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Resolución de CC da vía libre a reelección de dirigentes deportivos

Eder Juarez
19 de diciembre, 2015

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) declararon con lugar una inconstitucionalidad que buscaba eliminar una prohibición contenida en la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte para la reelección de los dirigentes deportivos.

La normativa especificó que los miembros de los Comités Ejecutivos, Órganos Disciplinarios y Comisiones Técnico Deportivas, tanto de federaciones como de asociaciones deportivas nacionales, no puedan optar a cualquier cargo de elección en el ejercicio de sus funciones y hasta transcurrido un período igual al tiempo que ocuparon el cargo respectivo.

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Sin embargo, una acción de inconstitucionalidad, planteada por el abogado Juan Luis RodrÍguez González con el apoyo de las abogadas Lina Susana González, Josefina Estela Álvarez y Mildred Analey Noriega, puso fin a la disposición vigente desde 1997.

Los abogados en cuestión, alegaron que la ley violaba la Constitución en el entendido de que “algunos funcionarios públicos que son electos o elegidos mediante los procedimientos que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, pueden presentarse a tales procesos las veces que estimen adecuadas o convenientes”.

Sin embargo, durante las gestas cívicas iniciadas el presente año, se evidenció un clamor popular en donde el tema de la no reelección, formó parte de las principales demandas ciudadanas, quienes esperan un relevo de autoridades, lo cual quedó evidenciado en la integración del Congreso de la República y en el destierro del partido oficial en cuanto a la Presidencia de la República.

Los abogados citaron como una “desigualdad de condiciones” o como un “trato arbitrario y desigual” no tener acceso a las opciones de reelección como ocurrió en los casos del Fiscal General y el Procurador General de la Nación, diputados y magistrados”, esto pese a la existencia de inconformidad respecto a las administraciones de algunas personas que ocuparon estos cargos entre la población.

Existe temor de que una resolución de esta magnitud trascienda de tal manera, que pueda utilizarse como precedente para futuras resoluciones, algo que niega la CC.

De acuerdo con la magistrada presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Gloria Porras, la sentencia no expresa ningún juicio respecto a que si la reelección es buena o mala, “lo único que estamos diciendo en la sentencia es que esos cargos no tienen prohibición desde de la Constitución para ser reelectos”.

Porras indica que la jurisprudencia que podría crear este caso, sería si se establecieran tres sentencias en el mismo sentido y esta es la primera. Además reiteró que en esta oportunidad la sentencia de la Corte es únicamente que estos cargos no tienen prohibición desde la Constitución.

Según la Magistrada Presidenta está consciente que es un tiempo de cambios, pero estos no deben violentar la constitución, “la corte va en búsqueda de la protección de la legalidad” dijo.  Por su parte el magistrado Roberto Molina Barreto indica que la resolución está apegada a lo que establece la Constitución.

Barreto dice que la Constitución es muy clara en establecer la prohibición de la reelección como por ejemplo el del Presidente de la República, Contralor General entre otros puestos, pero en lo relacionado con el deporte no existe prohibición en la Carta Magna.

Además refiere que una ley inferior a la Constitución no puede normar estas disposiciones en referencia a la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte que establecía que los dirigentes deportivos no podían ser reelectos consecutivamente.

El artículo 103 del decreto 76-97, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte, el cual establecía: “Únicamente por un período adicional consecutivo (…) y (…) hasta transcurrido un período igual al tiempo que ocuparon el cargo respectivo, contado a partir del cese o renuncia del cargo ejercido”.

No comparten resolución

José Carlos Sanabria, coordinador de análisis político de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), explicó que dicha decisión “entra en un contexto en donde hay una crisis de corrupción en el deporte y es un mensaje negativo”. Agregó: “Se está pidiendo renovación y pareciera que esto no está atendiendo al clamor social, sino a otros derechos”.

Para Alejandro Balsells, integrante del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecón) comentó que hay dos temas, en el primero, “la CC se basa en que la norma estaba pésimamente redactada y tiene razón es un poco difícil aplicarla”, afirmó.

Sin embargo, lo que el experto no comparte es cuando se entra a la razonabilidad de la norma y que sea una sentencia unánime que a todas luces, llama la atención.

“Se meten a un tema de razonabilidad y no lo desarrollan a profundidad”, manifestó y agregó que los abogados alegan que sólo la Constitución puede limitar un derecho para la reelección, pero hay otras normas que lo pueden impedirlo y eso no se desarrolló a profundidad en la resolución.

Ayer se dieron varios movimientos en el deporte guatemalteco, uno de ellos fue la renuncia de los tres miembros del Comité Ejecutivo de la Federación de Futbol, Milton Mendoza, Fernando Gómez y Noé García, esto luego de darse a conocer que la FIFA enviará al país una delegación que nombrará una comisión reguladora para dicha Federación.

Resolución de CC da vía libre a reelección de dirigentes deportivos

Eder Juarez
19 de diciembre, 2015

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) declararon con lugar una inconstitucionalidad que buscaba eliminar una prohibición contenida en la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte para la reelección de los dirigentes deportivos.

La normativa especificó que los miembros de los Comités Ejecutivos, Órganos Disciplinarios y Comisiones Técnico Deportivas, tanto de federaciones como de asociaciones deportivas nacionales, no puedan optar a cualquier cargo de elección en el ejercicio de sus funciones y hasta transcurrido un período igual al tiempo que ocuparon el cargo respectivo.

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Sin embargo, una acción de inconstitucionalidad, planteada por el abogado Juan Luis RodrÍguez González con el apoyo de las abogadas Lina Susana González, Josefina Estela Álvarez y Mildred Analey Noriega, puso fin a la disposición vigente desde 1997.

Los abogados en cuestión, alegaron que la ley violaba la Constitución en el entendido de que “algunos funcionarios públicos que son electos o elegidos mediante los procedimientos que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, pueden presentarse a tales procesos las veces que estimen adecuadas o convenientes”.

Sin embargo, durante las gestas cívicas iniciadas el presente año, se evidenció un clamor popular en donde el tema de la no reelección, formó parte de las principales demandas ciudadanas, quienes esperan un relevo de autoridades, lo cual quedó evidenciado en la integración del Congreso de la República y en el destierro del partido oficial en cuanto a la Presidencia de la República.

Los abogados citaron como una “desigualdad de condiciones” o como un “trato arbitrario y desigual” no tener acceso a las opciones de reelección como ocurrió en los casos del Fiscal General y el Procurador General de la Nación, diputados y magistrados”, esto pese a la existencia de inconformidad respecto a las administraciones de algunas personas que ocuparon estos cargos entre la población.

Existe temor de que una resolución de esta magnitud trascienda de tal manera, que pueda utilizarse como precedente para futuras resoluciones, algo que niega la CC.

De acuerdo con la magistrada presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Gloria Porras, la sentencia no expresa ningún juicio respecto a que si la reelección es buena o mala, “lo único que estamos diciendo en la sentencia es que esos cargos no tienen prohibición desde de la Constitución para ser reelectos”.

Porras indica que la jurisprudencia que podría crear este caso, sería si se establecieran tres sentencias en el mismo sentido y esta es la primera. Además reiteró que en esta oportunidad la sentencia de la Corte es únicamente que estos cargos no tienen prohibición desde la Constitución.

Según la Magistrada Presidenta está consciente que es un tiempo de cambios, pero estos no deben violentar la constitución, “la corte va en búsqueda de la protección de la legalidad” dijo.  Por su parte el magistrado Roberto Molina Barreto indica que la resolución está apegada a lo que establece la Constitución.

Barreto dice que la Constitución es muy clara en establecer la prohibición de la reelección como por ejemplo el del Presidente de la República, Contralor General entre otros puestos, pero en lo relacionado con el deporte no existe prohibición en la Carta Magna.

Además refiere que una ley inferior a la Constitución no puede normar estas disposiciones en referencia a la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte que establecía que los dirigentes deportivos no podían ser reelectos consecutivamente.

El artículo 103 del decreto 76-97, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte, el cual establecía: “Únicamente por un período adicional consecutivo (…) y (…) hasta transcurrido un período igual al tiempo que ocuparon el cargo respectivo, contado a partir del cese o renuncia del cargo ejercido”.

No comparten resolución

José Carlos Sanabria, coordinador de análisis político de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), explicó que dicha decisión “entra en un contexto en donde hay una crisis de corrupción en el deporte y es un mensaje negativo”. Agregó: “Se está pidiendo renovación y pareciera que esto no está atendiendo al clamor social, sino a otros derechos”.

Para Alejandro Balsells, integrante del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecón) comentó que hay dos temas, en el primero, “la CC se basa en que la norma estaba pésimamente redactada y tiene razón es un poco difícil aplicarla”, afirmó.

Sin embargo, lo que el experto no comparte es cuando se entra a la razonabilidad de la norma y que sea una sentencia unánime que a todas luces, llama la atención.

“Se meten a un tema de razonabilidad y no lo desarrollan a profundidad”, manifestó y agregó que los abogados alegan que sólo la Constitución puede limitar un derecho para la reelección, pero hay otras normas que lo pueden impedirlo y eso no se desarrolló a profundidad en la resolución.

Ayer se dieron varios movimientos en el deporte guatemalteco, uno de ellos fue la renuncia de los tres miembros del Comité Ejecutivo de la Federación de Futbol, Milton Mendoza, Fernando Gómez y Noé García, esto luego de darse a conocer que la FIFA enviará al país una delegación que nombrará una comisión reguladora para dicha Federación.