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Ley que restringue la velocidad de buses a 80 km por entrar en vigencia

Redacción República
05 de julio, 2017

Hoy se publicó en el diario oficial el decreto 11-2017 “Reformas a la ley para el fortalecimiento de la seguridad vial” que modifica una serie de normas y establece drásticas regulaciones para el transporte público de pasajeros y pesado.

Entre las principales normativas contempla la obligatoriedad de los propietarios de transporte a efectuar una modificación mecánica en la bomba de inyección de los automotores para que no puedan circular a más de 80 kilómetros por hora.

La medida, que entrará en vigencia el jueves 13 de julio (Ocho días después de su publicación oficial) establece un plazo de seis meses para que los dueños del transporte acaten la disposición.

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Más regulaciones

  1. Los autobuses no podrán circular a más de 80 kilómetros por hora, controlados por modificaciones realizadas a la bomba de inyección del motor.
  2.  Los pilotos que conduzcan bajo efectos de licor serán suspendidos de uno a dos años y multas de Q5 mil  a Q25 mil.
  3. Los autobuses deberán adquirir seguros de vida y  de gastos funerarios para los usuarios.
  4. La sanción es de dos a cuatro años y multas de Q10 mil a Q25 mil para los pilotos de transporte colectivo.
  5. Se Modifican las penas de homicidio culposo, de dos a cinco años de cárcel, y de lesiones culposas, de tres meses a dos años.
  6. El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), Dirección de Protección Vial (Provial) y las policías municipales de Tránsito (PMT) deberán establecer revisiones de las unidades cada seis meses.

Ley que restringue la velocidad de buses a 80 km por entrar en vigencia

Redacción República
05 de julio, 2017

Hoy se publicó en el diario oficial el decreto 11-2017 “Reformas a la ley para el fortalecimiento de la seguridad vial” que modifica una serie de normas y establece drásticas regulaciones para el transporte público de pasajeros y pesado.

Entre las principales normativas contempla la obligatoriedad de los propietarios de transporte a efectuar una modificación mecánica en la bomba de inyección de los automotores para que no puedan circular a más de 80 kilómetros por hora.

La medida, que entrará en vigencia el jueves 13 de julio (Ocho días después de su publicación oficial) establece un plazo de seis meses para que los dueños del transporte acaten la disposición.

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  2.  Los pilotos que conduzcan bajo efectos de licor serán suspendidos de uno a dos años y multas de Q5 mil  a Q25 mil.
  3. Los autobuses deberán adquirir seguros de vida y  de gastos funerarios para los usuarios.
  4. La sanción es de dos a cuatro años y multas de Q10 mil a Q25 mil para los pilotos de transporte colectivo.
  5. Se Modifican las penas de homicidio culposo, de dos a cinco años de cárcel, y de lesiones culposas, de tres meses a dos años.
  6. El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), Dirección de Protección Vial (Provial) y las policías municipales de Tránsito (PMT) deberán establecer revisiones de las unidades cada seis meses.