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La Comisión de Postulación: vital en elección de Magistrados

María Inés Rivera
15 de julio, 2019

La Comisión de postulación en el caso de la elección de magistrados es muy importante.

Su deber es proponer la lista de candidatos con un perfil idóneo para tales cargos y por eso nos hemos dado a la tarea de explicar un poco más acerca de la misma.

¿Cómo se conforma la Comisión de Postulación?

El Congreso de la República es el encargado de convocar a integrar las comisiones de postulación del o funcionarios que deben ser electos.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

Esto deben hacerlo con 4 meses de anticipación a que termine el plazo del cargo, en este caso en octubre del presente año.

Comisión de Postulación

La Comisión de Postulación se integra de la siguiente manera:

  1. Un representante de los Rectores de las Universidades del país, quien la preside
  2. Los Decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de las Universidades del país
  3. Un número equivalente de representantes electos por Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios
  4. Igual número de representantes de los Magistrados titulares de la Corte de Apelaciones electos por el Instituto de Magistrados

La elección de la presidencia de las comisión de postulación es a través de sorteo público.

Es el presidente de la Comisión quién convoca a sesión a sus miembros y para la celebración de las sesiones se requiere la presencia de 2/3 partes de los miembros que la integran.

Para la toma de decisiones se requiere el voto de las 2/3 partes que integran la comisión. Es importante que tengamos claro que las reuniones deben ser públicas.

¿Cómo elaboran el perfil de la lista de la nómina de 26 candidatos?

La Comisión de postulación elaboran el perfil de los profesionales. Para tal efecto consideran estos aspectos:

  • Ético: lo relacionado con la moral, honorabilidad, rectitud, independencia e imparcialidad comprobadas. Para esto deben presentar:
    • Constancia de ser colegiado activo
    • Constancia de certificación donde consten años de ejercicio profesional. Pueden también presentar una constancia de haber desempeñado un período completo como Magistrados de la CSJ o Magistrados de la Corte de Apelaciones.
    • Constancia de Antecedentes Policiácos
    • Antecedentes penales
    • Constancia de no haber sido sancionados por el tribunal de honor del colegio profesional.
    • Declaración jurada en donde conste que el candidato esta en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Que no ha sido inhabilitado para ejercer cargos públicos.
  • Académico: comprende lo relacionado con la docencia universitaria, títulos académicos, estudios, ensayos, publicaciones, participación en eventos académicos o méritos obtenidos.
  • Profesional: Comprende todo lo relativo con la experiencia profesional del aspirante, quien tiene que cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución Política de la República o leyes aplicables, según el cargo al cuál opte.
  • Proyección humana: Comprende aspectos relacionados con la vocación de servicio y liderazgo.

Siguiente paso: Tabla de gradación

La comisión de postulación debe aprobar una tabla de gradación de calificaciones de los aspirantes de 1 a 100 puntos, con el objetivo de cuantificar numéricamente en una sola tabla en 4 pasos considerando méritos:

  • Éticos
  • Académicos
  • Profesionales
  • Méritos de proyección humana

Tienen también la tarea de verificar que se cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

La Comisión de Postulación y sus atribuciones son vitales

Corresponde a la Comisión la Postulación el análisis de los expedientes formados por el Consejo de la Carrera Judicial.

Por otro lado también deben realizar un análisis de los expedientes presentados para los efectos de la elaboración de los listados de candidatos a magistrados de la CSJ y la Corte de Apelaciones. Esto a más tardar 30 días después de la convocatoria.

La Comisión de Postulación como parte del procedimiento de selección -además de la revisión de credenciales e información que le aporta el consejo- incluyen la celebración de entrevistas personales públicas o privadas para garantizar la transparencia del proceso de selección.

Cuentan también con la tarea de calificar los méritos personales y profesionales de los aspirantes.

Tras la realización del proceso de selección, la Comisión remite al Congreso la nomina filtrada de 26 candidatos. Al Congreso de la República le corresponde programar la elección en una sesión plenaria.

La Comisión de Postulación tiene una tarea importante, pues de ella dependerá la calidad de la justicia durante los próximos 5 años.

De su trabajo de depuración, búsqueda y selección conformarán un listado, del cual el Congreso decidirá sobre que hombros caerán uno de los pilares más importantes de la República, el imperio de la ley.


La Comisión de Postulación: vital en elección de Magistrados

María Inés Rivera
15 de julio, 2019

La Comisión de postulación en el caso de la elección de magistrados es muy importante.

Su deber es proponer la lista de candidatos con un perfil idóneo para tales cargos y por eso nos hemos dado a la tarea de explicar un poco más acerca de la misma.

¿Cómo se conforma la Comisión de Postulación?

El Congreso de la República es el encargado de convocar a integrar las comisiones de postulación del o funcionarios que deben ser electos.

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Esto deben hacerlo con 4 meses de anticipación a que termine el plazo del cargo, en este caso en octubre del presente año.

Comisión de Postulación

La Comisión de Postulación se integra de la siguiente manera:

  1. Un representante de los Rectores de las Universidades del país, quien la preside
  2. Los Decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de las Universidades del país
  3. Un número equivalente de representantes electos por Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios
  4. Igual número de representantes de los Magistrados titulares de la Corte de Apelaciones electos por el Instituto de Magistrados

La elección de la presidencia de las comisión de postulación es a través de sorteo público.

Es el presidente de la Comisión quién convoca a sesión a sus miembros y para la celebración de las sesiones se requiere la presencia de 2/3 partes de los miembros que la integran.

Para la toma de decisiones se requiere el voto de las 2/3 partes que integran la comisión. Es importante que tengamos claro que las reuniones deben ser públicas.

¿Cómo elaboran el perfil de la lista de la nómina de 26 candidatos?

La Comisión de postulación elaboran el perfil de los profesionales. Para tal efecto consideran estos aspectos:

  • Ético: lo relacionado con la moral, honorabilidad, rectitud, independencia e imparcialidad comprobadas. Para esto deben presentar:
    • Constancia de ser colegiado activo
    • Constancia de certificación donde consten años de ejercicio profesional. Pueden también presentar una constancia de haber desempeñado un período completo como Magistrados de la CSJ o Magistrados de la Corte de Apelaciones.
    • Constancia de Antecedentes Policiácos
    • Antecedentes penales
    • Constancia de no haber sido sancionados por el tribunal de honor del colegio profesional.
    • Declaración jurada en donde conste que el candidato esta en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Que no ha sido inhabilitado para ejercer cargos públicos.
  • Académico: comprende lo relacionado con la docencia universitaria, títulos académicos, estudios, ensayos, publicaciones, participación en eventos académicos o méritos obtenidos.
  • Profesional: Comprende todo lo relativo con la experiencia profesional del aspirante, quien tiene que cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución Política de la República o leyes aplicables, según el cargo al cuál opte.
  • Proyección humana: Comprende aspectos relacionados con la vocación de servicio y liderazgo.

Siguiente paso: Tabla de gradación

La comisión de postulación debe aprobar una tabla de gradación de calificaciones de los aspirantes de 1 a 100 puntos, con el objetivo de cuantificar numéricamente en una sola tabla en 4 pasos considerando méritos:

  • Éticos
  • Académicos
  • Profesionales
  • Méritos de proyección humana

Tienen también la tarea de verificar que se cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

La Comisión de Postulación y sus atribuciones son vitales

Corresponde a la Comisión la Postulación el análisis de los expedientes formados por el Consejo de la Carrera Judicial.

Por otro lado también deben realizar un análisis de los expedientes presentados para los efectos de la elaboración de los listados de candidatos a magistrados de la CSJ y la Corte de Apelaciones. Esto a más tardar 30 días después de la convocatoria.

La Comisión de Postulación como parte del procedimiento de selección -además de la revisión de credenciales e información que le aporta el consejo- incluyen la celebración de entrevistas personales públicas o privadas para garantizar la transparencia del proceso de selección.

Cuentan también con la tarea de calificar los méritos personales y profesionales de los aspirantes.

Tras la realización del proceso de selección, la Comisión remite al Congreso la nomina filtrada de 26 candidatos. Al Congreso de la República le corresponde programar la elección en una sesión plenaria.

La Comisión de Postulación tiene una tarea importante, pues de ella dependerá la calidad de la justicia durante los próximos 5 años.

De su trabajo de depuración, búsqueda y selección conformarán un listado, del cual el Congreso decidirá sobre que hombros caerán uno de los pilares más importantes de la República, el imperio de la ley.