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Max Quirin: Historia de una infamia

Redacción República
19 de febrero, 2017

Por Danilo Parrinello

Exigimos a los operadores de justicia conductas que no violen la ley.

La indignante historia de Max Erwin Quirin Schoder, solo puedo criticarla como la de una infamia que llora sangre y que la ley del Karma alcanzará a quienes con maldad han humillado y violado la dignidad de un hombre honrado que ha servido a su patria.

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Max Quirin es de origen Alemán y sus antepasados, hace más de un siglo, se asentaron en Alta Verapaz donde iniciaron el cultivo y exportación de café. Él ha continuado con éxito el negocio familiar, procreó tres hijos que por esta infamia se han visto obligados a estudiar y trabajar fuera de su patria. Que vileza, obligar a desintegrar a una familia, por aberraciones judiciales que se han ensañado en Max y que urge corregir.

Quien no sepa de lo que escribo lo pondré al tanto. La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) se integra de la siguiente forma: Un propietario y un suplente nombrados por el Presidente de la República; otros por la Junta Monetaria; por el Colegio de Médicos y Cirujanos; por el Consejo Superior de la Usac; por las Asociaciones Patronales conforme a la ley (CACIF); y por, los Sindicatos de trabajadores. En el sector privado no es fácil encontrar quien acepte por las obligaciones de familia y empresariales que atender, y a eso agregar la responsabilidad de pertenecer a esa Junta. No sobran candidatos, hay que convencer a quien tenga antecedentes y credenciales que lo califiquen para el cargo. Dado el currículo de Max y su vocación de servicio aceptó ser representante en el IGSS.

Max entre otras cosas ha manejado negocios familiares, pertenecido a la Junta Directa de Anacafé, llegando a ser Presidente de la misma, Representante del CACIF ante la Junta Monetaria del Banguat, así como del Comité Ejecutivo del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom). Ha representado al gremio cafetalero en infinidad de entidades internacionales.

La Infamia: el 20 de mayo de 2015, fue capturado habiéndole dictado auto de procesamiento por el delito de Fraude en la Administración Pública y se dictó auto de prisión preventiva. Se le reprocha: 1. Nombrar una Junta de Licitación sin que esta tuviera la idoneidad correspondiente, lo cual conforme a la Ley de Contrataciones del Estado no es de su competencia. 2. Aprobar lo actuado por la Junta de Licitación sin advertir que esta no determinó la capacidad técnica de la entidad oferente, lo que no es facultad de la Junta Directiva. 3. Que autorizó el contrato, lo cual es una obligación con el único requisito que exista la fianza de cumplimiento.

A pesar de llenar los requisitos para que se le otorgara una medida sustitutiva, infamemente se le negó. Se apeló ante la Sala Tercera de la Corte de apelaciones del Ramo Penal y sin razonamiento alguno se negó la apelación. Una vez dictado el auto de procesamiento la investigación debe durar un máximo de tres meses según el Código Procesal Penal; en este caso lleva ya más de un año. Todos los términos, los plazos se incumplen con total desfachatez. Es largo de enunciar la serie de infamias que se cometen con total impunidad. Culpa de la CICIG, el MP y el PDH. (Continuará…)

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Max Quirin: Historia de una infamia

Redacción República
19 de febrero, 2017

Por Danilo Parrinello

Exigimos a los operadores de justicia conductas que no violen la ley.

La indignante historia de Max Erwin Quirin Schoder, solo puedo criticarla como la de una infamia que llora sangre y que la ley del Karma alcanzará a quienes con maldad han humillado y violado la dignidad de un hombre honrado que ha servido a su patria.

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Max Quirin es de origen Alemán y sus antepasados, hace más de un siglo, se asentaron en Alta Verapaz donde iniciaron el cultivo y exportación de café. Él ha continuado con éxito el negocio familiar, procreó tres hijos que por esta infamia se han visto obligados a estudiar y trabajar fuera de su patria. Que vileza, obligar a desintegrar a una familia, por aberraciones judiciales que se han ensañado en Max y que urge corregir.

Quien no sepa de lo que escribo lo pondré al tanto. La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) se integra de la siguiente forma: Un propietario y un suplente nombrados por el Presidente de la República; otros por la Junta Monetaria; por el Colegio de Médicos y Cirujanos; por el Consejo Superior de la Usac; por las Asociaciones Patronales conforme a la ley (CACIF); y por, los Sindicatos de trabajadores. En el sector privado no es fácil encontrar quien acepte por las obligaciones de familia y empresariales que atender, y a eso agregar la responsabilidad de pertenecer a esa Junta. No sobran candidatos, hay que convencer a quien tenga antecedentes y credenciales que lo califiquen para el cargo. Dado el currículo de Max y su vocación de servicio aceptó ser representante en el IGSS.

Max entre otras cosas ha manejado negocios familiares, pertenecido a la Junta Directa de Anacafé, llegando a ser Presidente de la misma, Representante del CACIF ante la Junta Monetaria del Banguat, así como del Comité Ejecutivo del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom). Ha representado al gremio cafetalero en infinidad de entidades internacionales.

La Infamia: el 20 de mayo de 2015, fue capturado habiéndole dictado auto de procesamiento por el delito de Fraude en la Administración Pública y se dictó auto de prisión preventiva. Se le reprocha: 1. Nombrar una Junta de Licitación sin que esta tuviera la idoneidad correspondiente, lo cual conforme a la Ley de Contrataciones del Estado no es de su competencia. 2. Aprobar lo actuado por la Junta de Licitación sin advertir que esta no determinó la capacidad técnica de la entidad oferente, lo que no es facultad de la Junta Directiva. 3. Que autorizó el contrato, lo cual es una obligación con el único requisito que exista la fianza de cumplimiento.

A pesar de llenar los requisitos para que se le otorgara una medida sustitutiva, infamemente se le negó. Se apeló ante la Sala Tercera de la Corte de apelaciones del Ramo Penal y sin razonamiento alguno se negó la apelación. Una vez dictado el auto de procesamiento la investigación debe durar un máximo de tres meses según el Código Procesal Penal; en este caso lleva ya más de un año. Todos los términos, los plazos se incumplen con total desfachatez. Es largo de enunciar la serie de infamias que se cometen con total impunidad. Culpa de la CICIG, el MP y el PDH. (Continuará…)

República es ajena a la opinión expresada en este artículo