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Declaran inconstitucional Ley de telecomunicaciones móviles

Eder Juarez
16 de marzo, 2016

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró en forma unánime inconstitucional la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura de Transmisión de Datos.

La CC restableció el poder a los alcaldes y proteger la propiedad privada y comunal de los pueblos indígenas, tras anular el decreto 12-2014 aprobado por el Congreso de la República. La Ley recibió alrededor de 15 impugnaciones por comunidades indígenas, asociaciones evangélicas, municipalidades, empresas de telefonía móvil de Guatemala y la Cámara de la Industria, quienes aducían violaciones a la igualdad, a la propiedad privada y comunal, así como a la autonomía municipal.

Según la sentencia emitida por la CC la Ley no fue aprobada por mayoría calificada, sino por mayoría simple por los dos partidos que dominaban el Congreso en ese entonces Partido Patriota y Líder, de acuerdo con el fallo se indica que los artículos 1 al 10 se aprobaron con 97 votos; mientras, que los artículos del 11 al 17 fueron aprobados con 93; considerandos, por tantos y el nombre de la ley fueron con 102 votos, pese a que se requerían 105.

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Además, refiere que la redacción final del proyecto de ley fue aprobada con 96 votos y por consecuencia las normas relacionadas a la autonomía municipal no fueron aprobadas conforme lo requiere el artículo 134 de la Constitución el cual establece que para crear entidades autónomas y descentralizadas es necesario el voto de las dos terceras partes del Congreso.

Declaran inconstitucional Ley de telecomunicaciones móviles

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16 de marzo, 2016

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró en forma unánime inconstitucional la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura de Transmisión de Datos.

La CC restableció el poder a los alcaldes y proteger la propiedad privada y comunal de los pueblos indígenas, tras anular el decreto 12-2014 aprobado por el Congreso de la República. La Ley recibió alrededor de 15 impugnaciones por comunidades indígenas, asociaciones evangélicas, municipalidades, empresas de telefonía móvil de Guatemala y la Cámara de la Industria, quienes aducían violaciones a la igualdad, a la propiedad privada y comunal, así como a la autonomía municipal.

Según la sentencia emitida por la CC la Ley no fue aprobada por mayoría calificada, sino por mayoría simple por los dos partidos que dominaban el Congreso en ese entonces Partido Patriota y Líder, de acuerdo con el fallo se indica que los artículos 1 al 10 se aprobaron con 97 votos; mientras, que los artículos del 11 al 17 fueron aprobados con 93; considerandos, por tantos y el nombre de la ley fueron con 102 votos, pese a que se requerían 105.

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Además, refiere que la redacción final del proyecto de ley fue aprobada con 96 votos y por consecuencia las normas relacionadas a la autonomía municipal no fueron aprobadas conforme lo requiere el artículo 134 de la Constitución el cual establece que para crear entidades autónomas y descentralizadas es necesario el voto de las dos terceras partes del Congreso.