El Registro de Ciudadanos del TSE identificó varios casos que contravienen la LEPP por ser propaganda anticipada y pauta en redes sociales.
El candidato de la coalición Partido de Avanzada Nacional (PAN)- Podemos, Roberto Arzú García Granados, incurrió en propaganda anticipada y varios casos de publicidad en redes sociales.
La resolución del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), documenta 13 publicaciones en la red social Facebook de Roberto Arzú, en la que promocionó su imagen antes del comienzo de la campaña electoral, y otras por haber pagado por incrementar el alcance de las mismas.
En al cuenta de Twitter fueron contabilizadas 11 publicaciones, con las mismas características que los hallazgos en Facebook.
Algunas de las publicaciones previas a la fecha en que comenzó la propaganda electoral, se refieren a promesas de campaña, como cerrar el Inguat, quitar el IVA a los medicamentos y sacar al ejército “a la calle”.
“Incurrieron en actividad de propaganda política electoral anticipada. Que la infracción a las normas legales anteriormente descritas, impone multa a la coalición de PAN-Podemos y al señor Roberto Arzú, de US$80 mil” señala la resolución.
Estas acciones de Arzú le costarán ahora a la coalición, Q612 mil. Sin embargo, las agrupaciones tienen cinco días para impugnar el fallo.
Si el pleno de magistrados rechaza el recurso, PAN-Podemos debe cancelar la cantidad en 30 días, de lo contrario no podrá realizar ninguna gestión ante el TSE.
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