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¿Qué es un estado de calamidad y por qué el gobierno lo declaró?

Calamidad
Redacción República
18 de julio, 2017

El estado de Calamidad Pública es la tercer situación especial contemplada en artículo 15 de la ley de orden público, la cual es ordenada por el Presidente de la República y cuya función principal es evitar los daños posibles a la ciudadanía cuando el país es azotado por situaciones tales como terremoto, inundaciones, deslaves, huracanes, lluvias y cualquier otro fenómeno natural o situación de emergencia.

  • En este caso, fue declarado por el estado de las carreteras a nivel nacional, que según el gobierno se encuentran en un abandono histórico nunca antes visto.
  • Las medidas que contempla la medida son: centralizar en la entidad o dependencia que se señale en el decreto todos los servicios públicos estatales o privados que la circunstancia requiera.
  • En este caso será el ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) la instancia en donde se concentrarán todos los recursos del Estado.
  • Prohíbe las concentraciones de personas en áreas que estén en riesgo; prohíbe o suspende espectáculos públicos o reuniones privadas donde haya áreas de riesgo.
  • Puede establecer precios tope a artículos de primera necesidad para evitar que malos guatemaltecos lucren con la necesidad; puede ordenar la evacuación de habitantes de áreas afectadas o en riesgo.
  • Establece mecanismos para que el gobierno y las instituciones involucradas, puedan excusarse de utilizar la ley de compras y contrataciones del Estado para adquirir insumos, rentar maquinaria y contratar cualquier otro producto o servicio. Esto para agilizar la adquisición de productos y servicios necesarios para cubrir la emergencia.

Esto último genera una serie de dudas, pues da vía libre para que funcionarios compren y utilicen recursos discrecionalmente, evitando los mecanismos burocráticos y de transparencia existentes.

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El estado de Calamidad Pública es la tercer situación especial contemplada en artículo 15 de la ley de orden público, la cual es ordenada por el Presidente de la República y cuya función principal es evitar los daños posibles a la ciudadanía cuando el país es azotado por situaciones tales como terremoto, inundaciones, deslaves, huracanes, lluvias y cualquier otro fenómeno natural o situación de emergencia.

  • En este caso, fue declarado por el estado de las carreteras a nivel nacional, que según el gobierno se encuentran en un abandono histórico nunca antes visto.
  • Las medidas que contempla la medida son: centralizar en la entidad o dependencia que se señale en el decreto todos los servicios públicos estatales o privados que la circunstancia requiera.
  • En este caso será el ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) la instancia en donde se concentrarán todos los recursos del Estado.
  • Prohíbe las concentraciones de personas en áreas que estén en riesgo; prohíbe o suspende espectáculos públicos o reuniones privadas donde haya áreas de riesgo.
  • Puede establecer precios tope a artículos de primera necesidad para evitar que malos guatemaltecos lucren con la necesidad; puede ordenar la evacuación de habitantes de áreas afectadas o en riesgo.
  • Establece mecanismos para que el gobierno y las instituciones involucradas, puedan excusarse de utilizar la ley de compras y contrataciones del Estado para adquirir insumos, rentar maquinaria y contratar cualquier otro producto o servicio. Esto para agilizar la adquisición de productos y servicios necesarios para cubrir la emergencia.

Esto último genera una serie de dudas, pues da vía libre para que funcionarios compren y utilicen recursos discrecionalmente, evitando los mecanismos burocráticos y de transparencia existentes.

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