El Decreto 19-2016 conocido como la Ley Emergente para la Conservación del Empleo, fue publicada en el Diario de Centroamérica un mes después de su aprobación por emergencia nacional en el Congreso de la República.
La Ley que consta de 33 artículos sustituye a la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila y la Ley de Zonas Francas que se venció el 31 de diciembre del 2015.
Con esta nueva ley, las empresas gozarán de la suspensión temporal del pago de derechos arancelarios e impuestos a la importación, con inclusión del IVA sobre las materias primas, productos semielaborados, materiales, envases, empaques y etiquetas, necesarios para la exportación.
La ley también permitirá que las personas individuales o jurídicas domiciliadas que sean calificadas como productoras y que permanecen en el país. No gozarán de la exoneración del ISR si en su país de origen se otorga crédito por ese impuesto que se pague en Guatemala.
Otro de los beneficios será la exoneración total del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por un plazo de 10 años.
La ley también faculta al Ministerio de Economía suspender los derechos a las empresas y entidades que incumplan la Ley del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), entre otras cosas.
El Decreto 19-2016 conocido como la Ley Emergente para la Conservación del Empleo, fue publicada en el Diario de Centroamérica un mes después de su aprobación por emergencia nacional en el Congreso de la República.
La Ley que consta de 33 artículos sustituye a la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila y la Ley de Zonas Francas que se venció el 31 de diciembre del 2015.
Con esta nueva ley, las empresas gozarán de la suspensión temporal del pago de derechos arancelarios e impuestos a la importación, con inclusión del IVA sobre las materias primas, productos semielaborados, materiales, envases, empaques y etiquetas, necesarios para la exportación.
La ley también permitirá que las personas individuales o jurídicas domiciliadas que sean calificadas como productoras y que permanecen en el país. No gozarán de la exoneración del ISR si en su país de origen se otorga crédito por ese impuesto que se pague en Guatemala.
Otro de los beneficios será la exoneración total del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por un plazo de 10 años.
La ley también faculta al Ministerio de Economía suspender los derechos a las empresas y entidades que incumplan la Ley del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), entre otras cosas.