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MP solicita antejuicio contra alcalde de San Antonio Aguas Calientes

Glenda Sanchez
08 de febrero, 2019

El Ministerio Público (MP) solicitó antejuicio contra Mynor Ariel López Hernández, alcalde de San Antonio, Aguas Calientes, Sacatepéquez.

El retiro de la inmunidad que solicitó este viernes el MP es por su presunta participación en el delito de retención de información

El 9 de enero del 2017 una persona particular solicitó a la Unidad de Acceso a la Información Pública, fotocopia simple de diversos documentos, entre estos expedientes de compras, publicaciones en Guatecompras, nóminas de personal 011, 022, 029 y 035 y actas de las sesiones del Concejo Municipal.

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Solo copias

El 19 de enero del 2017 se pidió prórroga para la entrega de la documentación solicitada. El 31 de enero de ese año, en un nuevo oficio se le informó al solicitante que solo se le entregarían copias certificadas de la documentación requerida, y conforme a las Tasas Municipales autorizadas por medio de Acta 1-2017.

El MP informó que el acta fue suscrita el 26 de enero del año 2017, en sesión del Concejo Municipal.

Además, la Unidad informó que debía cancelar la cantidad de Q25 por cada una de las certificaciones que se le extenderían.

Negaron información

  • El 2 de febrero de 2017 el solicitante de la información, por medio de memorial, indicó que no se encontraba obligado a pagar las certificaciones que se pretendía extender, pues únicamente se habían solicitado copias simples de los documentos.
  • El 6 de febrero de 2017, se notificó al solicitante que la documentación requerida ya se encontraba lista para su entrega, requiriéndole la presentación del Recibo de Ingresos Diversos, por medio del cual se acreditara el pago de las certificaciones.

Por las arbitrariedades cometidas por el Encargado de la Unidad de Acceso a la Información Pública, para obstruir la obtención de los datos, el solicitante promovió Recurso de Revisión.

El Recurso de Revisión fue conocido y resuelto en forma desfavorable por los miembros del Concejo Municipal, incluyendo al alcalde.

“Lo resuelto materializa la obstrucción al derecho humano de tener acceso a la información pública que se había solicitado”, informó la Fiscalía contra la Corrupción del MP.

Agregó que se transgredieron los principios de gratuidad y sencillez, que establece la Ley de Acceso a la Información Pública.

“Ante las ilegalidades cometidas, oportunamente fueron procesados penalmente por el delito de retención de información, los demás integrantes del Concejo Municipal de San Antonio Aguas Calientes y el encargado de la Unidad de Acceso a la Información Pública”, afirmó el MP.

Miembros del Concejo señalados en el caso:

  • Oscar Ofelio López Pérez
  • Alba Yolanda López López
  • Raúl Damián Santos Apen
  • Macario López y López
  • Víctor Hernández Godínez
  • Arturo López y López
  • Carlos Arístides Guachín López,

La Fiscalía indicó que a los señalados se les concedido el beneficio procesal de la Suspensión Condicional de la Persecución Penal, y se les impuso: participar en curso de capacitación en la Secretaría Ejecutiva de Información Pública de la PDH y efectuar una donación de Q1 mil 500 a favor de una entidad asistencial.

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El retiro de la inmunidad que solicitó este viernes el MP es por su presunta participación en el delito de retención de información

El 9 de enero del 2017 una persona particular solicitó a la Unidad de Acceso a la Información Pública, fotocopia simple de diversos documentos, entre estos expedientes de compras, publicaciones en Guatecompras, nóminas de personal 011, 022, 029 y 035 y actas de las sesiones del Concejo Municipal.

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El 19 de enero del 2017 se pidió prórroga para la entrega de la documentación solicitada. El 31 de enero de ese año, en un nuevo oficio se le informó al solicitante que solo se le entregarían copias certificadas de la documentación requerida, y conforme a las Tasas Municipales autorizadas por medio de Acta 1-2017.

El MP informó que el acta fue suscrita el 26 de enero del año 2017, en sesión del Concejo Municipal.

Además, la Unidad informó que debía cancelar la cantidad de Q25 por cada una de las certificaciones que se le extenderían.

Negaron información

  • El 2 de febrero de 2017 el solicitante de la información, por medio de memorial, indicó que no se encontraba obligado a pagar las certificaciones que se pretendía extender, pues únicamente se habían solicitado copias simples de los documentos.
  • El 6 de febrero de 2017, se notificó al solicitante que la documentación requerida ya se encontraba lista para su entrega, requiriéndole la presentación del Recibo de Ingresos Diversos, por medio del cual se acreditara el pago de las certificaciones.

Por las arbitrariedades cometidas por el Encargado de la Unidad de Acceso a la Información Pública, para obstruir la obtención de los datos, el solicitante promovió Recurso de Revisión.

El Recurso de Revisión fue conocido y resuelto en forma desfavorable por los miembros del Concejo Municipal, incluyendo al alcalde.

“Lo resuelto materializa la obstrucción al derecho humano de tener acceso a la información pública que se había solicitado”, informó la Fiscalía contra la Corrupción del MP.

Agregó que se transgredieron los principios de gratuidad y sencillez, que establece la Ley de Acceso a la Información Pública.

“Ante las ilegalidades cometidas, oportunamente fueron procesados penalmente por el delito de retención de información, los demás integrantes del Concejo Municipal de San Antonio Aguas Calientes y el encargado de la Unidad de Acceso a la Información Pública”, afirmó el MP.

Miembros del Concejo señalados en el caso:

  • Oscar Ofelio López Pérez
  • Alba Yolanda López López
  • Raúl Damián Santos Apen
  • Macario López y López
  • Víctor Hernández Godínez
  • Arturo López y López
  • Carlos Arístides Guachín López,

La Fiscalía indicó que a los señalados se les concedido el beneficio procesal de la Suspensión Condicional de la Persecución Penal, y se les impuso: participar en curso de capacitación en la Secretaría Ejecutiva de Información Pública de la PDH y efectuar una donación de Q1 mil 500 a favor de una entidad asistencial.

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