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Mario Fuentes Destarac: Jueces no deben dejarse intimidar

Claudia Jo Ríos
22 de noviembre, 2018

El actuar de los jueces en Guatemala ha estado bajo la mira de diferentes expertos en materia jurídica.

En 7 minutos, éste es el análisis de Mario Fuentes Destarac, experto constitucionalista, sobre las funciones del sistema judicial.

Cortes son cuestionadas

La constante de casos no resueltos, ha hecho que las cortes sean cuestionadas también por diversos sectores de la población.

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Sobre la credibilidad de los jueces y el cuestionamiento que se hace de ciertos casos nos responde que si bien el sistema judicial ha tenido problemas desde siempre, últimamente “se ha desbordado la cosa porque tenemos una cantidad de personas que están guardando prisión preventiva y los casos no se resuelven”.

Lo anterior haciendo alusión a que pasan años entre audiencia y audiencia incluso, “hay juzgados que están señalando audiencias para el año 2020…”, explica.

Objetividad de los jueces

También habla de que existe un problema con jueces específicamente:

“La evaluación objetiva de los jueces y magistrados de la corte de apelaciones dentro del marco de la carrera judicial y la evaluación, que aunque la corte de constitucionalidad haya dicho que los segundos no son parte de dicha carrera, la constitución afirma que si forman parte de la carrera judicial”.

Y enfatiza que “hace falta que se rompa esa estructura de tolerancia interna y que entren a batear agentes externos dentro de la carrera judicial”.

Lo anterior, porque según fuentes dentro del consejo de la carrera judicial debieran haber representantes de la academia y de los mismos abogados litigantes “porque ellos están del otro lado del mostrador”.

“Los jueces están asumiendo
una responsabilidad
casi sobrehumana
de impartir justicia,
la cual debe ser con carácter, absoluto y total imparcialidad”
Mario fuentes destarac

Ante la debilidad que puedan mostrar ciertos jueces, tema que abordó recientemente el Licenciado José Quesada Fernández aquí en República, opina que “tal como dice el gran tratadista Carneluti -los jueces debieran ser semidioses-, significa que deben tener personalidad, carácter, independencia de criterio, testimonio de vida, para que verdaderamente le hagan frente a los embates de la misma judicatura”.

Afirma que “los jueces no se pueden dejar intimidar por las partes, por la defensa, por los superiores, deben ser totalmente independientes e imparciales”.

Un juez entonces, acorde a Fuentes Destarac, debe ser una persona con las cualidades de independencia, carácter e imparcialidad.

“Por supuesto además de la absoluta honorabilidad y honradez que deben ser inherentes a ese profesional”.

Cuando hablamos de cómo la población se ve afectada por un organismo judicial que, según la opinión de varios expertos está debilitado, Fuentes Destarac afirma “Si no hay certeza jurídica, que significa la previsibilidad de la aplicación de las leyes por ejemplo, los agentes económicos no saben como comportarse y eso genera una incertidumbre tremenda”.

La fiscalización de los jueces

Un actuar fuera de la ley puede afectarles o repercutirles en su carrera judicial, explica Fuentes Destarac.

Estrictamente dentro del marco de la evaluación de las decisiones de los jueces, está el marco de las instancias: un juez de primera instancia toma una decisión, existe un tribunal de segunda instancia conformado por tres magistrados que evalúan esa decisión, y mas allá existe la posibilidad del accionar de casación frente a la Corte Suprema de Justicia en donde hay otros magistrados que revisan a su vez esta decisión”.

Luego amplía que, de haber violaciones a los derechos humanos hay recursos como la acción de amparo que eventualmente llega a una Corte de Constitucionalidad.

“Pero si digamos, un juez incurre en irregularidades o anomalías dentro de su proceder, existen las juntas de disciplina judicial donde se presentan las quejas de jueces.

y hay un sistema de sanciones
mario fuentes destarac

En el Decreto 41-99 – Ley de la Carrera Judicial se amplían las faltas y sanciones en las que pueden incurrir y sufrir los jueces al momento de no actuar en ley.

SIGUE INFORMÁNDOTE:

Mario Fuentes Destarac: Jueces no deben dejarse intimidar

Claudia Jo Ríos
22 de noviembre, 2018

El actuar de los jueces en Guatemala ha estado bajo la mira de diferentes expertos en materia jurídica.

En 7 minutos, éste es el análisis de Mario Fuentes Destarac, experto constitucionalista, sobre las funciones del sistema judicial.

Cortes son cuestionadas

La constante de casos no resueltos, ha hecho que las cortes sean cuestionadas también por diversos sectores de la población.

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Sobre la credibilidad de los jueces y el cuestionamiento que se hace de ciertos casos nos responde que si bien el sistema judicial ha tenido problemas desde siempre, últimamente “se ha desbordado la cosa porque tenemos una cantidad de personas que están guardando prisión preventiva y los casos no se resuelven”.

Lo anterior haciendo alusión a que pasan años entre audiencia y audiencia incluso, “hay juzgados que están señalando audiencias para el año 2020…”, explica.

Objetividad de los jueces

También habla de que existe un problema con jueces específicamente:

“La evaluación objetiva de los jueces y magistrados de la corte de apelaciones dentro del marco de la carrera judicial y la evaluación, que aunque la corte de constitucionalidad haya dicho que los segundos no son parte de dicha carrera, la constitución afirma que si forman parte de la carrera judicial”.

Y enfatiza que “hace falta que se rompa esa estructura de tolerancia interna y que entren a batear agentes externos dentro de la carrera judicial”.

Lo anterior, porque según fuentes dentro del consejo de la carrera judicial debieran haber representantes de la academia y de los mismos abogados litigantes “porque ellos están del otro lado del mostrador”.

“Los jueces están asumiendo
una responsabilidad
casi sobrehumana
de impartir justicia,
la cual debe ser con carácter, absoluto y total imparcialidad”
Mario fuentes destarac

Ante la debilidad que puedan mostrar ciertos jueces, tema que abordó recientemente el Licenciado José Quesada Fernández aquí en República, opina que “tal como dice el gran tratadista Carneluti -los jueces debieran ser semidioses-, significa que deben tener personalidad, carácter, independencia de criterio, testimonio de vida, para que verdaderamente le hagan frente a los embates de la misma judicatura”.

Afirma que “los jueces no se pueden dejar intimidar por las partes, por la defensa, por los superiores, deben ser totalmente independientes e imparciales”.

Un juez entonces, acorde a Fuentes Destarac, debe ser una persona con las cualidades de independencia, carácter e imparcialidad.

“Por supuesto además de la absoluta honorabilidad y honradez que deben ser inherentes a ese profesional”.

Cuando hablamos de cómo la población se ve afectada por un organismo judicial que, según la opinión de varios expertos está debilitado, Fuentes Destarac afirma “Si no hay certeza jurídica, que significa la previsibilidad de la aplicación de las leyes por ejemplo, los agentes económicos no saben como comportarse y eso genera una incertidumbre tremenda”.

La fiscalización de los jueces

Un actuar fuera de la ley puede afectarles o repercutirles en su carrera judicial, explica Fuentes Destarac.

Estrictamente dentro del marco de la evaluación de las decisiones de los jueces, está el marco de las instancias: un juez de primera instancia toma una decisión, existe un tribunal de segunda instancia conformado por tres magistrados que evalúan esa decisión, y mas allá existe la posibilidad del accionar de casación frente a la Corte Suprema de Justicia en donde hay otros magistrados que revisan a su vez esta decisión”.

Luego amplía que, de haber violaciones a los derechos humanos hay recursos como la acción de amparo que eventualmente llega a una Corte de Constitucionalidad.

“Pero si digamos, un juez incurre en irregularidades o anomalías dentro de su proceder, existen las juntas de disciplina judicial donde se presentan las quejas de jueces.

y hay un sistema de sanciones
mario fuentes destarac

En el Decreto 41-99 – Ley de la Carrera Judicial se amplían las faltas y sanciones en las que pueden incurrir y sufrir los jueces al momento de no actuar en ley.

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