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Resolución 550: ¿a qué se debe?

Diana Brown
27 de febrero, 2017

“Durante los primeros 18 meses de vida, los niños, antes que el lenguaje; construyen tiempo, espacio, objeto y permanencia.”                                                                                                  Jean Piaget

La educación inicial y preprimaria es el sostén del aprendizaje de toda persona; las destrezas desarrolladas desde la primera edad  afianzan el éxito no solo en el ámbito del aprendizaje, también en la vida personal y profesional. Los sistemas educativos del mundo reconocen su vital importancia y así en los países de mayor renombre académico, las dos etapas iniciales cobren una relevancia inamovible.

La legislación guatemalteca asegura esta etapa en la educación de cada ciudadano; la Constitución Política de la Republica de Guatemala (CPRG)  establece en el Articulo 74 que “Los habitantes tienen el derecho y obligación de recibir la educación inicial, preprimaria y básica…” ; Articulo 43 de la Ley de Educación Nacional 12-91, “ Se considera Educación Inicial, la que comienza desde la concepción del niño hasta los cuatro años de edad; procurando su desarrollo integral y apoyando a la familia para su plena formación.”  Los alumnos que viven la experiencia de la educación inicial gozan de mayor autoestima, las competencias de análisis, discernimiento, pensamiento critico; demuestran liderazgo,  respeto a los pares, aceptación al error y deseos de continuación del esfuerzo.

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La experta en el desarrollo del niño, Mabel Condemarín, en su texto obligado para todo docente de la primera edad, “Madurez escolar”,  comenta en el capitulo dos sobre “Factores que intervienen en la madurez escolar”  , siendo uno de ellos, la edad. Comenta puntualmente ” La edad en que los niños están maduros para iniciar el aprendizaje escolar es un factor de mucha controversia, ya que la mayoría de los sistemas escolares ponen la edad cronológica como requisito de ingreso y otros adoptan el criterio de edad mental. … la edad cronológica constituiría uno de los aspectos menos significativos en la madurez escolar y la mayor parte de los investigadores parecería estar de acuerdo con que la edad mental está más relacionada al éxito en las tareas de aprendizaje que la edad cronológica.” Estas aseveraciones, aunadas a las observaciones de Jean Piaget, que en su propuesta metodológica comparte los conceptos sobre las operaciones  intelectuales en dos tipos de pensamiento, concreto y formal  y que amplían la posibilidad de conocimiento mediado por el sentido temporal. La adquisición del conocimiento es circular: la asimilación, que se refiere al ingreso del conocimiento por distintos rutas; la acomodación, la aprehensión del conocimiento como propio: y el equilibrio que afianza el aprendizaje para así reiniciar el proceso de manera constante.

La adquisición del aprendizaje es individual de cada persona. Depende del entorno familiar y de la comunidad,  influyen los estilos de aprendizaje, las multiinteligencias  y la inteligencia emocional.  La estimulación oportuna, en el preciso momento, ni antes (temprana) ni después (tardía) asegura el desarrollo de las destrezas ya mencionadas para así asegura el éxito personal.

En el sistema educativo nacional, un estudiante que cursa educación preprimaria no puede reprobar ningún grado. Automáticamente, por edad, se promueve al siguiente grado superior, aunque no haya alcanzado las destrezas. Cuando se ingresa por primera vez al sistema educativo  nacional, se le asigna un código, una especie de CUI, el cual lo identificará en el sistema oficial del Ministerio de Educación,  Sistema de Registros Educativos, SIRE (https://sire.mineduc.gob.gt/SREW/) durante toda su vida escolar. A su ingreso, por la edad que tenga, el SIRE lo ubica en un grado, indistintamente si ha logrado el perfeccionamiento de las destrezas para poderlo cursar; y por temporalidad en preprimaria, año con año,  se promueve automáticamente. Además NO es vinculante el haber cursado ningún grado de párvulos para ingresar a Primer Grado de Primaria. Esa falta de vinculación  crea una desigualdad de oportunidad para los estudiantes que no lo hayan cursado: y es una etapa obligada por la CPRG.

El día 20 de febrero del año en curso, el Ministerio de Educación circuló la Resolución No. 550, en la cual  resuelve:  “Como caso no previsto y excepcional, se autoriza a los estudiantes que fueron inscritos en el ciclo escolar 2016 en el Nivel de Educación Preprimaria, y cursaron la etapa de seis años, promover automáticamente a primer grado del Nivel Primario, aunque no cuenten con la edad mínima establecida en el Acuerdo Ministerial número 1171-2012; II) Los estudiantes que fueron inscritos, en el ciclo 2016, en las etapas de 4 años y cinco años y no cuentan con la edad mínima que establece el Acuerdo Ministerial número 1171-2010, podrán ser promovidos automáticamente a lateada inmediata superior. Notifíquese .”  Esta resolución permite que aunque no tengan la madurez suficiente ni las destrezas perfeccionadas, los estudiantes de preprimaria pueden optar a ingresar a un grado superior.

Esta decisión deja muchas inquietudes: ¿Porqué en este momento y a estos grupos? ¿Por qué es un caso excepcional? ¿Y que es ese caso excepcional? ¿Se continuará con esta modalidad de adelantar a los estudiantes sin considerar su madurez física y mental, solo por la edad? ¿Qué pasa con los alumnos que nunca han cursado los grados de preprimaria, y llegan al aula con seis años y a primer grado sin el desarrollo necesario ?  Los padres de familia ya están exigiendo que se adelanten a sus hijos, sin tomar en consideración la posible frustración que causara si no están maduros. ¿Qué pasa con la “calidad educativa” , si  la base no está afianzada? ¿Y qué resultados habrá dentro de catorce años cuando estos alumnos opten al examen de graduandos sin la preparación debida? Pues las bases que nos comenta Piaget, del pensamiento critico, el discernimiento, etc., se fortalecen en la preprimaria.

Preocupa el futuro.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Resolución 550: ¿a qué se debe?

Diana Brown
27 de febrero, 2017

“Durante los primeros 18 meses de vida, los niños, antes que el lenguaje; construyen tiempo, espacio, objeto y permanencia.”                                                                                                  Jean Piaget

La educación inicial y preprimaria es el sostén del aprendizaje de toda persona; las destrezas desarrolladas desde la primera edad  afianzan el éxito no solo en el ámbito del aprendizaje, también en la vida personal y profesional. Los sistemas educativos del mundo reconocen su vital importancia y así en los países de mayor renombre académico, las dos etapas iniciales cobren una relevancia inamovible.

La legislación guatemalteca asegura esta etapa en la educación de cada ciudadano; la Constitución Política de la Republica de Guatemala (CPRG)  establece en el Articulo 74 que “Los habitantes tienen el derecho y obligación de recibir la educación inicial, preprimaria y básica…” ; Articulo 43 de la Ley de Educación Nacional 12-91, “ Se considera Educación Inicial, la que comienza desde la concepción del niño hasta los cuatro años de edad; procurando su desarrollo integral y apoyando a la familia para su plena formación.”  Los alumnos que viven la experiencia de la educación inicial gozan de mayor autoestima, las competencias de análisis, discernimiento, pensamiento critico; demuestran liderazgo,  respeto a los pares, aceptación al error y deseos de continuación del esfuerzo.

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La experta en el desarrollo del niño, Mabel Condemarín, en su texto obligado para todo docente de la primera edad, “Madurez escolar”,  comenta en el capitulo dos sobre “Factores que intervienen en la madurez escolar”  , siendo uno de ellos, la edad. Comenta puntualmente ” La edad en que los niños están maduros para iniciar el aprendizaje escolar es un factor de mucha controversia, ya que la mayoría de los sistemas escolares ponen la edad cronológica como requisito de ingreso y otros adoptan el criterio de edad mental. … la edad cronológica constituiría uno de los aspectos menos significativos en la madurez escolar y la mayor parte de los investigadores parecería estar de acuerdo con que la edad mental está más relacionada al éxito en las tareas de aprendizaje que la edad cronológica.” Estas aseveraciones, aunadas a las observaciones de Jean Piaget, que en su propuesta metodológica comparte los conceptos sobre las operaciones  intelectuales en dos tipos de pensamiento, concreto y formal  y que amplían la posibilidad de conocimiento mediado por el sentido temporal. La adquisición del conocimiento es circular: la asimilación, que se refiere al ingreso del conocimiento por distintos rutas; la acomodación, la aprehensión del conocimiento como propio: y el equilibrio que afianza el aprendizaje para así reiniciar el proceso de manera constante.

La adquisición del aprendizaje es individual de cada persona. Depende del entorno familiar y de la comunidad,  influyen los estilos de aprendizaje, las multiinteligencias  y la inteligencia emocional.  La estimulación oportuna, en el preciso momento, ni antes (temprana) ni después (tardía) asegura el desarrollo de las destrezas ya mencionadas para así asegura el éxito personal.

En el sistema educativo nacional, un estudiante que cursa educación preprimaria no puede reprobar ningún grado. Automáticamente, por edad, se promueve al siguiente grado superior, aunque no haya alcanzado las destrezas. Cuando se ingresa por primera vez al sistema educativo  nacional, se le asigna un código, una especie de CUI, el cual lo identificará en el sistema oficial del Ministerio de Educación,  Sistema de Registros Educativos, SIRE (https://sire.mineduc.gob.gt/SREW/) durante toda su vida escolar. A su ingreso, por la edad que tenga, el SIRE lo ubica en un grado, indistintamente si ha logrado el perfeccionamiento de las destrezas para poderlo cursar; y por temporalidad en preprimaria, año con año,  se promueve automáticamente. Además NO es vinculante el haber cursado ningún grado de párvulos para ingresar a Primer Grado de Primaria. Esa falta de vinculación  crea una desigualdad de oportunidad para los estudiantes que no lo hayan cursado: y es una etapa obligada por la CPRG.

El día 20 de febrero del año en curso, el Ministerio de Educación circuló la Resolución No. 550, en la cual  resuelve:  “Como caso no previsto y excepcional, se autoriza a los estudiantes que fueron inscritos en el ciclo escolar 2016 en el Nivel de Educación Preprimaria, y cursaron la etapa de seis años, promover automáticamente a primer grado del Nivel Primario, aunque no cuenten con la edad mínima establecida en el Acuerdo Ministerial número 1171-2012; II) Los estudiantes que fueron inscritos, en el ciclo 2016, en las etapas de 4 años y cinco años y no cuentan con la edad mínima que establece el Acuerdo Ministerial número 1171-2010, podrán ser promovidos automáticamente a lateada inmediata superior. Notifíquese .”  Esta resolución permite que aunque no tengan la madurez suficiente ni las destrezas perfeccionadas, los estudiantes de preprimaria pueden optar a ingresar a un grado superior.

Esta decisión deja muchas inquietudes: ¿Porqué en este momento y a estos grupos? ¿Por qué es un caso excepcional? ¿Y que es ese caso excepcional? ¿Se continuará con esta modalidad de adelantar a los estudiantes sin considerar su madurez física y mental, solo por la edad? ¿Qué pasa con los alumnos que nunca han cursado los grados de preprimaria, y llegan al aula con seis años y a primer grado sin el desarrollo necesario ?  Los padres de familia ya están exigiendo que se adelanten a sus hijos, sin tomar en consideración la posible frustración que causara si no están maduros. ¿Qué pasa con la “calidad educativa” , si  la base no está afianzada? ¿Y qué resultados habrá dentro de catorce años cuando estos alumnos opten al examen de graduandos sin la preparación debida? Pues las bases que nos comenta Piaget, del pensamiento critico, el discernimiento, etc., se fortalecen en la preprimaria.

Preocupa el futuro.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo