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Sala suspende resolución de jueza Aifán en caso Botrán y Arenas

Luis Gonzalez
26 de abril, 2019

La Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal concedió un amparo provisional a favor de Andrés Botrán y Rodrigo Arenas, ligados a proceso por financiamiento electoral no registrado.

El recurso suspende lo resuelto el 22 de marzo por la jueza de Mayor Riesgo D, Ericka Aifán, quien en esa fecha envió a juicio a Botrán y Arenas.

Según la defensa de los citados, la Sala observó violaciones e irregularidades en lo actuado por la jueza y por ello decidió la protección provisional.

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Aifán fijó para el 7 de mayo la presentación de pruebas a utilizar en el juicio y el 22 de mayo para el inicio del debate, pero todo esto quedó suspendido hasta que exista un fallo definitivo del amparo.

Algunas irregularidades, según la defensa

La defensa de Andrés Botrán asegura que con la derogación del segundo párrafo del artículo 407 N, del Código Procesal Penal, no existe delito que se pueda imputar a su defendido, quien es acusado por el Ministerio Público (MP) de financiar de manera irregular al partido Frente de Convergencia Nacional-Nación, en 2015.

La defensa detalla que tampoco es viable que el MP cambie su acusación por un delito que no existía al momento de hacer el aporte “económico en mención” por el que se señala a Botrán.

“El delito vigente en ese periodo era financiamiento electoral ilícito y eso fue reformado por delito de financiamiento electoral no reportado“, señala la defensa de Botran.

Extracto de la presentación que se proyectó en la audiencia de fase intermedia en el caso contra Andrés Botrán y Rodrigo Arenas.

PGN no ve delito

Parte del argumento de la defensa de Botrán coincide con la postura de la Procuraduría General de la Nación (PGN), que concluyó que en este proceso no hay acciones ilícitas que se deban presentar en un Tribunal de Sentencia de Penal.

“EL DELITO DE FINANCIAMIENTO ELECTORAL NO REGISTRADO NO PUEDE APLICARSE A LOS PROCESOS EN TRÁMITE POR QUE ESTO VIOLARÍA LOS PRINCIPIOS DE IRRETROACTIVIDAD Y LEGALIDAD QUE RIGEN EL PROCESO PENAL”, CITÓ ANTE LA JUZGADORA EL REPRESENTANTE DE LA PGN.

La PGN añadió que ese decreto creó un nuevo delito, el financiamiento electoral no registrado y con ello se tipifica una nueva conducta.

“El artículo 2 del Código Procesal Penal dispone que no hay proceso sin ley (…) no podrá iniciarse proceso o querella sino por actos calificados como delitos o faltas por una ley anterior, sin ese prepuesto es nulo lo actuado”, afirmó elrepresentante de la PGN.

Arenas: “No hubo delito”

Rodrigo Arenas ha insistido que no aportó recursos para el partido oficial, como se le acusa.

Además, ha indicado que desde la “conferencia ilegal” que dio la exfiscal Thelma Aldana, el 19 de abril de 2018, ha sido acusado de cuatro hechos distintos: “haber sido indispensable, de ser el actor intelectual, de ser parte de, de ser el actor intelectual…”

“Se me señala de ser un asesor administrativo y financiero de un partido político (…) con el que no tengo, ni tuve ninguna comunicación, llegan al extremo de afirmar que la campaña cívica: ‘ No desperdicies tu voto’ , fue usada para promocionar a un partido político”, afirmó Arenas.

Añadió: “No logro entender cómo pueden justificar esas acusaciones y tampoco que yo sea el único guatemalteco, probablemente desde que esta ley está vigente, el único guatemalteco ligado sin haber entregado o recibido un solo centavo“.

Rodrigo Arenas junto con su abogado defensor en la audiencia de fase intermedia en el Juzgado de Mayor Riesgo D. (Foto República: Winter Flores)

Arenas ha dicho que -fiscales y jueza- pudieron ser sorprendidos en su buena fe y que no entiende cuál fue la motivación de Paulina Paiz, la colaboradora eficaz en este caso, para mentir de esa manera.

“Me imagino que alguno de los asesores tenían o tienen alguna agenda oculta para poner a Paulina Paiz en una situación vergonzosa, vulnerable y peligrosa“, concluyó Arenas.

La defensa de Arenas enfatiza que nunca hubo dolo, móvil, agravio o intención de mantener el anonimato, pues “jamás Arenas pidió ser o estar en anonimato, “el único fin era defender el voto y eso no es delito”.

No hay correos ni declaraciones que acrediten o vinculen a Rodrigo Arenas con el partido FCN-Nación (…) tampoco se registra algún tipo de financiamiento”, detalla la defensa.

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El recurso suspende lo resuelto el 22 de marzo por la jueza de Mayor Riesgo D, Ericka Aifán, quien en esa fecha envió a juicio a Botrán y Arenas.

Según la defensa de los citados, la Sala observó violaciones e irregularidades en lo actuado por la jueza y por ello decidió la protección provisional.

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Algunas irregularidades, según la defensa

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La defensa detalla que tampoco es viable que el MP cambie su acusación por un delito que no existía al momento de hacer el aporte “económico en mención” por el que se señala a Botrán.

“El delito vigente en ese periodo era financiamiento electoral ilícito y eso fue reformado por delito de financiamiento electoral no reportado“, señala la defensa de Botran.

Extracto de la presentación que se proyectó en la audiencia de fase intermedia en el caso contra Andrés Botrán y Rodrigo Arenas.

PGN no ve delito

Parte del argumento de la defensa de Botrán coincide con la postura de la Procuraduría General de la Nación (PGN), que concluyó que en este proceso no hay acciones ilícitas que se deban presentar en un Tribunal de Sentencia de Penal.

“EL DELITO DE FINANCIAMIENTO ELECTORAL NO REGISTRADO NO PUEDE APLICARSE A LOS PROCESOS EN TRÁMITE POR QUE ESTO VIOLARÍA LOS PRINCIPIOS DE IRRETROACTIVIDAD Y LEGALIDAD QUE RIGEN EL PROCESO PENAL”, CITÓ ANTE LA JUZGADORA EL REPRESENTANTE DE LA PGN.

La PGN añadió que ese decreto creó un nuevo delito, el financiamiento electoral no registrado y con ello se tipifica una nueva conducta.

“El artículo 2 del Código Procesal Penal dispone que no hay proceso sin ley (…) no podrá iniciarse proceso o querella sino por actos calificados como delitos o faltas por una ley anterior, sin ese prepuesto es nulo lo actuado”, afirmó elrepresentante de la PGN.

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Además, ha indicado que desde la “conferencia ilegal” que dio la exfiscal Thelma Aldana, el 19 de abril de 2018, ha sido acusado de cuatro hechos distintos: “haber sido indispensable, de ser el actor intelectual, de ser parte de, de ser el actor intelectual…”

“Se me señala de ser un asesor administrativo y financiero de un partido político (…) con el que no tengo, ni tuve ninguna comunicación, llegan al extremo de afirmar que la campaña cívica: ‘ No desperdicies tu voto’ , fue usada para promocionar a un partido político”, afirmó Arenas.

Añadió: “No logro entender cómo pueden justificar esas acusaciones y tampoco que yo sea el único guatemalteco, probablemente desde que esta ley está vigente, el único guatemalteco ligado sin haber entregado o recibido un solo centavo“.

Rodrigo Arenas junto con su abogado defensor en la audiencia de fase intermedia en el Juzgado de Mayor Riesgo D. (Foto República: Winter Flores)

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