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Emixtra ¿entidad o empresa?

Redacción
04 de agosto, 2017

El Concejo municipal de la Municipalidad de Mixco autorizó el uso de máquinas de punto de venta denominadas POS las cuales instaló en múltiples puestos de registro. Procesa tarjetas de crédito para pagar inmediatamente la multa, que, usando publicidad del mundo empresarial, exonera el 50% de la multa inmediatamente.

Es una transacción veloz, segura que utiliza cada vez menos una supervisión humana, actualiza los balancees de los negocios locales. Prefiere usar transacciones al por menor de manera eficiente.

Sin embargo, la máquina de punto de venta es llevada por un agente que se moviliza y aleatoriamente está o no presente. Al no estarlo remiten al infractor a las oficinas de la Entidad reguladora del transporte mixqueño donde funciona un banco del sistema cuyo un poderoso accionista es el Estado. Aun ahí el infractor debe hacer cola de horas mientras llega el agente que tiene el POS y puede mientras dure la oferta ser exonerado de 50%. Sin embargo, si la persona no espera debe pagar la multa completa o un descuento del 25% si corresponde en los primeros cinco días.

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La cantidad de multas se potencializan. Múltiples veces la multa corresponde a una nimiedad y el agente coloca la multa y no accede a que el vecino pueda justificar fehacientemente el hecho. Por ejemplo, los operativos que se ubican en la 10 calle de la zona 4 de Mixco. Los agentes son inflexibles y otorgan la multa, pero pueden obligar al vecino a perder hasta tres horas de su tiempo buscando a un agente que haciendo mil diligencias no puede mantener la máquina de punto de venta en el operativo.

Es EMIXTRA una entidad o una empresa se debe cobrar a una persona que posee tarjeta de crédito bajo unos criterios y a otros con otros criterios y costos distintos para unos y otros. Los agentes totalmente desorganizados, descoordinados de las alcaldías auxiliares, haciendo uso de la coerción (amenaza de coacción) provocan una cantidad de acciones que en ningún caso benefician al vecino comprometido con su municipio ni como clientes sino ven al vecino como delincuentes y cada burócrata de la municipalidad mantienen una enorme discrecionalidad en sus decisiones.

Arbitrariamente NETO BRAN se cambió de partido político porque convenía a sus intereses, favoreció los grandes comercios y cierra arbitrariamente las calles por las construcciones que le favorecen, pero olvida al vecino cuya razón de ser lo llevó a la alcaldía.

Las multas impuestas en múltiples ocasiones son arbitrarias, no escuchan la voz del vecino y lo tratan como delincuente con tal de vivir una plutocracia en lugar de una democracia y de una verdadera humanización del vecino. Cierra calles por actividades religiosas, por desfiles hípicos y se comparta como un alcalde comunal y no como el alcalde de la metrópoli más compleja de Centroamérica.

Lamento que EMIXTRA use criterios de cobros de empresa y administración estatal y que la misma sea ineficiente, dañina al vecino y caótica en su funcionamiento-

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Emixtra ¿entidad o empresa?

Redacción
04 de agosto, 2017

El Concejo municipal de la Municipalidad de Mixco autorizó el uso de máquinas de punto de venta denominadas POS las cuales instaló en múltiples puestos de registro. Procesa tarjetas de crédito para pagar inmediatamente la multa, que, usando publicidad del mundo empresarial, exonera el 50% de la multa inmediatamente.

Es una transacción veloz, segura que utiliza cada vez menos una supervisión humana, actualiza los balancees de los negocios locales. Prefiere usar transacciones al por menor de manera eficiente.

Sin embargo, la máquina de punto de venta es llevada por un agente que se moviliza y aleatoriamente está o no presente. Al no estarlo remiten al infractor a las oficinas de la Entidad reguladora del transporte mixqueño donde funciona un banco del sistema cuyo un poderoso accionista es el Estado. Aun ahí el infractor debe hacer cola de horas mientras llega el agente que tiene el POS y puede mientras dure la oferta ser exonerado de 50%. Sin embargo, si la persona no espera debe pagar la multa completa o un descuento del 25% si corresponde en los primeros cinco días.

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La cantidad de multas se potencializan. Múltiples veces la multa corresponde a una nimiedad y el agente coloca la multa y no accede a que el vecino pueda justificar fehacientemente el hecho. Por ejemplo, los operativos que se ubican en la 10 calle de la zona 4 de Mixco. Los agentes son inflexibles y otorgan la multa, pero pueden obligar al vecino a perder hasta tres horas de su tiempo buscando a un agente que haciendo mil diligencias no puede mantener la máquina de punto de venta en el operativo.

Es EMIXTRA una entidad o una empresa se debe cobrar a una persona que posee tarjeta de crédito bajo unos criterios y a otros con otros criterios y costos distintos para unos y otros. Los agentes totalmente desorganizados, descoordinados de las alcaldías auxiliares, haciendo uso de la coerción (amenaza de coacción) provocan una cantidad de acciones que en ningún caso benefician al vecino comprometido con su municipio ni como clientes sino ven al vecino como delincuentes y cada burócrata de la municipalidad mantienen una enorme discrecionalidad en sus decisiones.

Arbitrariamente NETO BRAN se cambió de partido político porque convenía a sus intereses, favoreció los grandes comercios y cierra arbitrariamente las calles por las construcciones que le favorecen, pero olvida al vecino cuya razón de ser lo llevó a la alcaldía.

Las multas impuestas en múltiples ocasiones son arbitrarias, no escuchan la voz del vecino y lo tratan como delincuente con tal de vivir una plutocracia en lugar de una democracia y de una verdadera humanización del vecino. Cierra calles por actividades religiosas, por desfiles hípicos y se comparta como un alcalde comunal y no como el alcalde de la metrópoli más compleja de Centroamérica.

Lamento que EMIXTRA use criterios de cobros de empresa y administración estatal y que la misma sea ineficiente, dañina al vecino y caótica en su funcionamiento-

República es ajena a la opinión expresada en este artículo