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Erwin Sperisen conocerá fallo el 27 de abril

Luis Gonzalez
19 de abril, 2018

Erwin Sperisen conocerá el fallo del tribunal que lo juzga, por tercera ocasión, el viernes 27 de abril, según anunciaron este jueves los juzgadores suizos, a cargo del proceso en el cual acusan al exdirector de la Policía Nacional Civil (PNC), de diez asesinatos.

El juicio inició el lunes y durante los tres primeros días hablaron investigadores de la Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICIG), la Fiscalía y abogadores acusadores. Este jueves tocó el turno a la defensa y también habló Sperisen.

Los abogados del exfuncionario se centraron en argumentar según la resolución del máximo tribunal de Suiza, que anuló la cadena perpetua impuesta contra el exdirector de la Policía.

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“Hice un esfuerzo mayor, hablé en francés antes los jueces y expuse la injusticia cometida por los cinco años de prisión, por testigos y pruebas falsas.

“Lo importante es se pidió la dimision del fiscal Yves Bertossa porque falló al no garantizar la verdad, no puso un pie en Guatemala y solo siguio el juego de la Ong del papá, que puso un testigo falso. A ver si el fiscal renuncia porque ha sido parcial, no le ha interesado la verdad, solo le interesa recibir premios y adquirir fama, buscan protagonismo”, subrayó Sperisen.

El fallo se conocerá el viernes de la otra semana, al mediodía de Suiza. El exfuncionario espera ser absuelto, pero no descarta que lo vuelvan a condenar, lo que lo llevaría de nuevo al Tribunal Federal.

Lo expuesto por los abogados de Sperisen

La defensa de Erwin Sperisen expuso durante dos horas y media los argumentos contra la acusación de la Fiscalía y enfatizó en las irregularidades cometidas en los dos juicios anteriores, que llevaron al máximo tribunal de Suiza a ordenar un nuevo proceso.

  1. Falta de interrogación a testigos por parte de la defensa. El Tribunal Federal decide que las autoridades ginebrinas violaron el Articulo 6, párrafo 3d de la Convención Europea de Derechos Humanos donde se establece el derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren en su contra ya que muchos testigos no pudieron ser interrogados por la defensa pero fueron utilizados como elementos importantes para la condena.
  2. Violación del derecho al debido proceso. El Tribunal Federal constata que la Corte ginebrina estableció la existencia de una organización criminal y la implicación de Erwin en ella en violación del debido proceso garantizado por el articulo 6 de la Convención europea de los derechos humanos por haber tomado arbitrariamente en cuenta las pruebas a cargo y por haber aceptado la opinión global de investigadores de la CICIG sin que se sepa cuales fueron los testigos anónimos entrevistados por estos investigadores, que dijeron y en que manera fueron entrevistados.
  3. Manejo arbitrario de evidencias. El Tribunal Federal constató que las pruebas testimoniales usadas en contra de Erwin fueron apreciadas de manera arbitraria, es decir insostenible y en violación del derecho de Erwin a ser escuchado porque la Corte ginebrina acepto testimonios que presentaban contradicciones patentes y no dio explicaciones de como resolvía estas contradicciones.
  4. Presentación de falso testimonio. El primer veredicto se baso en su mayoría en el testimonio del único testigo ocular, un francés, contactado por la ONG Trial, quien cumplía una condena de 30 años en Pavón por asesinato, pero fue liberado  antes de terminar dicha condena, ciertamente a cambio de su testimonio. El declara en Ginebra que estaba presente en el momento en que Erwin le daba un tiro en la cabeza a una de las victimas. Este testimonio fue desmentido con pruebas científicas. En la autopsia se comprueba que la victima tenia dos balas en el tórax y el abdomen, ninguna en la cabeza. El también declara que presencio el asesinato a las 16h, cuando la persona murió en la madrugada ya las 16h el cuerpo ya se encontraba en la morgue.

Este testimonio resultó tan falso que la Corte hubo que rechazarlo cuando había fundamentado la condena de primera instancia.

  1. Violación al derecho de presunción de inocencia. Durante el segundo juicio, ya no toman como elemento clave el testimonio del testigo francés, sino que basan la condena en la culpabilidad de Javier Figueroa, el subalterno de Erwin, declarando que ambos pertenecían a una red criminal paralela al Estado. Javier Figueroa había sido declarado inocente el 10 de octubre del 2013 en un juicio en Austria por el mismo caso pero los jueces ginebrinos deciden que aunque fue declarado inocente, para ellos es considerado culpable.

El Tribunal Federal establece que se debe respetar el derecho de presunción de inocencia de Javier Figueroa por haber sido absuelto en juicio en un país europeo.

  1. Negación de testigos a favor de la defensa. Durante los dos juicios en Ginebra, se solicito a los jueces que se convocaran a mas de 10 testigos a favor de la defensa, entre ellos el ex presidente Oscar Berger, ex vicepresidente Eduardo Stein, ex director de presidios, Alejandro Giammattei, Frank La Rue, Presidente de Copredeh, entre otros. Los jueces consideraron que no era necesario que estas personas fueran interpeladas durante el juicio siendo las máximas autoridades del país que ordenaron en su momento el tomar el control de la granja de rehabilitación Pavón que por muchos años había sido controlada por los reos. En el caso de Copredeh, su presidente Frank La Rue estuvo presente durante el operativo.
  2. Representación maliciosa de partes procesales. La querellante adhesiva no tiene conocimiento de que firmo una denuncia en contra de Erwin así que firma un documento nombrando a abogados en Ginebra para acusarlo. Durante el juicio, se solicito verificar la información, pero esta solicitud es negada.

La ONG Trial contactó a la madre de un reo fallecido durante el operativo, quien firmo un documento en francés en la sede de la CICIG, pensando que obtendría una indemnización por la muerte de su hijo, sin tener conocimiento que estaba nombrando abogados en Ginebra para acusar a Erwin por la muerte de su hijo.

Un periodista suizo de la revista L´Illustré viaja en su momento a Guatemala a entrevistar a la señora. El video de la entrevista se puede ver en la pagina de youtube.com, en la siguiente dirección:

https://www.youtube.com/watch?v=XUjsCgOVI6o

Este video se presenta durante el primer juicio y se pide a los jueces interrogar al periodista o a la señora para aclarar la duda en relación a la validez de su representación, pero esta es negada.

La representación legal de la querellante adhesiva fue un procedimiento no ético que raya de ilegalidad y deshonesto porque no sabía que estaba firmando una denuncia en contra de Erwin y se le ofreció un beneficio a cambio. En el fallo del Tribunal Federal se establece que la señora debe seguir siendo representada por los abogados dándole validez legal a la firma del nombramiento.

  1. Uso ilegal de testigos protegidos en Suiza. Durante el juicio se uso el testimonio testigos que gozaron de beneficios económicos y protección por un programa de la CICIG de testigos protegidos o colaboradores eficaces. En Suiza, se debe informar durante el juicio quienes son los testigos que se benefician de estos programas. En caso se utilicen para sustentar la condena, se debe tener pruebas suficientes que respalden su declaración.

Se pidió un dictamen jurídico a un catedrático en materia penal y congresista a nivel federal sobre esta ilegalidad, ya que durante el juicio no se quiso informar quienes gozaban de estos beneficios y cuales fueron los beneficios exactos recibieron los testigos protegidos. En este tema, el fallo del Tribunal Federal no hace referencia de ello específicamente pero si menciona una arbitrariedad en tomar en cuenta declaraciones de testigos que se contradicen sin contar con pruebas de lo declarado.

  1. Diferencias con el caso en Austria. Hay muchos análisis forenses y peritajes elaborados por expertos austriacos que fueron aceptados en el juicio de Austria y que por ley, deben ser tomados en cuenta como evidencia en Suiza, pero aunque fueron presentados durante el juicio no se le ha dado validez para su exculpación. Por ejemplo, en Austria se admitió el peritaje de un video donde se evidencia que los reos disparan contra la policía y la policía reacciona demostrando que si hubo una confrontación armada durante el operativo.
  2. Prisión preventiva. Erwin lleva 5 años en prisión preventiva viviendo en aislamiento. Luego de que la condena fue anulada por el Tribunal Federal, se solicito su liberación pero esta fue denegada, por lo que se ha enviado un recurso al Tribunal Federal. A nivel de Ginebra, la jueza que condenó a Erwin a cadena perpetua es la persona que decide si el puede ser liberado o no, por lo que ella sigue impidiendo su liberación.

Este tema es una clara violación al Articulo 5 párrafo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre el derecho de la libertad, en el que establece que toda persona privada en libertad deberá ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad durante el procedimiento.

  1. Propuesta de acortar el tiempo de condena por parte de la fiscalía fuera del procedimiento.La fiscalía propone a la defensa, de manera confidencial, que si acepta cierta culpabilidad puede solicitar únicamente 5 años de cárcel. Esto se hace cuando el único testigo ocular pierde validez por la contradicción de sus testimonio. Erwin rechaza la proposición y convencido de su inocencia, decide seguir luchando para probarlo. Como resultado, el fiscal solicita prisión de por vida.
  2. Falta de interrogación a testigos por parte de la defensa. El Tribunal Federal decide que las autoridades ginebrinas violaron el Articulo 6, párrafo 3d de la Convención Europea de Derechos Humanos donde se establece el derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren en su contra y a obtener la citación e interrogatorio de los testigos que declaren en su favor en las mismas condiciones que los testigos que lo hagan en su contra, ya que muchos testigos no fueron interrogados por la defensa durante las comisiones rogatorias pero fueron utilizados como elementos importantes para la condena.

Erwin Sperisen conocerá fallo el 27 de abril

Luis Gonzalez
19 de abril, 2018

Erwin Sperisen conocerá el fallo del tribunal que lo juzga, por tercera ocasión, el viernes 27 de abril, según anunciaron este jueves los juzgadores suizos, a cargo del proceso en el cual acusan al exdirector de la Policía Nacional Civil (PNC), de diez asesinatos.

El juicio inició el lunes y durante los tres primeros días hablaron investigadores de la Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICIG), la Fiscalía y abogadores acusadores. Este jueves tocó el turno a la defensa y también habló Sperisen.

Los abogados del exfuncionario se centraron en argumentar según la resolución del máximo tribunal de Suiza, que anuló la cadena perpetua impuesta contra el exdirector de la Policía.

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“Hice un esfuerzo mayor, hablé en francés antes los jueces y expuse la injusticia cometida por los cinco años de prisión, por testigos y pruebas falsas.

“Lo importante es se pidió la dimision del fiscal Yves Bertossa porque falló al no garantizar la verdad, no puso un pie en Guatemala y solo siguio el juego de la Ong del papá, que puso un testigo falso. A ver si el fiscal renuncia porque ha sido parcial, no le ha interesado la verdad, solo le interesa recibir premios y adquirir fama, buscan protagonismo”, subrayó Sperisen.

El fallo se conocerá el viernes de la otra semana, al mediodía de Suiza. El exfuncionario espera ser absuelto, pero no descarta que lo vuelvan a condenar, lo que lo llevaría de nuevo al Tribunal Federal.

Lo expuesto por los abogados de Sperisen

La defensa de Erwin Sperisen expuso durante dos horas y media los argumentos contra la acusación de la Fiscalía y enfatizó en las irregularidades cometidas en los dos juicios anteriores, que llevaron al máximo tribunal de Suiza a ordenar un nuevo proceso.

  1. Falta de interrogación a testigos por parte de la defensa. El Tribunal Federal decide que las autoridades ginebrinas violaron el Articulo 6, párrafo 3d de la Convención Europea de Derechos Humanos donde se establece el derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren en su contra ya que muchos testigos no pudieron ser interrogados por la defensa pero fueron utilizados como elementos importantes para la condena.
  2. Violación del derecho al debido proceso. El Tribunal Federal constata que la Corte ginebrina estableció la existencia de una organización criminal y la implicación de Erwin en ella en violación del debido proceso garantizado por el articulo 6 de la Convención europea de los derechos humanos por haber tomado arbitrariamente en cuenta las pruebas a cargo y por haber aceptado la opinión global de investigadores de la CICIG sin que se sepa cuales fueron los testigos anónimos entrevistados por estos investigadores, que dijeron y en que manera fueron entrevistados.
  3. Manejo arbitrario de evidencias. El Tribunal Federal constató que las pruebas testimoniales usadas en contra de Erwin fueron apreciadas de manera arbitraria, es decir insostenible y en violación del derecho de Erwin a ser escuchado porque la Corte ginebrina acepto testimonios que presentaban contradicciones patentes y no dio explicaciones de como resolvía estas contradicciones.
  4. Presentación de falso testimonio. El primer veredicto se baso en su mayoría en el testimonio del único testigo ocular, un francés, contactado por la ONG Trial, quien cumplía una condena de 30 años en Pavón por asesinato, pero fue liberado  antes de terminar dicha condena, ciertamente a cambio de su testimonio. El declara en Ginebra que estaba presente en el momento en que Erwin le daba un tiro en la cabeza a una de las victimas. Este testimonio fue desmentido con pruebas científicas. En la autopsia se comprueba que la victima tenia dos balas en el tórax y el abdomen, ninguna en la cabeza. El también declara que presencio el asesinato a las 16h, cuando la persona murió en la madrugada ya las 16h el cuerpo ya se encontraba en la morgue.

Este testimonio resultó tan falso que la Corte hubo que rechazarlo cuando había fundamentado la condena de primera instancia.

  1. Violación al derecho de presunción de inocencia. Durante el segundo juicio, ya no toman como elemento clave el testimonio del testigo francés, sino que basan la condena en la culpabilidad de Javier Figueroa, el subalterno de Erwin, declarando que ambos pertenecían a una red criminal paralela al Estado. Javier Figueroa había sido declarado inocente el 10 de octubre del 2013 en un juicio en Austria por el mismo caso pero los jueces ginebrinos deciden que aunque fue declarado inocente, para ellos es considerado culpable.

El Tribunal Federal establece que se debe respetar el derecho de presunción de inocencia de Javier Figueroa por haber sido absuelto en juicio en un país europeo.

  1. Negación de testigos a favor de la defensa. Durante los dos juicios en Ginebra, se solicito a los jueces que se convocaran a mas de 10 testigos a favor de la defensa, entre ellos el ex presidente Oscar Berger, ex vicepresidente Eduardo Stein, ex director de presidios, Alejandro Giammattei, Frank La Rue, Presidente de Copredeh, entre otros. Los jueces consideraron que no era necesario que estas personas fueran interpeladas durante el juicio siendo las máximas autoridades del país que ordenaron en su momento el tomar el control de la granja de rehabilitación Pavón que por muchos años había sido controlada por los reos. En el caso de Copredeh, su presidente Frank La Rue estuvo presente durante el operativo.
  2. Representación maliciosa de partes procesales. La querellante adhesiva no tiene conocimiento de que firmo una denuncia en contra de Erwin así que firma un documento nombrando a abogados en Ginebra para acusarlo. Durante el juicio, se solicito verificar la información, pero esta solicitud es negada.

La ONG Trial contactó a la madre de un reo fallecido durante el operativo, quien firmo un documento en francés en la sede de la CICIG, pensando que obtendría una indemnización por la muerte de su hijo, sin tener conocimiento que estaba nombrando abogados en Ginebra para acusar a Erwin por la muerte de su hijo.

Un periodista suizo de la revista L´Illustré viaja en su momento a Guatemala a entrevistar a la señora. El video de la entrevista se puede ver en la pagina de youtube.com, en la siguiente dirección:

https://www.youtube.com/watch?v=XUjsCgOVI6o

Este video se presenta durante el primer juicio y se pide a los jueces interrogar al periodista o a la señora para aclarar la duda en relación a la validez de su representación, pero esta es negada.

La representación legal de la querellante adhesiva fue un procedimiento no ético que raya de ilegalidad y deshonesto porque no sabía que estaba firmando una denuncia en contra de Erwin y se le ofreció un beneficio a cambio. En el fallo del Tribunal Federal se establece que la señora debe seguir siendo representada por los abogados dándole validez legal a la firma del nombramiento.

  1. Uso ilegal de testigos protegidos en Suiza. Durante el juicio se uso el testimonio testigos que gozaron de beneficios económicos y protección por un programa de la CICIG de testigos protegidos o colaboradores eficaces. En Suiza, se debe informar durante el juicio quienes son los testigos que se benefician de estos programas. En caso se utilicen para sustentar la condena, se debe tener pruebas suficientes que respalden su declaración.

Se pidió un dictamen jurídico a un catedrático en materia penal y congresista a nivel federal sobre esta ilegalidad, ya que durante el juicio no se quiso informar quienes gozaban de estos beneficios y cuales fueron los beneficios exactos recibieron los testigos protegidos. En este tema, el fallo del Tribunal Federal no hace referencia de ello específicamente pero si menciona una arbitrariedad en tomar en cuenta declaraciones de testigos que se contradicen sin contar con pruebas de lo declarado.

  1. Diferencias con el caso en Austria. Hay muchos análisis forenses y peritajes elaborados por expertos austriacos que fueron aceptados en el juicio de Austria y que por ley, deben ser tomados en cuenta como evidencia en Suiza, pero aunque fueron presentados durante el juicio no se le ha dado validez para su exculpación. Por ejemplo, en Austria se admitió el peritaje de un video donde se evidencia que los reos disparan contra la policía y la policía reacciona demostrando que si hubo una confrontación armada durante el operativo.
  2. Prisión preventiva. Erwin lleva 5 años en prisión preventiva viviendo en aislamiento. Luego de que la condena fue anulada por el Tribunal Federal, se solicito su liberación pero esta fue denegada, por lo que se ha enviado un recurso al Tribunal Federal. A nivel de Ginebra, la jueza que condenó a Erwin a cadena perpetua es la persona que decide si el puede ser liberado o no, por lo que ella sigue impidiendo su liberación.

Este tema es una clara violación al Articulo 5 párrafo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre el derecho de la libertad, en el que establece que toda persona privada en libertad deberá ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad durante el procedimiento.

  1. Propuesta de acortar el tiempo de condena por parte de la fiscalía fuera del procedimiento.La fiscalía propone a la defensa, de manera confidencial, que si acepta cierta culpabilidad puede solicitar únicamente 5 años de cárcel. Esto se hace cuando el único testigo ocular pierde validez por la contradicción de sus testimonio. Erwin rechaza la proposición y convencido de su inocencia, decide seguir luchando para probarlo. Como resultado, el fiscal solicita prisión de por vida.
  2. Falta de interrogación a testigos por parte de la defensa. El Tribunal Federal decide que las autoridades ginebrinas violaron el Articulo 6, párrafo 3d de la Convención Europea de Derechos Humanos donde se establece el derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren en su contra y a obtener la citación e interrogatorio de los testigos que declaren en su favor en las mismas condiciones que los testigos que lo hagan en su contra, ya que muchos testigos no fueron interrogados por la defensa durante las comisiones rogatorias pero fueron utilizados como elementos importantes para la condena.