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La porra de la cachiporra. El gato por liebre de la “ley de antimaras”

La iniciativa 5692 no menciona ni una vez el fenómeno de las pandillas en su articulado final ni pretende endurecer las penas contra las mismas. La iniciativa entrega un instrumento arbitrario de represión más a un Estado que cuenta con una ley de orden público vigente desde el golpe de 1963.

ORLANDO SIERRA
Alessandro Mecca |
18 de marzo, 2024

Durante la última sesión plenaria se suscitó un acalorado debate entre los legisladores de Semilla y una enardecida oposición por la negativa de los primeros a apoyar la aprobación de la llamada "ley antimaras". Incluso, acusándoles estos últimos de "pactar con criminales y sicarios". No obstante, estimado lector, al revisar el contenido de la iniciativa, de tan solo un artículo sustantivo, emerge un panorama muy distinto. Siendo esto una temática de interés nacional, es menester comentar al respecto.

La iniciativa 5692, llamada coloquialmente ley antimaras, se presentó originalmente al inicio del mandato del expresidente Giammattei, en 2020. Una primera señal de alarma: El gobierno de Vamos contó con cuatro atronadoras mayorías parlamentarias, una por cada año de su legislatura. Esta mayoría permitió al gobierno controlar más espacios que ningún otro en la historia democrática de nuestro país.

Continuar con una Corte Suprema de Justicia afin, dinamitar el Consejo Superior de la Carrera Judicial o seguir colocando aliados en puestos cruciales dentro del Estado se convirtió en el sello de fábrica de una aplanadora que promedió 100 de 160 votos en 4 años. En ningún momento se propuso y se aprobó esta iniciativa cuando sus condiciones parlamentarias eran inmejorables.

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Cuatro años después, parece ser de urgencia manifiesta para los diputados de la oposición aprobar dicha iniciativa. Esto, a pesar de que los niveles de homicidio se mantienen, de momento, en la misma tendencia de 2022 y 2023. ¿Qué es lo que tanto les urge reformar de repente? Esta iniciativa contempla un solo artículo sustantivo, que propone la adición del 391 bis al artículo de la misma numeración del código penal.

En la legislación vigente se tipifica el delito de terrorismo como: "Quien, con el propósito de atentar contra el orden constitucional o de alterar el orden público, ejecutare actos encaminados a provocar incendio o a causar estrago o desastres ferroviarios, marítimos, fluviales o aéreos, será sancionado con prisión de cinco a quince años".

Además, eleva la pena en caso de uso de explosivos. La parte más problemática de la propuesta es la de quienes tipificaría como terroristas para perseguirles por delitos ya establecidos en el código penal. 391 bis:

Terrorismo con fines de desorden público social. Quien, con el propósito de transgredir la paz social o el orden público del Estado, se organice, constituya o pertenezca a grupos criminales caracterizados por su territorialidad, alta criminalidad y simbología.

Los conceptos de “paz social" y "territorialidad criminal" no están definidos operativamente en nuestro código penal. Por lo tanto, quedaría a la caprichosa interpretación del MP y gobierno de turno si una manifestación crítica, por ejemplo, podría ser considerada como tal. Además, el solo intento de penalizar la expresión de simbología, cualquiera que sea, podría contravenir directamente lo establecido en el artículo 35 de la Constitución y en la Ley de Emisión del Pensamiento.

La iniciativa 5692 no menciona ni una vez el fenómeno de las pandillas en su articulado final ni pretende endurecer las penas contra las mismas. La iniciativa entrega un instrumento arbitrario de represión más a un Estado que cuenta con una ley de orden público vigente desde el golpe de 1963. Su inclusión en el orden del día de la mencionada sesión fue presentada por el diputado Álvaro Arzú Escobar. Ese que siempre se ha preciado discursivamente de ser un protector del Estado de Derecho. Completa así su metamorfosis, pasando a ser una de las caras públicas de la oposición parlamentaria más antidemocrática desde 1985. La derecha reaccionaria de este país quiere vendernos gato por liebre. Por consiguiente, es de aplaudir la decisión de la alianza oficial de votar en sentido contrario a la propuesta. Ello porque “el precio de la libertad es la eterna vigilancia”.

La porra de la cachiporra. El gato por liebre de la “ley de antimaras”

La iniciativa 5692 no menciona ni una vez el fenómeno de las pandillas en su articulado final ni pretende endurecer las penas contra las mismas. La iniciativa entrega un instrumento arbitrario de represión más a un Estado que cuenta con una ley de orden público vigente desde el golpe de 1963.

Alessandro Mecca |
18 de marzo, 2024
ORLANDO SIERRA

Durante la última sesión plenaria se suscitó un acalorado debate entre los legisladores de Semilla y una enardecida oposición por la negativa de los primeros a apoyar la aprobación de la llamada "ley antimaras". Incluso, acusándoles estos últimos de "pactar con criminales y sicarios". No obstante, estimado lector, al revisar el contenido de la iniciativa, de tan solo un artículo sustantivo, emerge un panorama muy distinto. Siendo esto una temática de interés nacional, es menester comentar al respecto.

La iniciativa 5692, llamada coloquialmente ley antimaras, se presentó originalmente al inicio del mandato del expresidente Giammattei, en 2020. Una primera señal de alarma: El gobierno de Vamos contó con cuatro atronadoras mayorías parlamentarias, una por cada año de su legislatura. Esta mayoría permitió al gobierno controlar más espacios que ningún otro en la historia democrática de nuestro país.

Continuar con una Corte Suprema de Justicia afin, dinamitar el Consejo Superior de la Carrera Judicial o seguir colocando aliados en puestos cruciales dentro del Estado se convirtió en el sello de fábrica de una aplanadora que promedió 100 de 160 votos en 4 años. En ningún momento se propuso y se aprobó esta iniciativa cuando sus condiciones parlamentarias eran inmejorables.

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Cuatro años después, parece ser de urgencia manifiesta para los diputados de la oposición aprobar dicha iniciativa. Esto, a pesar de que los niveles de homicidio se mantienen, de momento, en la misma tendencia de 2022 y 2023. ¿Qué es lo que tanto les urge reformar de repente? Esta iniciativa contempla un solo artículo sustantivo, que propone la adición del 391 bis al artículo de la misma numeración del código penal.

En la legislación vigente se tipifica el delito de terrorismo como: "Quien, con el propósito de atentar contra el orden constitucional o de alterar el orden público, ejecutare actos encaminados a provocar incendio o a causar estrago o desastres ferroviarios, marítimos, fluviales o aéreos, será sancionado con prisión de cinco a quince años".

Además, eleva la pena en caso de uso de explosivos. La parte más problemática de la propuesta es la de quienes tipificaría como terroristas para perseguirles por delitos ya establecidos en el código penal. 391 bis:

Terrorismo con fines de desorden público social. Quien, con el propósito de transgredir la paz social o el orden público del Estado, se organice, constituya o pertenezca a grupos criminales caracterizados por su territorialidad, alta criminalidad y simbología.

Los conceptos de “paz social" y "territorialidad criminal" no están definidos operativamente en nuestro código penal. Por lo tanto, quedaría a la caprichosa interpretación del MP y gobierno de turno si una manifestación crítica, por ejemplo, podría ser considerada como tal. Además, el solo intento de penalizar la expresión de simbología, cualquiera que sea, podría contravenir directamente lo establecido en el artículo 35 de la Constitución y en la Ley de Emisión del Pensamiento.

La iniciativa 5692 no menciona ni una vez el fenómeno de las pandillas en su articulado final ni pretende endurecer las penas contra las mismas. La iniciativa entrega un instrumento arbitrario de represión más a un Estado que cuenta con una ley de orden público vigente desde el golpe de 1963. Su inclusión en el orden del día de la mencionada sesión fue presentada por el diputado Álvaro Arzú Escobar. Ese que siempre se ha preciado discursivamente de ser un protector del Estado de Derecho. Completa así su metamorfosis, pasando a ser una de las caras públicas de la oposición parlamentaria más antidemocrática desde 1985. La derecha reaccionaria de este país quiere vendernos gato por liebre. Por consiguiente, es de aplaudir la decisión de la alianza oficial de votar en sentido contrario a la propuesta. Ello porque “el precio de la libertad es la eterna vigilancia”.