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Covid-19 : 6 requisitos para ingresar vía aérea, terrestre y portuaria a Guatemala

Sandra Vi
27 de mayo, 2021

Con el fin de prevenir los contagios de covid-19 la Dirección General del Sistema de Atención Integral en Salud (DGSIAS), del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, actualizó los requisitos obligatorios que las personas deben cumplir al ingresar vía aérea, terrestre y portuaria a Guatemala.

Estos requisitos fueron publicados por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Y es la quinta actualización que se hace desde la reactivación de los vuelos internacionales.

Según la DGSIAS las entidades portuarias, aeroportuarias y de frontera, así como las municipalidades locales y todos los operadores relacionados con el ingreso y egreso de personas hacia o desde el territorio nacional deben velar por el cumplimiento de estos requisitos.

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Comprobante de prueba negativa

Presentar prueba negativa de covid-19 de un laboratorio certificado por el país de procedencia de Antígeno o PCR (hisopado nasofaríngeo y/u orofaríngeo. Muestra de saliva solamente para test de PCR).

El resultado de esta prueba no deberá tener más de tres días de duración al momento de realizar el chequeo en la aerolínea para ingresar al territorio guatemalteco (aplica solamente a personas de 10 años o más).

Es decir, los tres días cuentan desde la fecha en que se realizó la prueba hasta la fecha y hora del momento de chequeo en la aerolínea respectiva, explica la DGAC.

Certificado Médico

Si en los últimos tres meses la persona que desea ingresar a Guatemala padeció de covid-19 debe presentar un certificado médico o un documento de la clínica de salud que documente la fecha de diagnóstico y la recuperación del pasajero. La recuperación deberá poseer un mínimo de 10 días después de haber sido diagnosticado.

Personas vacunadas contra el covid-19

Si el pasajero ya ha sido vacunado contra el covid-19 debe presentar la constancia que ha recibido dos dosis, o una dosis para la vacuna de Johnson & Johnson. La última dosis o única dosis, según sea el caso, debe tener un mínimo de administración de dos semanas antes de comenzar su viaje.

Cuando no presenten pruebas

Si por alguna circunstancia no tiene alguno de los requisitos indicados en los tres casos anteriores el pasajero será reportado a las autoridades de salud a su llegada al territorio nacional para ser trasladado a la Unidad de Vigilancia Epidemiológica para realizar la prueba antes de ingresar al país.

Uso obligatorio de mascarilla

El uso de mascarilla es obligatorio para las personas mayores de dos años. Se exceptua del uso de esta a pasajeros que tengan contraindicaciones médicas certificadas para su uso.

Síntomas respiratorios

No viajar si presenta cualquier síntoma de enfermedad respiratoria aguda o sospechosa de covid-19.

Los distritos y áreas de salud en los que esté localizado el punto de entrada/salida al territorio nacional será responsable del cumplimiento de estos protocolos y lineamientos.

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Estos requisitos fueron publicados por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Y es la quinta actualización que se hace desde la reactivación de los vuelos internacionales.

Según la DGSIAS las entidades portuarias, aeroportuarias y de frontera, así como las municipalidades locales y todos los operadores relacionados con el ingreso y egreso de personas hacia o desde el territorio nacional deben velar por el cumplimiento de estos requisitos.

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El resultado de esta prueba no deberá tener más de tres días de duración al momento de realizar el chequeo en la aerolínea para ingresar al territorio guatemalteco (aplica solamente a personas de 10 años o más).

Es decir, los tres días cuentan desde la fecha en que se realizó la prueba hasta la fecha y hora del momento de chequeo en la aerolínea respectiva, explica la DGAC.

Certificado Médico

Si en los últimos tres meses la persona que desea ingresar a Guatemala padeció de covid-19 debe presentar un certificado médico o un documento de la clínica de salud que documente la fecha de diagnóstico y la recuperación del pasajero. La recuperación deberá poseer un mínimo de 10 días después de haber sido diagnosticado.

Personas vacunadas contra el covid-19

Si el pasajero ya ha sido vacunado contra el covid-19 debe presentar la constancia que ha recibido dos dosis, o una dosis para la vacuna de Johnson & Johnson. La última dosis o única dosis, según sea el caso, debe tener un mínimo de administración de dos semanas antes de comenzar su viaje.

Cuando no presenten pruebas

Si por alguna circunstancia no tiene alguno de los requisitos indicados en los tres casos anteriores el pasajero será reportado a las autoridades de salud a su llegada al territorio nacional para ser trasladado a la Unidad de Vigilancia Epidemiológica para realizar la prueba antes de ingresar al país.

Uso obligatorio de mascarilla

El uso de mascarilla es obligatorio para las personas mayores de dos años. Se exceptua del uso de esta a pasajeros que tengan contraindicaciones médicas certificadas para su uso.

Síntomas respiratorios

No viajar si presenta cualquier síntoma de enfermedad respiratoria aguda o sospechosa de covid-19.

Los distritos y áreas de salud en los que esté localizado el punto de entrada/salida al territorio nacional será responsable del cumplimiento de estos protocolos y lineamientos.

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