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Alcaldes agradecen vigencia del salario mínimo diferenciado

Redacción República
31 de diciembre, 2015

Luego de que este día salieran publicados en el Diario de Centroamérica los Acuerdos Gubernativos del 304 al 307 del 2015, firmados por presidente Alejandro Maldonado Aguirre y el viceministro de Trabajo, Rolando Figueroa Pérez se hicieron oficiales los salarios mínimos diferenciados en los municipios de Masagua, Escuintla; Estanzuela, Zacapa; Guastatoya y San Agustín Acasaguastlán, El Progreso.

De esa cuenta, los alcaldes de esas comunidades manifestaron su beneplácito ante lo actuado. Recordaron que la Corte de Constitucionalidad sentenció recientemente que el proceso y los procedimientos que permitieron decretar el salario diferenciado son constitucionales, adicionalmente sentenció sin lugar todos los alegatos interpuestos por diversos sectores a título personal y grupal.

En dicha sentencia se señala que el monto de Q. 1,500.00 era inconstitucional porque dos salarios de ese monto no cubren, al menos, la canasta básica alimentaria que en noviembre el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) reportó en Q3,540.60 Así que la Corte de Constitucionalidad dio la pauta para establecer como vida digna que dos dos salarios mínimos que cubran el costo de dicha canasta.

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En vista que el salario diferenciado se decretó para el año 2015, los alcaldes consideran que era necesario y urgente resolver dentro de este año todas las objeciones señaladas al respecto. Por esa razón y al amparo de que la Corte de Constitucionalidad señaló los parámetros de vida digna, dichos alcaldes le solicitaron al presidente de la República que el monto del salario diferenciado fuera superior a Q. 1,700.00 mensuales para que con el bono incentivo incluido alcance los Q. 1,950.00.

Sin embargo, consideran que con la productividad propia de la manufactura ligera en poco tiempo los trabajadores de esos municipios estarán teniendo ingresos superiores a dicho monto.

Los alcaldes informan que esta decisión se tomó por propuesta de las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos, integradas por solicitud de los COCODES y COMUDES, en el ejercicio de la autonomía municipal, después de seguir el proceso contemplado en la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, la Política de Descentralización del Organismo Ejecutivo, el Código Municipal, el Código de Trabajo y en la Constitución Política de la República.

De esa cuenta, agradecen al presidente Alejandro Maldonado haber accedido a su solicitud porque así se otorga a sus comunidades el derecho y la esperanza de tener una vida digna.

El salario mínimo diferenciado es exclusivo para los cuatro municipios mencionados y serán aplicados en la industria de manufactura ligera para exportación, la que mediante productividad permite multiplicar los salarios base.

En la actualidad industrias de manufactura ligera no existen en estas comunidades. Al establecer estos salarios diferencias esperan poder atraerlas para crear nuevas fuentes de trabajo formal y ofrecer a los habitantes la oportunidad de triplicar de inmediato sus ingresos actuales, que en promedio son de Q600.00 mensuales, provenientes de algunos jornales y del comercio informal.

Los alcaldes hacen hincapié en que ni en estos municipios ni en el resto del país a ningún trabajador se le reducirá su salario actual. Los salarios mínimos para las otras actividades económicas están vigentes en todo el país.

Alcaldes agradecen vigencia del salario mínimo diferenciado

Redacción República
31 de diciembre, 2015

Luego de que este día salieran publicados en el Diario de Centroamérica los Acuerdos Gubernativos del 304 al 307 del 2015, firmados por presidente Alejandro Maldonado Aguirre y el viceministro de Trabajo, Rolando Figueroa Pérez se hicieron oficiales los salarios mínimos diferenciados en los municipios de Masagua, Escuintla; Estanzuela, Zacapa; Guastatoya y San Agustín Acasaguastlán, El Progreso.

De esa cuenta, los alcaldes de esas comunidades manifestaron su beneplácito ante lo actuado. Recordaron que la Corte de Constitucionalidad sentenció recientemente que el proceso y los procedimientos que permitieron decretar el salario diferenciado son constitucionales, adicionalmente sentenció sin lugar todos los alegatos interpuestos por diversos sectores a título personal y grupal.

En dicha sentencia se señala que el monto de Q. 1,500.00 era inconstitucional porque dos salarios de ese monto no cubren, al menos, la canasta básica alimentaria que en noviembre el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) reportó en Q3,540.60 Así que la Corte de Constitucionalidad dio la pauta para establecer como vida digna que dos dos salarios mínimos que cubran el costo de dicha canasta.

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En vista que el salario diferenciado se decretó para el año 2015, los alcaldes consideran que era necesario y urgente resolver dentro de este año todas las objeciones señaladas al respecto. Por esa razón y al amparo de que la Corte de Constitucionalidad señaló los parámetros de vida digna, dichos alcaldes le solicitaron al presidente de la República que el monto del salario diferenciado fuera superior a Q. 1,700.00 mensuales para que con el bono incentivo incluido alcance los Q. 1,950.00.

Sin embargo, consideran que con la productividad propia de la manufactura ligera en poco tiempo los trabajadores de esos municipios estarán teniendo ingresos superiores a dicho monto.

Los alcaldes informan que esta decisión se tomó por propuesta de las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos, integradas por solicitud de los COCODES y COMUDES, en el ejercicio de la autonomía municipal, después de seguir el proceso contemplado en la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, la Política de Descentralización del Organismo Ejecutivo, el Código Municipal, el Código de Trabajo y en la Constitución Política de la República.

De esa cuenta, agradecen al presidente Alejandro Maldonado haber accedido a su solicitud porque así se otorga a sus comunidades el derecho y la esperanza de tener una vida digna.

El salario mínimo diferenciado es exclusivo para los cuatro municipios mencionados y serán aplicados en la industria de manufactura ligera para exportación, la que mediante productividad permite multiplicar los salarios base.

En la actualidad industrias de manufactura ligera no existen en estas comunidades. Al establecer estos salarios diferencias esperan poder atraerlas para crear nuevas fuentes de trabajo formal y ofrecer a los habitantes la oportunidad de triplicar de inmediato sus ingresos actuales, que en promedio son de Q600.00 mensuales, provenientes de algunos jornales y del comercio informal.

Los alcaldes hacen hincapié en que ni en estos municipios ni en el resto del país a ningún trabajador se le reducirá su salario actual. Los salarios mínimos para las otras actividades económicas están vigentes en todo el país.