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Estados y la soberanía en el siglo XXI

Redacción
14 de noviembre, 2017

El sistema internacional ha relativizado el ejercicio de soberanía.

Desde la Paz de Westfalia de 1648, la soberanía ha sido un elemento constitutivo de todo Estado. Juan Bodino, teórico del Estado moderno, la definió como “la potestad absoluta que tiene un Estado de conducirse sin estar sujeto a otro poder”. Es decir, cada unidad política tiene la autoridad de definir su ordenamiento interno, su normativa jurídica y recurrir al uso de la fuerza.

Esta conceptualización perduró durante tres siglos, período en el cual la defensa de la soberanía frente a injerencias externas era un interés de Estado. No obstante, desde mediados del siglo XX, la noción absoluta del concepto ha menguado. A raíz de la interdependencia y del surgimiento de amenazas comunes, los Estados han debido sacrificar parte de su potestad para definir su ordenamiento interno. Las organizaciones internacionales y la evolución del derecho internacional, relativizan aún más el ejercicio de soberanía. La guinda al pastel ha sido la constitución de formas de gobierno supranacionales, en los cuales los Estados delegan funciones soberanas, tales como el control migratorio, la política comercial, o la política exterior.

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Para Guatemala, este fenómeno provoca dilemas. Los acuerdos de libre comercio, la adhesión a organismos internacionales o la aceptación de Tratados y Convenciones, si bien generan beneficios, también imponen obligaciones que en varios casos generan reacciones adversas.

Por ejemplo, el DR-CAFTA estuvo condicionado a la aprobación de una Ley de Protección de Obtenciones Vegetales, que fue foco de cuestionamientos; como también obligó al país a revisar la institucionalidad de inspección laboral. El Acuerdo con la Unión Europea venía condicionado a la aprobación de una Ley de Competencia que alineara la legislación nacional con la europea. En tales casos, el país debe sopesar si los beneficios derivados de dichos acuerdos sobrepasan los costos generados por las normas a aprobar.

Caso similar ocurre con las calificadoras de riesgo que evalúan el desempeño macroeconómico y político del país. O las certificaciones internacionales, como ocurre con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) próxima a evaluar la categoría del Aeropuerto La Aurora. En ambos casos, de la revisión externa depende el acceso a líneas crediticias y la venida de líneas aéreas norteamericanas. La alternativa es quedar aislado de dichos procesos de interdependencia global.

La cooperación también cabe dentro de esta cubeta, pues para obtener apoyo presupuestario, el país queda sujeto a presiones externas. El caso más reciente ha sido los condicionamientos emanados de Washington de cumplir con ciertos requisitos en términos de apoyo a la lucha contra la corrupción, combate al narcotráfico y fortalecimiento institucional, si es que se quiere acceder a los recursos prometidos en el marco de la Alianza para la Prosperidad.

La disyuntiva para los países pequeños es clara: acoplarse a normas, revisiones y certificaciones internacionales, o enfrentar el riesgo de ser alienados del concierto de las naciones. Esta es la nueva forma de ejercer poder en el sistema internacional del siglo XXI.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Estados y la soberanía en el siglo XXI

Redacción
14 de noviembre, 2017

El sistema internacional ha relativizado el ejercicio de soberanía.

Desde la Paz de Westfalia de 1648, la soberanía ha sido un elemento constitutivo de todo Estado. Juan Bodino, teórico del Estado moderno, la definió como “la potestad absoluta que tiene un Estado de conducirse sin estar sujeto a otro poder”. Es decir, cada unidad política tiene la autoridad de definir su ordenamiento interno, su normativa jurídica y recurrir al uso de la fuerza.

Esta conceptualización perduró durante tres siglos, período en el cual la defensa de la soberanía frente a injerencias externas era un interés de Estado. No obstante, desde mediados del siglo XX, la noción absoluta del concepto ha menguado. A raíz de la interdependencia y del surgimiento de amenazas comunes, los Estados han debido sacrificar parte de su potestad para definir su ordenamiento interno. Las organizaciones internacionales y la evolución del derecho internacional, relativizan aún más el ejercicio de soberanía. La guinda al pastel ha sido la constitución de formas de gobierno supranacionales, en los cuales los Estados delegan funciones soberanas, tales como el control migratorio, la política comercial, o la política exterior.

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Para Guatemala, este fenómeno provoca dilemas. Los acuerdos de libre comercio, la adhesión a organismos internacionales o la aceptación de Tratados y Convenciones, si bien generan beneficios, también imponen obligaciones que en varios casos generan reacciones adversas.

Por ejemplo, el DR-CAFTA estuvo condicionado a la aprobación de una Ley de Protección de Obtenciones Vegetales, que fue foco de cuestionamientos; como también obligó al país a revisar la institucionalidad de inspección laboral. El Acuerdo con la Unión Europea venía condicionado a la aprobación de una Ley de Competencia que alineara la legislación nacional con la europea. En tales casos, el país debe sopesar si los beneficios derivados de dichos acuerdos sobrepasan los costos generados por las normas a aprobar.

Caso similar ocurre con las calificadoras de riesgo que evalúan el desempeño macroeconómico y político del país. O las certificaciones internacionales, como ocurre con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) próxima a evaluar la categoría del Aeropuerto La Aurora. En ambos casos, de la revisión externa depende el acceso a líneas crediticias y la venida de líneas aéreas norteamericanas. La alternativa es quedar aislado de dichos procesos de interdependencia global.

La cooperación también cabe dentro de esta cubeta, pues para obtener apoyo presupuestario, el país queda sujeto a presiones externas. El caso más reciente ha sido los condicionamientos emanados de Washington de cumplir con ciertos requisitos en términos de apoyo a la lucha contra la corrupción, combate al narcotráfico y fortalecimiento institucional, si es que se quiere acceder a los recursos prometidos en el marco de la Alianza para la Prosperidad.

La disyuntiva para los países pequeños es clara: acoplarse a normas, revisiones y certificaciones internacionales, o enfrentar el riesgo de ser alienados del concierto de las naciones. Esta es la nueva forma de ejercer poder en el sistema internacional del siglo XXI.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo