Este año la Secretaría de Bienestar Social (SBS) reubicó a los adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, en los distintos reclusorios, con el objetivo de brindarles una mayor atención integral.
Para conocer el proceso que llevó esa reasignación en los reclusorios de adolescentes, Francisco Molina, subsecretario de Reinserción y Resocialización otorgó una entrevista a República GT.
En la conversación cuenta detalles de la selección y los aspectos que se tomaron en cuenta para la reubicación.
Francisco Molina subsecretario de Reinserción y Resocialización
1. ¿Cómo fueron perfilados los jóvenes para la reubicación?
A través de los equipos multidisciplinarios en coordinación con el área de procuración de cada Centro. Lo primero que se hizo fue analizar cada expediente de los adolescentes antes de ser trasladado, evaluando la situación legal ante los Juzgados correspondientes así como el grupo etario de pertenencia. Luego se verificó que el adolescente trasladado fuera acorde a un Centro de cumplimiento o de situación provisional.
2. ¿Por qué se hizo la reubicación de los adolescentes?
La separación se hizo para cumplir no solo la instrucción emanada por Verónica Galicia, Juez de Control de Ejecución de Medidas para ACLP, sino velando por el interés superior del adolescente. Pero principalmente hacer cumplir, por primera vez desde la creación de la Ley Pina, la distribución de los adolescentes según art. 136 grupos etarios art. 261 Continuación del internamiento de los mayores de edad. así como art. 180 literal g) y el 248 numeral No. 5 en la separación según su situación jurisdiccional antes los juzgados correspondientes.
3. ¿Cómo están ubicados los adolescentes en la actualidad?
Las y los adolescentes están separados según su situación legal ante los Juzgados correspondientes de niñez y adolescencia así como el grupo etario.
4. ¿Cuánto tiempo llevó la reubicación y perfilación de los chicos?
La perfilación de los jóvenes mayores de 18 años se realizó en un tiempo estimado de 5 meses. La reubicación fue en 3 días e inició el proceso de adaptación el cual ha sido progresivo.
5. ¿ Cuáles son los beneficios de la reubicación?
Bajar niveles de hacinamiento dentro de los Centro Juveniles de Privación de Libertad y mejorar la convivencia entre los adolescentes, de un 170% de hacinamiento hace 1 año a un 49% de sobrepoblación actualmente y se sigue trabajando para llegar a 0 hacinamiento para finales del 2019. La reubicación se hace por separación por grupos etarios y separación según su situación jurídica.
5. ¿Qué espera la SBS con la reubicación?
Brindar una mejor atención integral, cumplir con las normativas legales y convenios internacionales sobre el trato con menores privados de libertad. Además que el interés superior del adolescente prevalezca y que se respeten sus derechos y mejorar la seguridad y control dentro de los centros. Por último se mejora la resocialización y reinserción, de manera que baje los índices de violencia y mejorar La Paz social para una mejor Guatemala.
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Para conocer el proceso que llevó esa reasignación en los reclusorios de adolescentes, Francisco Molina, subsecretario de Reinserción y Resocialización otorgó una entrevista a República GT.
En la conversación cuenta detalles de la selección y los aspectos que se tomaron en cuenta para la reubicación.
Francisco Molina subsecretario de Reinserción y Resocialización
1. ¿Cómo fueron perfilados los jóvenes para la reubicación?
A través de los equipos multidisciplinarios en coordinación con el área de procuración de cada Centro. Lo primero que se hizo fue analizar cada expediente de los adolescentes antes de ser trasladado, evaluando la situación legal ante los Juzgados correspondientes así como el grupo etario de pertenencia. Luego se verificó que el adolescente trasladado fuera acorde a un Centro de cumplimiento o de situación provisional.
2. ¿Por qué se hizo la reubicación de los adolescentes?
La separación se hizo para cumplir no solo la instrucción emanada por Verónica Galicia, Juez de Control de Ejecución de Medidas para ACLP, sino velando por el interés superior del adolescente. Pero principalmente hacer cumplir, por primera vez desde la creación de la Ley Pina, la distribución de los adolescentes según art. 136 grupos etarios art. 261 Continuación del internamiento de los mayores de edad. así como art. 180 literal g) y el 248 numeral No. 5 en la separación según su situación jurisdiccional antes los juzgados correspondientes.
3. ¿Cómo están ubicados los adolescentes en la actualidad?
Las y los adolescentes están separados según su situación legal ante los Juzgados correspondientes de niñez y adolescencia así como el grupo etario.
4. ¿Cuánto tiempo llevó la reubicación y perfilación de los chicos?
La perfilación de los jóvenes mayores de 18 años se realizó en un tiempo estimado de 5 meses. La reubicación fue en 3 días e inició el proceso de adaptación el cual ha sido progresivo.
5. ¿ Cuáles son los beneficios de la reubicación?
Bajar niveles de hacinamiento dentro de los Centro Juveniles de Privación de Libertad y mejorar la convivencia entre los adolescentes, de un 170% de hacinamiento hace 1 año a un 49% de sobrepoblación actualmente y se sigue trabajando para llegar a 0 hacinamiento para finales del 2019. La reubicación se hace por separación por grupos etarios y separación según su situación jurídica.
5. ¿Qué espera la SBS con la reubicación?
Brindar una mejor atención integral, cumplir con las normativas legales y convenios internacionales sobre el trato con menores privados de libertad. Además que el interés superior del adolescente prevalezca y que se respeten sus derechos y mejorar la seguridad y control dentro de los centros. Por último se mejora la resocialización y reinserción, de manera que baje los índices de violencia y mejorar La Paz social para una mejor Guatemala.
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