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¿Qué es justicia social?

Redacción República
19 de junio, 2019

Justicia Social: José Azel comparte su opinión sobre el término

La justicia social examina cómo una sociedad escoge distribuir las cosas que valora, entre ellas ingresos, riqueza, poder, y más. La justicia social pregunta: ¿Qué es lo correcto a hacer? Hace casi 2,500 años Platón discutió filosóficamente sobre justicia, y todavía no logramos un entendimiento.

El filósofo contemporáneo Michael J Sandel identifica tres objetivos que una sociedad puede utilizar para regular la distribución de bienes -maximizar el bienestar social, promover virtudes en la ciudadanía, o respetar las libertades individuales. Cada una de esas ideas rivales requiere un diferente concepto de justicia, y cada una encuentra su camino en nuestras leyes.

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La idea de que el bienestar social se determina como consecuencia de una política está enraizada en la filosofía del utilitarismo, que sostiene que lo correcto a hacer es lo que maximice el bienestar social. Para los utilitaristas una política justa es la que incremente la felicidad colectiva de la sociedad. Creen que el supremo principio de moralidad es maximizar la felicidad evaluando costos y beneficios.

Alternativamente, el concepto de que para que una ley sea justa debe elevar las virtudes de los ciudadanos refleja la visión aristotélica de que la ley debe interesarse en lo que es una vida virtuosa. Según Aristóteles, la ley debería asignar los bienes para promover virtudes de la ciudadanía. Pero como hay conceptos alternativos sobre lo que es una sociedad virtuosa, nuestro pensamiento moderno es que la ley debería ser neutral al respecto.

Las teorías de justicia que patrocinan nuestros derechos no deben depender de ningún concepto particular de virtud. La libertad requiere que las personas, por sí mismas, escojan la mejor manera de vivir.

Ambas ideas de justicia social chocan con el tercer enfoque de justicia del profesor Sandel, que define  justicia como el respeto de las libertades y derechos individuales. Esta es una concepción de libre mercado de la justicia que reconoce y protege nuestras opciones voluntarias. Los mercados permiten a las personas escoger cómo valorar las cosas que deciden intercambiar. Respetan nuestras libertades individuales.

La idea utilitarista de que una política justa es la que incrementa la felicidad colectiva de la sociedad suena razonable hasta que comenzamos a explorar sus valores. Por ejemplo, ¿la moralidad es cuestión de calcular costos y beneficios, o existen derechos humanos por sobre tales cálculos? El filósofo utilitarista Jeremy Bentham (1748-1832) dejó clara la posición utilitarista ridiculizando los derechos naturales llamándolos “sinsentidos sobre zancos”. El utilitarismo, al centrarse en la “felicidad suprema”, no puede respetar los derechos individuales 

En nuestra sociedad esos conceptos filosóficos se ilustran mejor en políticas que gravan a los ricos desproporcionadamente para supuestamente ayudar al pobre. Veamos un ejemplo con los impuestos. De acuerdo al Servicio de Rentas Internas, nuestras políticas impositivas en 2014 muestran que la parte del ingreso recibido por el uno por ciento de los contribuyentes de mayores ingresos fue del 20.6%. Pero la parte de impuestos federales pagada por ellos fue del 39.5%. Este 39.5% de impuestos pagados fue mayor que la parte de impuestos que pagó todo el 90% de menos ingresos (29.1%). El 50% de los contribuyentes de mayores ingresos pagó el 97.3% de los impuestos, mientras el 50% de menos ingresos pagó el remanente 2.7%.

Para algunos tal desproporción es adecuada. Para otros, viola nuestros derechos fundamentales. Independientemente de las buenas intenciones del gobierno, las personas (en este ejemplo individuos de altos ingresos) no deben ser utilizadas como medios para el bienestar de otros. ¿Sobre qué bases nuestro trabajo debe estar a disposición de la sociedad? Los seres humanos merecen respeto del gobierno, independientemente de quiénes son o cuánto ganen. Esas políticas impositivas emplean a individuos de altos ingresos como instrumentos para el avance de la felicidad colectiva de otros.

Nuestro código impositivo refleja una concepción de justicia basada en cierto entendimiento de la vida virtuosa, y entra en conflicto con la libertad. Fines, incluso deseables, no deben suplantar nuestros derechos individuales. Justicia social no significa maximizar felicidad. Justicia social es respetar a las personas como fines en sí mismos. Seamos cuidadosos: si el consentimiento democrático valida apropiarse de nuestras propiedades, ¿también justifica quitarnos la libertad?

El último libro del Dr Azel es “Libertad para Novatos”.

[email protected]

¿Qué es justicia social?

Redacción República
19 de junio, 2019

Justicia Social: José Azel comparte su opinión sobre el término

La justicia social examina cómo una sociedad escoge distribuir las cosas que valora, entre ellas ingresos, riqueza, poder, y más. La justicia social pregunta: ¿Qué es lo correcto a hacer? Hace casi 2,500 años Platón discutió filosóficamente sobre justicia, y todavía no logramos un entendimiento.

El filósofo contemporáneo Michael J Sandel identifica tres objetivos que una sociedad puede utilizar para regular la distribución de bienes -maximizar el bienestar social, promover virtudes en la ciudadanía, o respetar las libertades individuales. Cada una de esas ideas rivales requiere un diferente concepto de justicia, y cada una encuentra su camino en nuestras leyes.

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La idea de que el bienestar social se determina como consecuencia de una política está enraizada en la filosofía del utilitarismo, que sostiene que lo correcto a hacer es lo que maximice el bienestar social. Para los utilitaristas una política justa es la que incremente la felicidad colectiva de la sociedad. Creen que el supremo principio de moralidad es maximizar la felicidad evaluando costos y beneficios.

Alternativamente, el concepto de que para que una ley sea justa debe elevar las virtudes de los ciudadanos refleja la visión aristotélica de que la ley debe interesarse en lo que es una vida virtuosa. Según Aristóteles, la ley debería asignar los bienes para promover virtudes de la ciudadanía. Pero como hay conceptos alternativos sobre lo que es una sociedad virtuosa, nuestro pensamiento moderno es que la ley debería ser neutral al respecto.

Las teorías de justicia que patrocinan nuestros derechos no deben depender de ningún concepto particular de virtud. La libertad requiere que las personas, por sí mismas, escojan la mejor manera de vivir.

Ambas ideas de justicia social chocan con el tercer enfoque de justicia del profesor Sandel, que define  justicia como el respeto de las libertades y derechos individuales. Esta es una concepción de libre mercado de la justicia que reconoce y protege nuestras opciones voluntarias. Los mercados permiten a las personas escoger cómo valorar las cosas que deciden intercambiar. Respetan nuestras libertades individuales.

La idea utilitarista de que una política justa es la que incrementa la felicidad colectiva de la sociedad suena razonable hasta que comenzamos a explorar sus valores. Por ejemplo, ¿la moralidad es cuestión de calcular costos y beneficios, o existen derechos humanos por sobre tales cálculos? El filósofo utilitarista Jeremy Bentham (1748-1832) dejó clara la posición utilitarista ridiculizando los derechos naturales llamándolos “sinsentidos sobre zancos”. El utilitarismo, al centrarse en la “felicidad suprema”, no puede respetar los derechos individuales 

En nuestra sociedad esos conceptos filosóficos se ilustran mejor en políticas que gravan a los ricos desproporcionadamente para supuestamente ayudar al pobre. Veamos un ejemplo con los impuestos. De acuerdo al Servicio de Rentas Internas, nuestras políticas impositivas en 2014 muestran que la parte del ingreso recibido por el uno por ciento de los contribuyentes de mayores ingresos fue del 20.6%. Pero la parte de impuestos federales pagada por ellos fue del 39.5%. Este 39.5% de impuestos pagados fue mayor que la parte de impuestos que pagó todo el 90% de menos ingresos (29.1%). El 50% de los contribuyentes de mayores ingresos pagó el 97.3% de los impuestos, mientras el 50% de menos ingresos pagó el remanente 2.7%.

Para algunos tal desproporción es adecuada. Para otros, viola nuestros derechos fundamentales. Independientemente de las buenas intenciones del gobierno, las personas (en este ejemplo individuos de altos ingresos) no deben ser utilizadas como medios para el bienestar de otros. ¿Sobre qué bases nuestro trabajo debe estar a disposición de la sociedad? Los seres humanos merecen respeto del gobierno, independientemente de quiénes son o cuánto ganen. Esas políticas impositivas emplean a individuos de altos ingresos como instrumentos para el avance de la felicidad colectiva de otros.

Nuestro código impositivo refleja una concepción de justicia basada en cierto entendimiento de la vida virtuosa, y entra en conflicto con la libertad. Fines, incluso deseables, no deben suplantar nuestros derechos individuales. Justicia social no significa maximizar felicidad. Justicia social es respetar a las personas como fines en sí mismos. Seamos cuidadosos: si el consentimiento democrático valida apropiarse de nuestras propiedades, ¿también justifica quitarnos la libertad?

El último libro del Dr Azel es “Libertad para Novatos”.

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