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CC suspende de forma provisional el acceso a información bancaria

Braulio Palacios
03 de agosto, 2018

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente el artículo 52 del Decreto 37-2012, la Ley para el Fortalecimiento Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), la cual adicionó el artículo 30 “C” al Decreto 6-91, Código Tributario.

La CC resolvió la acción de inconstitucionalidad por la entidad Escalas Mercantiles Innovadoras, S.A., que impugnó dicho artículo, y decretó la suspensión provisional del artículo que trata sobre el acceso a información bancaria.

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La Corte también resolvió dar audiencia en los próximos 15 días al Congreso, la SAT, Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Provisional.

  • Te recomendamos leer:

https://republica.gt/2018/08/03/analisis-suspension-de-secreto-bancario-seria-un-retroceso/

Pierde facultad

El consultor en impuestos, Óscar Chile Monroy, indicó que con la suspensión, una consecuencia general, es que la SAT pierde la facultad de recibir información bancaria y financiera por orden de un juez.

A esto, se suma que los procesos que estuvieran en proceso de solicitud en un tribunal, quedarán suspendidas, ya que la norma en la que se basan estará suspendida, luego de que se publique en el Diario Oficial.

Las solicitudes que hayan sido resueltas por un juez, mientras estuvo vigente el artículo, no tendrían que verse afectadas por la suspensión, ya que la ley no es retroactiva, por tanto, en esos casos, la información debe ser enviada a la SAT, por parte de la entidad bancaria.

Según Chile Monroy, se está eliminando una herramienta “muy buena” a la SAT para el proceso de fiscalización, por lo que si queda en definitiva la resolución de la CC, podría tener un impacto en la recaudación fiscal.

“Si la SAT en su programación incluyó procesos que se basarán en la norma, quedarían detenidos, y eso tendría un efecto directo en la recolección de impuestos”, explicó el consultor fiscal.

El experto también indicó que la resolución de la CC será un “alivio” para contribuyentes, ya que mientras se mantenga la suspensión provisional no habrán requerimientos de información por parte ente recaudador.

“Sólo se debe estar pendiente de la publicación de la sentencia, algo que podría dar el lunes o martes próximo”, concluyó Chile Monroy.

“Seguimos en la lucha”

El ministro de Finanzas, Julio Héctor Estrada, se pronunció en su cuenta de Twitter sobre el tema y dijo que “rodo el mundo pide cambio, pero mientras no les toque cambiar a ellos. SAT y Ministerio de Finanzas. Seguimos en la lucha”.

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La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente el artículo 52 del Decreto 37-2012, la Ley para el Fortalecimiento Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), la cual adicionó el artículo 30 “C” al Decreto 6-91, Código Tributario.

La CC resolvió la acción de inconstitucionalidad por la entidad Escalas Mercantiles Innovadoras, S.A., que impugnó dicho artículo, y decretó la suspensión provisional del artículo que trata sobre el acceso a información bancaria.

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Pierde facultad

El consultor en impuestos, Óscar Chile Monroy, indicó que con la suspensión, una consecuencia general, es que la SAT pierde la facultad de recibir información bancaria y financiera por orden de un juez.

A esto, se suma que los procesos que estuvieran en proceso de solicitud en un tribunal, quedarán suspendidas, ya que la norma en la que se basan estará suspendida, luego de que se publique en el Diario Oficial.

Las solicitudes que hayan sido resueltas por un juez, mientras estuvo vigente el artículo, no tendrían que verse afectadas por la suspensión, ya que la ley no es retroactiva, por tanto, en esos casos, la información debe ser enviada a la SAT, por parte de la entidad bancaria.

Según Chile Monroy, se está eliminando una herramienta “muy buena” a la SAT para el proceso de fiscalización, por lo que si queda en definitiva la resolución de la CC, podría tener un impacto en la recaudación fiscal.

“Si la SAT en su programación incluyó procesos que se basarán en la norma, quedarían detenidos, y eso tendría un efecto directo en la recolección de impuestos”, explicó el consultor fiscal.

El experto también indicó que la resolución de la CC será un “alivio” para contribuyentes, ya que mientras se mantenga la suspensión provisional no habrán requerimientos de información por parte ente recaudador.

“Sólo se debe estar pendiente de la publicación de la sentencia, algo que podría dar el lunes o martes próximo”, concluyó Chile Monroy.

“Seguimos en la lucha”

El ministro de Finanzas, Julio Héctor Estrada, se pronunció en su cuenta de Twitter sobre el tema y dijo que “rodo el mundo pide cambio, pero mientras no les toque cambiar a ellos. SAT y Ministerio de Finanzas. Seguimos en la lucha”.

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