima o la escogencia de medios y fines en la búsqueda de dicha felicidad, de ninguno, sino únicamente proteger que ninguno pase sobre dichos derechos del otro. Por ello es que no es posible que se utilice un sistema gubernamental para establecerle fines a los ciudadanos, sean estos nobles o no tan nobles. Usted no puede ser obligado a ayudarme a cumplir mis fines, como yo tampoco los suyos. Usted no puede ser obligado a usar su patrimonio para pagar por mis fines ni tampoco puede ser obligado a entregar su vida para proteger la mía.

Es por ello que la objeción de conciencia, la resistencia pacífica y la legítima desobediencia deben aceptarse como instituciones en todos los ámbitos en los que esas situaciones ocurren.

Tales como los servicios “cívicos” o “civiles”, los servicios militares, los pagos de tributos, las obligaciones de asistencia.

Una cosa es premiar a quien lo desee realizar y otra distinta es obligar a todos a cumplir con dichos fines.

¿Me ayuda a proponer algo así?