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Analizando el diferendo con Belice

Betty Marroquin
10 de abril, 2018

En el derecho internacional, la propiedad territorial es significativa porque implica la soberanía sobre la tierra que se constituye un Estado. Existen dos entes que dirimen disputas territoriales, dos cortes a las que se adscriben los países y pueden elegir a cual someter su caso. Estas cortes son la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y la Corte Permanente de Arbitrajes (CPA) ambas en La Haya. La CIJ ligada a la Organización de Naciones Unidas. La CPA es un tribunal independiente que surge de las Convenciones de La Haya pero no es una corte de la ONU, es independiente. En la CPA puede derivar en incumplimiento del laudo arbitral y por ello Belice pidió que fuera llevado ante la CIJ. El caso entre Guatemala y Belice es complejo. Se eligió la CIJ también porque a diferencia de la CPA, son 15 jueces, Sala Plena, quienes conocen y resuelven el caso, no 5 de los cuales 2 son Ad Hoc (nombrados por las partes).

Hay nueve tipos de disputas territoriales que se derivan de tratados, temas geográficos, económicos, culturales, de control efectivo, historia, posesión útil, elitismo e ideología. Esas nueve categorías justifican un reclamo territorial ante la CIJ. Los más comunes son disputas territoriales por derechos históricos, uti possidetis (posesión del territorio según las fronteras previas a su independencia), geografía, tratados y homogeneidad cultural. En el caso de Guatemala, la demanda contra Belice es basada en tratados y derechos históricos, y podría usar el uti possidetis dado que Belice era de Guatemala cuando nos independizamos de España. Importante recordar que los habitantes de la zona en cuestión son de etnias guatemaltecas, no caribeñas.

Desde su creación en 1945, la CIJ ha resuelto controversias internacionales mediante sentencias; ha conocido varios diferendos territoriales y limítrofes en todos los continentes, y en varios emitido un fallo. Estos casos sin duda servirán como referencia en el diferendo territorial y limítrofe entre Guatemala y Belice.

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En el diferendo entre Guyana y Suriname, resuelto por la CPA, para delimitar la frontera marítima entre ambos países, Guyana inició el arbitraje en el 2004 bajo la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y lo ganó en el 2007. La importancia de este caso era por los mantos petrolíferos que se encuentran en esa zona además de las evidentes ventajas de contar con un mar territorial rico en flora y fauna marítima. Ambos países acataron el laudo arbitral.

El diferendo marítimo entre Colombia y Nicaragua por varios cayos del archipiélago de San Andrés se ventiló ante la CIJ. El fallo del 19 de noviembre de 2012 dejó en manos de Colombia 7 cayos del archipiélago de San Andrés, cuyas islas mayores ya había concedido a este país en 2007. Y a Nicaragua le concedió más de 70.000 kilómetros cuadrados de mar, ricos en pesca y otros recursos naturales. Ambos países admitieron la sentencia y salieron ganando.

Quienes dicen que la CIJ está viciada como la ONU se equivocan. En esa corte Georgia le ganó a Rusia, Nicaragua le ganó a los Estados Unidos y China perdió con Filipinas un diferendo marítimo. O sea, no siempre ganan los países grandes.

El diferendo entre Guatemala y Belice abarca todos los grandes principios del derecho internacional que van desde la autodeterminación hasta la integridad territorial, incluyendo el Derecho del Mar. El votar sí el domingo implica que Guatemala cumple con su parte de lo acordado. Especular si Belice hará o no su parte está de más. Esta obligada a hacerlo porque se comprometió a ello en los acuerdos previos. Diga sí o diga no, el diferendo debe ir a la CIJ para que de una buena vez sea delimitada la frontera y deje de ser zona de adyacencia como lo es hoy día. Guatemala puede ganar territorio terrestre y marítimo. Belice tiene mucho que perder. Pero al final, siendo parte del Commonwealth, deberá acatar el dictamen de la corte. Tomará unos cinco años resolverlo, por la complejidad del caso, pero Inglaterra incumplió y luego quedó Belice como en el aire, aunque sea parte del Commonwealth. Hubo tratados y acuerdos que fueron violados por los ingleses y han surgido conflictos provocados por Belice. Guatemala tiene herramientas legales para recibir una sentencia favorable. Es cuestión de honor y si Belice incumple con la consulta o no respeta el fallo, quedaría como paria internacional. El conflicto tiene más o menos 400 años, ya es hora de ponerle punto final y la vía política no parece ser viable.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Analizando el diferendo con Belice

Betty Marroquin
10 de abril, 2018

En el derecho internacional, la propiedad territorial es significativa porque implica la soberanía sobre la tierra que se constituye un Estado. Existen dos entes que dirimen disputas territoriales, dos cortes a las que se adscriben los países y pueden elegir a cual someter su caso. Estas cortes son la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y la Corte Permanente de Arbitrajes (CPA) ambas en La Haya. La CIJ ligada a la Organización de Naciones Unidas. La CPA es un tribunal independiente que surge de las Convenciones de La Haya pero no es una corte de la ONU, es independiente. En la CPA puede derivar en incumplimiento del laudo arbitral y por ello Belice pidió que fuera llevado ante la CIJ. El caso entre Guatemala y Belice es complejo. Se eligió la CIJ también porque a diferencia de la CPA, son 15 jueces, Sala Plena, quienes conocen y resuelven el caso, no 5 de los cuales 2 son Ad Hoc (nombrados por las partes).

Hay nueve tipos de disputas territoriales que se derivan de tratados, temas geográficos, económicos, culturales, de control efectivo, historia, posesión útil, elitismo e ideología. Esas nueve categorías justifican un reclamo territorial ante la CIJ. Los más comunes son disputas territoriales por derechos históricos, uti possidetis (posesión del territorio según las fronteras previas a su independencia), geografía, tratados y homogeneidad cultural. En el caso de Guatemala, la demanda contra Belice es basada en tratados y derechos históricos, y podría usar el uti possidetis dado que Belice era de Guatemala cuando nos independizamos de España. Importante recordar que los habitantes de la zona en cuestión son de etnias guatemaltecas, no caribeñas.

Desde su creación en 1945, la CIJ ha resuelto controversias internacionales mediante sentencias; ha conocido varios diferendos territoriales y limítrofes en todos los continentes, y en varios emitido un fallo. Estos casos sin duda servirán como referencia en el diferendo territorial y limítrofe entre Guatemala y Belice.

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En el diferendo entre Guyana y Suriname, resuelto por la CPA, para delimitar la frontera marítima entre ambos países, Guyana inició el arbitraje en el 2004 bajo la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y lo ganó en el 2007. La importancia de este caso era por los mantos petrolíferos que se encuentran en esa zona además de las evidentes ventajas de contar con un mar territorial rico en flora y fauna marítima. Ambos países acataron el laudo arbitral.

El diferendo marítimo entre Colombia y Nicaragua por varios cayos del archipiélago de San Andrés se ventiló ante la CIJ. El fallo del 19 de noviembre de 2012 dejó en manos de Colombia 7 cayos del archipiélago de San Andrés, cuyas islas mayores ya había concedido a este país en 2007. Y a Nicaragua le concedió más de 70.000 kilómetros cuadrados de mar, ricos en pesca y otros recursos naturales. Ambos países admitieron la sentencia y salieron ganando.

Quienes dicen que la CIJ está viciada como la ONU se equivocan. En esa corte Georgia le ganó a Rusia, Nicaragua le ganó a los Estados Unidos y China perdió con Filipinas un diferendo marítimo. O sea, no siempre ganan los países grandes.

El diferendo entre Guatemala y Belice abarca todos los grandes principios del derecho internacional que van desde la autodeterminación hasta la integridad territorial, incluyendo el Derecho del Mar. El votar sí el domingo implica que Guatemala cumple con su parte de lo acordado. Especular si Belice hará o no su parte está de más. Esta obligada a hacerlo porque se comprometió a ello en los acuerdos previos. Diga sí o diga no, el diferendo debe ir a la CIJ para que de una buena vez sea delimitada la frontera y deje de ser zona de adyacencia como lo es hoy día. Guatemala puede ganar territorio terrestre y marítimo. Belice tiene mucho que perder. Pero al final, siendo parte del Commonwealth, deberá acatar el dictamen de la corte. Tomará unos cinco años resolverlo, por la complejidad del caso, pero Inglaterra incumplió y luego quedó Belice como en el aire, aunque sea parte del Commonwealth. Hubo tratados y acuerdos que fueron violados por los ingleses y han surgido conflictos provocados por Belice. Guatemala tiene herramientas legales para recibir una sentencia favorable. Es cuestión de honor y si Belice incumple con la consulta o no respeta el fallo, quedaría como paria internacional. El conflicto tiene más o menos 400 años, ya es hora de ponerle punto final y la vía política no parece ser viable.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo