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Competitivitis

¡A usted le costó leer el título y a mi escribirlo! De igual forma cuesta entender cuál es la terquedad de los diputados de aprobar una iniciativa de ley de competencia.

Ilustración por Gabo®
Carolina Castellanos |
22 de marzo, 2024

¡A usted le costó leer el título y a mi escribirlo! De igual forma cuesta entender cuál es la terquedad de los diputados de aprobar una iniciativa de ley de competencia.

Una de las excusas (perdón, razones) es que es un compromiso adquirido en diversas negociaciones de tratados de libre comercio. Yo participé en estas actividades durante muchos años. Efectivamente, los negociadores de Guatemala han hecho su mejor esfuerzo por lograr acuerdos balanceados, con ventajas para ambas partes. Sin embargo, no era necesario comprometerse a legislar la competencia, pues la propia Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 130, prohíbe los monopolios. Adicionalmente, el Código Penal y el Código de Comercio los penalizan.

Más burocracia

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Esta iniciativa de ley crea la Superintendencia de competencia.

Imagínese, estimado lector, que tendríamos otro “tetunte” burocrático cuyas opiniones incidirán en el derecho que usted y yo tenemos de comprar y vender lo que nos plazca, a los precios y condiciones que dispongamos o que acordemos entre las partes interesadas.

El mayor problema con esto es la subjetividad de los funcionarios de turno. El otro gran problema es la corrupción. Nuestra libertad de comprar y vender lo que sea, en las condiciones y precio que aceptemos ambas partes, podría estar en riesgo. Estos detalles surgirán en el reglamento, redactado por los mismos diputados y refrendado por las autoridades de turno en el Ministerio de Economía.

Colusión

La Real Academia Española (RAE) define este término como “pacto ilícito en daño de tercero”. Seguramente habrá casos de esto en el sector privado. Sin embargo, la libre competencia que existe limita significativamente esta práctica. Donde sí aún se da es en las compras de gobierno. Dos oferentes, entre otros, presentan sus propuestas al estilo de “compadre hablado”. Las juntas calificadoras tienen dentro de sus obligaciones detectar estas prácticas. Si lo hacen o no, lo desconozco. Esta iniciativa de ley, si entra en vigencia, ¿impedirá la colusión donde realmente se da, que es en las compras de gobierno? Seguramente no.

Incentivos perversos

El Ministerio de Economía es el encargado de formular la política de competencia. Pero, las multas y sanciones pasarán a ser parte del patrimonio de la Superintendencia de Competitividad. ¡Esto es un incentivo perverso!

Lo importante

¡Libertad! Debemos proteger y defender, con uñas y dientes, la libertad de fijar precios según nos plazca. También debe prevalecer la libertad de contratación. No puede haber condiciones ni restricciones, tampoco exigencias, como obligar a contratar a algún porcentaje de mujeres, personas indígenas, personas con discapacidad y, ahora, de la comunidad LGBTIQ+.

Otra libertad fundamental es la de comercio e industria, que es poder comprar y vender libremente, sin cuotas ni cualquier otra limitación.

Es imperativo proteger y defender la libertad de asociación. Las cámaras y gremiales empresariales serán las llamadas a defender todas estas libertades.

Conclusión

En toda esta iniciativa de ley, plagada de no tan buenas intenciones, hay un exceso de subjetividad. A lo largo y ancho de este nuevo elefante burocrático, correrán favores y privilegios (nada nuevo bajo el sol). Como ya sabemos, la corrupción estará presente desde la puerta de ingreso.

Competitivitis

¡A usted le costó leer el título y a mi escribirlo! De igual forma cuesta entender cuál es la terquedad de los diputados de aprobar una iniciativa de ley de competencia.

Carolina Castellanos |
22 de marzo, 2024
Ilustración por Gabo®

¡A usted le costó leer el título y a mi escribirlo! De igual forma cuesta entender cuál es la terquedad de los diputados de aprobar una iniciativa de ley de competencia.

Una de las excusas (perdón, razones) es que es un compromiso adquirido en diversas negociaciones de tratados de libre comercio. Yo participé en estas actividades durante muchos años. Efectivamente, los negociadores de Guatemala han hecho su mejor esfuerzo por lograr acuerdos balanceados, con ventajas para ambas partes. Sin embargo, no era necesario comprometerse a legislar la competencia, pues la propia Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 130, prohíbe los monopolios. Adicionalmente, el Código Penal y el Código de Comercio los penalizan.

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Imagínese, estimado lector, que tendríamos otro “tetunte” burocrático cuyas opiniones incidirán en el derecho que usted y yo tenemos de comprar y vender lo que nos plazca, a los precios y condiciones que dispongamos o que acordemos entre las partes interesadas.

El mayor problema con esto es la subjetividad de los funcionarios de turno. El otro gran problema es la corrupción. Nuestra libertad de comprar y vender lo que sea, en las condiciones y precio que aceptemos ambas partes, podría estar en riesgo. Estos detalles surgirán en el reglamento, redactado por los mismos diputados y refrendado por las autoridades de turno en el Ministerio de Economía.

Colusión

La Real Academia Española (RAE) define este término como “pacto ilícito en daño de tercero”. Seguramente habrá casos de esto en el sector privado. Sin embargo, la libre competencia que existe limita significativamente esta práctica. Donde sí aún se da es en las compras de gobierno. Dos oferentes, entre otros, presentan sus propuestas al estilo de “compadre hablado”. Las juntas calificadoras tienen dentro de sus obligaciones detectar estas prácticas. Si lo hacen o no, lo desconozco. Esta iniciativa de ley, si entra en vigencia, ¿impedirá la colusión donde realmente se da, que es en las compras de gobierno? Seguramente no.

Incentivos perversos

El Ministerio de Economía es el encargado de formular la política de competencia. Pero, las multas y sanciones pasarán a ser parte del patrimonio de la Superintendencia de Competitividad. ¡Esto es un incentivo perverso!

Lo importante

¡Libertad! Debemos proteger y defender, con uñas y dientes, la libertad de fijar precios según nos plazca. También debe prevalecer la libertad de contratación. No puede haber condiciones ni restricciones, tampoco exigencias, como obligar a contratar a algún porcentaje de mujeres, personas indígenas, personas con discapacidad y, ahora, de la comunidad LGBTIQ+.

Otra libertad fundamental es la de comercio e industria, que es poder comprar y vender libremente, sin cuotas ni cualquier otra limitación.

Es imperativo proteger y defender la libertad de asociación. Las cámaras y gremiales empresariales serán las llamadas a defender todas estas libertades.

Conclusión

En toda esta iniciativa de ley, plagada de no tan buenas intenciones, hay un exceso de subjetividad. A lo largo y ancho de este nuevo elefante burocrático, correrán favores y privilegios (nada nuevo bajo el sol). Como ya sabemos, la corrupción estará presente desde la puerta de ingreso.