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Cuando el rio suena

Diana Brown
12 de septiembre, 2017

En estos momentos de maremágnum político; vientos y mares revueltos por el cambio climático, la tierra en movimientos inesperados, largos y tenebrosos, la educación nacional se encuentra en momentos impensados, que afectan a la estructura del proceso de aprendizaje, y afectan a los cimientos del proceso educativo.

El veinte de febrero del año en curso, el Señor Ministro de Educación, Doctor Oscar Hugo López Rivas firmó la Resolución 550 que de acuerdo a la Introducción de los considerandos, se emite para “resolver la problemática de determinados Centros Educativos, con relación a la edad de ingreso a primer grado del nivel primario, y”. En seguido se citan las leyes pertinentes, la Constitución Política de la Republica de Guatemala , la Ley de Educación Nacional 12-91 y el Reglamento de Evaluación para los Aprendizajes, Acuerdo Ministerial 1171-2010, y en esencia la mencionada resolución, que ocupa el menor renglón de jerarquía legal como se observa de manera visual en el tomo de Legislación básica educativa del Licenciado Aníbal Arizmendy Martínez Escobar, decima séptima edición (2017), página cuatro. Esta normativa inferior ha despertado la observación de la no comprensión del proceso natural y evolutivo del aprendizaje, el cual se desarrolla de forma natural, con la estimulación oportuna, jamás temprana, para que la persona que esté en crecimiento en todos los sentidos de la palabra, no sufra de la frustración de lo poder cumplir con las tareas exigidas, por no haber dominado la competencia, siendo esa dominancia un proceso gradual de madurez, que involucra varios aspectos, físicos, afectivos, intelectuales, culturales, de familia y de la comunicad.

El experto por excelencia en el desarrollo cognitivo, es, aunque haya fallecido en 1908, Jean Piaget. El explica que el conocimiento y aprendizaje se adquiere en forma circular; se asimila, se forma un equilibro y se acomoda el aprendizaje, y en el estimulo adecuado y constante en el momento preciso, se continua el proceso así afianzando el aprendizaje, construyendo una edificación, con las bases firmemente enraizadas. De acuerdo a esta madurez, y en edades aproximados, existen cuatro etapas en este perfeccionamiento constante, que se acoplan con las competencias de comprensión que se fueran desarrollando, de acuerdo a la edad y de nuevo, los adecuados estímulos. Como los nombres indican, la etapa primera es la Sensoriomotriz, de cero a dos años; los estímulos se introducen por los sentidos y las competencias se van afianzado con la madurez adquirido tanto físico como intelectual, acompañados por el apego afectivo. Estos mismos estímulos ya son medibles; la neurociencia puede demostrar por medio de las pruebas diagnósticas de resonancia magnéticas el momento preciso de las conexiones neuronales; que no pueden ocurrirse antes de la madurez alcanzado. La etapa preoperacional, de dos a siete años: “Los seis primeros años de vida son fundamentales para el desarrollo del ser humano porque, en ellos, el niño configura sus habilidades psicomotoras, cognitivas, lingüísticas, emocionales y sociales. “Mónica Arrizabalaga, 1.3.17 ABC Sociedad

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¿A qué vienen las contemplaciones sobre pedagogos del siglo pasado? Las observaciones son válidas hasta hoy día. En estas se concluye que el ser humano, que desde que esta en el vientre materno, esta en el proceso de aprendizaje. Cualquier ser humano, no puede desarrollar una competencia si no tiene la base sobre la cual construirla. Se ha entonces, el constructivismo, que se visualiza fácilmente con la figura de un andamiaje, estructura creada por otro pedagogo insigne, Bruner, basándose en los conceptos de Vigotsky, todos ellos demostrando la lógica del aprendizaje.

Se regresa entonces a la propuesta ministerial; se pretende que los niños de seis años podrán optar a ingresar a primer grado. Es importante enfatizar que si la persona no tiene el apoyo en el desarrollo de sus competencias en el momento preciso, más adelante es un reto imposible de superar. Los niños, en los primeros seis años de vida, desarrollan procesos importantes para su desarrollo personal; la legislación nacional lo prevé, es constitucional la obligación de la educación inicial y preprimaria. La inicial, ni goza de estadísticas de su cobertura, o la falta de la misma.

Ingresar a un niño de seis años a primer grado puede condenarlo al fracaso. Es imperativo respetar el desarrollo individual de cada uno, y sobre todo, en los niveles inicial y preprimaria. Si a un niño, en un entorno favorecido, le puede costar cierto grado de preprimaria, con las bondades de la nutrición adecuada y el apego ideal, que se le puede pedir a los pequeños en el área rural? Y se les invita a que ingresen a primer grado sin haber gozado del desarrollo de sus competencias en niveles iniciales?

La CPRG es sabia; obligatoria la educación inicial y preprimaria. Falta un paso de gran peso: debe ser vinculante la educación preprimaria: inapelable cursar Preprimaria para ingresar a Primer grado. Con docentes de alta calidad, y la continuidad en el curso de aprendizaje, en una generación se observarán los cambios.

Se insta la asignación presupuestaria a este renglón; y el cambio de procedimientos a la obligatoriedad de cursar preprimaria antes del ingreso a Primaria. La niñez guatemalteca merece la oportunidad que cada uno exija; los futuros ciudadanos gozarán de competencias adquiridas como ningún otro anterior.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Cuando el rio suena

Diana Brown
12 de septiembre, 2017

En estos momentos de maremágnum político; vientos y mares revueltos por el cambio climático, la tierra en movimientos inesperados, largos y tenebrosos, la educación nacional se encuentra en momentos impensados, que afectan a la estructura del proceso de aprendizaje, y afectan a los cimientos del proceso educativo.

El veinte de febrero del año en curso, el Señor Ministro de Educación, Doctor Oscar Hugo López Rivas firmó la Resolución 550 que de acuerdo a la Introducción de los considerandos, se emite para “resolver la problemática de determinados Centros Educativos, con relación a la edad de ingreso a primer grado del nivel primario, y”. En seguido se citan las leyes pertinentes, la Constitución Política de la Republica de Guatemala , la Ley de Educación Nacional 12-91 y el Reglamento de Evaluación para los Aprendizajes, Acuerdo Ministerial 1171-2010, y en esencia la mencionada resolución, que ocupa el menor renglón de jerarquía legal como se observa de manera visual en el tomo de Legislación básica educativa del Licenciado Aníbal Arizmendy Martínez Escobar, decima séptima edición (2017), página cuatro. Esta normativa inferior ha despertado la observación de la no comprensión del proceso natural y evolutivo del aprendizaje, el cual se desarrolla de forma natural, con la estimulación oportuna, jamás temprana, para que la persona que esté en crecimiento en todos los sentidos de la palabra, no sufra de la frustración de lo poder cumplir con las tareas exigidas, por no haber dominado la competencia, siendo esa dominancia un proceso gradual de madurez, que involucra varios aspectos, físicos, afectivos, intelectuales, culturales, de familia y de la comunicad.

El experto por excelencia en el desarrollo cognitivo, es, aunque haya fallecido en 1908, Jean Piaget. El explica que el conocimiento y aprendizaje se adquiere en forma circular; se asimila, se forma un equilibro y se acomoda el aprendizaje, y en el estimulo adecuado y constante en el momento preciso, se continua el proceso así afianzando el aprendizaje, construyendo una edificación, con las bases firmemente enraizadas. De acuerdo a esta madurez, y en edades aproximados, existen cuatro etapas en este perfeccionamiento constante, que se acoplan con las competencias de comprensión que se fueran desarrollando, de acuerdo a la edad y de nuevo, los adecuados estímulos. Como los nombres indican, la etapa primera es la Sensoriomotriz, de cero a dos años; los estímulos se introducen por los sentidos y las competencias se van afianzado con la madurez adquirido tanto físico como intelectual, acompañados por el apego afectivo. Estos mismos estímulos ya son medibles; la neurociencia puede demostrar por medio de las pruebas diagnósticas de resonancia magnéticas el momento preciso de las conexiones neuronales; que no pueden ocurrirse antes de la madurez alcanzado. La etapa preoperacional, de dos a siete años: “Los seis primeros años de vida son fundamentales para el desarrollo del ser humano porque, en ellos, el niño configura sus habilidades psicomotoras, cognitivas, lingüísticas, emocionales y sociales. “Mónica Arrizabalaga, 1.3.17 ABC Sociedad

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¿A qué vienen las contemplaciones sobre pedagogos del siglo pasado? Las observaciones son válidas hasta hoy día. En estas se concluye que el ser humano, que desde que esta en el vientre materno, esta en el proceso de aprendizaje. Cualquier ser humano, no puede desarrollar una competencia si no tiene la base sobre la cual construirla. Se ha entonces, el constructivismo, que se visualiza fácilmente con la figura de un andamiaje, estructura creada por otro pedagogo insigne, Bruner, basándose en los conceptos de Vigotsky, todos ellos demostrando la lógica del aprendizaje.

Se regresa entonces a la propuesta ministerial; se pretende que los niños de seis años podrán optar a ingresar a primer grado. Es importante enfatizar que si la persona no tiene el apoyo en el desarrollo de sus competencias en el momento preciso, más adelante es un reto imposible de superar. Los niños, en los primeros seis años de vida, desarrollan procesos importantes para su desarrollo personal; la legislación nacional lo prevé, es constitucional la obligación de la educación inicial y preprimaria. La inicial, ni goza de estadísticas de su cobertura, o la falta de la misma.

Ingresar a un niño de seis años a primer grado puede condenarlo al fracaso. Es imperativo respetar el desarrollo individual de cada uno, y sobre todo, en los niveles inicial y preprimaria. Si a un niño, en un entorno favorecido, le puede costar cierto grado de preprimaria, con las bondades de la nutrición adecuada y el apego ideal, que se le puede pedir a los pequeños en el área rural? Y se les invita a que ingresen a primer grado sin haber gozado del desarrollo de sus competencias en niveles iniciales?

La CPRG es sabia; obligatoria la educación inicial y preprimaria. Falta un paso de gran peso: debe ser vinculante la educación preprimaria: inapelable cursar Preprimaria para ingresar a Primer grado. Con docentes de alta calidad, y la continuidad en el curso de aprendizaje, en una generación se observarán los cambios.

Se insta la asignación presupuestaria a este renglón; y el cambio de procedimientos a la obligatoriedad de cursar preprimaria antes del ingreso a Primaria. La niñez guatemalteca merece la oportunidad que cada uno exija; los futuros ciudadanos gozarán de competencias adquiridas como ningún otro anterior.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo