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SAT inactivará vehículos de morosos

Luis Gonzalez
10 de mayo, 2018

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) anunció que inactivará los vehículos de las personas que adeuden tres o más períodos del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos.

La decisión del ente recaudador se basa en el artículo 11 del decreto 70-94 del Congreso de la República, que establece las sanciones contra quienes no cumplan con esta obligación tributaria.

ARTÍCULO 11, Decreto 70-94. El monto del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible establecida para este impuesto, el tipo impositivo correspondiente fijado en el artículo anterior.El impuesto en ningún caso será menor a doscientos veinte quetzales (Q.220.00).

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El Registro Fiscal de Vehículos cancelará de oficio las inscripciones de todo vehículo cuyo propietario hubiese dejado de pagar el impuesto a que se refiere esta Ley, durante tres (3) años consecutivos, vencido el plazo que tenía para realizar el pago del tercer año. Lo anterior, sin perjuicio del pago del impuesto omitido y las sanciones correspondientes. Cumplido lo anterior se reinscribirá el mismo en el Registro.

Los contribuyentes que deben tres o más años del impuesto suman 591,12. El monto adeudado asciende a Q211.2 millones y el número de automóviles con este problema representa el 16% del parque vehícular.

Tiene un plazo de 15 días para ponerse al día

Tras este anuncio público, la SAT informó que también envió avisos a los contribuyentes atrasados con este pago para que se pongan al día. A partir del 25 de mayo empezará a inhabilitar a los morosos de tres años o más.

No podrán realizar ninguna gestión en el Registro Fiscal de Vehículos a menos que estén a cuenta con el fisco, informan las autoridades que basan su decisión en el artículo 31 del Decreto 70-94.

“La SAT, por medio de la Intendencia de Recaudación, como parte de la ejecución de los programas de control del cumplimiento tributario, envió avisos a los respectivos contribuyentes instándoles a regularizar su situación.

Asimismo, les ha recordado que un requerimiento formal de la institución, limitará la posibilidad de acceder a rebaja de la multa por omisión equivalente al 100 % del Valor del Impuesto”, señala la SAT en un comunicado.

“La SAT exhorta a que los contribuyentes a que regularicen su situación de morosidad en el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos y que de esa forma eviten sanciones mayores e inconvenientes con sus gestiones en el respectivo registro”, subraya el ente recaudador.

En caso de duda, los contribuyentes pueden ingresar al portal SAT www.sat.gob.gt para verificar la situación tributaria de sus vehículos.

SAT inactivará vehículos de morosos

Luis Gonzalez
10 de mayo, 2018

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) anunció que inactivará los vehículos de las personas que adeuden tres o más períodos del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos.

La decisión del ente recaudador se basa en el artículo 11 del decreto 70-94 del Congreso de la República, que establece las sanciones contra quienes no cumplan con esta obligación tributaria.

ARTÍCULO 11, Decreto 70-94. El monto del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible establecida para este impuesto, el tipo impositivo correspondiente fijado en el artículo anterior.El impuesto en ningún caso será menor a doscientos veinte quetzales (Q.220.00).

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El Registro Fiscal de Vehículos cancelará de oficio las inscripciones de todo vehículo cuyo propietario hubiese dejado de pagar el impuesto a que se refiere esta Ley, durante tres (3) años consecutivos, vencido el plazo que tenía para realizar el pago del tercer año. Lo anterior, sin perjuicio del pago del impuesto omitido y las sanciones correspondientes. Cumplido lo anterior se reinscribirá el mismo en el Registro.

Los contribuyentes que deben tres o más años del impuesto suman 591,12. El monto adeudado asciende a Q211.2 millones y el número de automóviles con este problema representa el 16% del parque vehícular.

Tiene un plazo de 15 días para ponerse al día

Tras este anuncio público, la SAT informó que también envió avisos a los contribuyentes atrasados con este pago para que se pongan al día. A partir del 25 de mayo empezará a inhabilitar a los morosos de tres años o más.

No podrán realizar ninguna gestión en el Registro Fiscal de Vehículos a menos que estén a cuenta con el fisco, informan las autoridades que basan su decisión en el artículo 31 del Decreto 70-94.

“La SAT, por medio de la Intendencia de Recaudación, como parte de la ejecución de los programas de control del cumplimiento tributario, envió avisos a los respectivos contribuyentes instándoles a regularizar su situación.

Asimismo, les ha recordado que un requerimiento formal de la institución, limitará la posibilidad de acceder a rebaja de la multa por omisión equivalente al 100 % del Valor del Impuesto”, señala la SAT en un comunicado.

“La SAT exhorta a que los contribuyentes a que regularicen su situación de morosidad en el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos y que de esa forma eviten sanciones mayores e inconvenientes con sus gestiones en el respectivo registro”, subraya el ente recaudador.

En caso de duda, los contribuyentes pueden ingresar al portal SAT www.sat.gob.gt para verificar la situación tributaria de sus vehículos.