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#CorreTiempo| Últimos días para exoneración de multas de tránsito

Glenda Sanchez
15 de diciembre, 2018
El próximojueves 20 de diciembre vence el plazo de la exoneración de porcentajes de las multas de tránsito que otorgó el Concejo Municipal de Ciudad Guatemala, desde el pasado noviembre.
Las multas que están siendo exoneradas son las emitidas del 1 de enero de 1998 a 5 de noviembre 2018, que tendrá vigencia hasta 20 de  diciembre  próximo.
La Municipalidad de Guatemala dio a conocer las exoneraciones a través del acuerdo COM-18-2018, que contempla la exoneración de multas de tránsito y multas administrativas.

TUIT

Detalles del Acuerdo 
“El Acuerdo establece que la medida tendrá vigencia de 45 días calendario, que comenzaron el 5 d noviembre”, informó Amilcar Montejo, Intendente de Tránsito de la Comuna de Guatemala.

Además dijo que la exoneración aplica para las sanciones impuestas por la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (Emetra) y las multas administrativas impuestas por la Superintendencia de Transporte Público Colectivo Urbano (STP).

Las exoneraciones aplican para las impuestas a partir de 1998 y el porcentaje de exoneración también varía entre 50 y 95 por ciento.

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Exoneraciones de multa

El acuerdo manda el 95 por ciento de la exoneración de las multas con sus intereses y multas administrativas impuestas entre el 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre del 2013.

También exonera el 90% de las multas con sus intereses y multas administrativas impuestas del 1 de enero del 2014 al 31 de diciembre del 2016.

La exoneración del 50% de las multas de tránsito con sus intereses y multas administrativas impuestas del 1 de enero del 2017 a la entrada en vigor del presente acuerdo.

Se contempla el 90% de exoneración en concepto de tasa por depósito en los predios municipales de los vehículos consignados.

Esta exoneración está condicionada al retiro de los vehículos durante los 45 días de vigencia de este acuerdo y no aplica para automotores que están en proceso de subasta pública.

El documento aclara que este acuerdo no aplica a las multas de tránsito, intereses y multas administrativas, cuyo pago se exige por la vía económico coactivo.

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Las multas que están siendo exoneradas son las emitidas del 1 de enero de 1998 a 5 de noviembre 2018, que tendrá vigencia hasta 20 de  diciembre  próximo.
La Municipalidad de Guatemala dio a conocer las exoneraciones a través del acuerdo COM-18-2018, que contempla la exoneración de multas de tránsito y multas administrativas.

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“El Acuerdo establece que la medida tendrá vigencia de 45 días calendario, que comenzaron el 5 d noviembre”, informó Amilcar Montejo, Intendente de Tránsito de la Comuna de Guatemala.

Además dijo que la exoneración aplica para las sanciones impuestas por la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana (Emetra) y las multas administrativas impuestas por la Superintendencia de Transporte Público Colectivo Urbano (STP).

Las exoneraciones aplican para las impuestas a partir de 1998 y el porcentaje de exoneración también varía entre 50 y 95 por ciento.

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El acuerdo manda el 95 por ciento de la exoneración de las multas con sus intereses y multas administrativas impuestas entre el 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre del 2013.

También exonera el 90% de las multas con sus intereses y multas administrativas impuestas del 1 de enero del 2014 al 31 de diciembre del 2016.

La exoneración del 50% de las multas de tránsito con sus intereses y multas administrativas impuestas del 1 de enero del 2017 a la entrada en vigor del presente acuerdo.

Se contempla el 90% de exoneración en concepto de tasa por depósito en los predios municipales de los vehículos consignados.

Esta exoneración está condicionada al retiro de los vehículos durante los 45 días de vigencia de este acuerdo y no aplica para automotores que están en proceso de subasta pública.

El documento aclara que este acuerdo no aplica a las multas de tránsito, intereses y multas administrativas, cuyo pago se exige por la vía económico coactivo.

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