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Crimen y Castigo: ¿Por qué una persona buena hace cosas malas? (Parte 2)

Pablo Cordón
22 de diciembre, 2019

La semana pasada iniciamos un tema bastante interesante, donde trataba de explicar ¿por qué las personas buenas hacen cosas malas?

Lee la primera parte: ¿Por qué una persona buena hace cosas malas? – Parte 1

En esta segunda parte del artículo, me gustaría compartir una breve explicación del ensayo de Gary Becker: Crimen y Castigo. Naturalmente, cuando lo leí la primera vez, pensé en Dostoievski. Y de cierta forma, hay algunas similitudes.

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La teoría de Becker

En resumen, la teoría de Becker sugiere que las personas hacen sus decisiones de forma racional, tomando en consideración los beneficios de cometer un crimen en relación a sus posibles consecuencias.

Esta idea hace mucho sentido. Seguro en varias ocasiones lo hemos considerado cuando un político corrupto se sale con la suya y es absuelto sin ser multado adecuadamente. Pero esto no sólo funciona en el ámbito político, sino también en el privado.

Si el incentivo es adecuado, el fraude es seguro.

Por ejemplo, en un estudio conducido por la Universidad de Notre Dame y la firma Labaton & Sucharow, una cuarta parte de los encuestados (profesionales financieros de Wall Street), reconocieron que violarían las leyes con tal de obtener beneficios financieros si supieran que no van a ser descubiertos.

Esto es un gran problema ya que supone que si el incentivo es adecuado, el fraude es seguro.

Veamos entonces, Becker propone la siguiente fórmula:

Bp > Cpsy + pp( Ccrim + Csoc ) + Cfav

En donde:

  • Bp = Beneficio percibido: Es el beneficio total que será percibido en caso se lleve a cabo el fraude. Debe contemplarse que se habla de una percepción, por lo que se debe considerar como el beneficio que a percepción del que llevará a cabo el fraude, será generado para sí mismo.
  • Cpsy = Costo psicológico: En palabras simples, representa el poder “vivir y dormir tranquilo” a pesar de cometer el fraude.
  • pp = Probabilidad Percibida
  • Ccrim = Costo Criminal: Quién comete el fraude evaluará el costo criminal de la acción, es decir, el costo que representará estar en la cárcel, abogados, multas, etcétera.
  • Csoc = Costo social: Quien comete el fraude evaluará su costo reputacional ante su círculo social y familiar.
  • Cfav = Costo de los favores: El costo de la colusión. Es decir, que cantidad de dinero deberá ser repartida a terceros con la finalidad de llevar a cabo un fraude mayor.
  • pp = Probabilidad Percibida
  • Ccrim = Costo Criminal: Quién comete el fraude evaluará el costo criminal de la acción, es decir, el costo que representará estar en la cárcel, abogados, multas, etcétera.
  • Csoc = Costo social: Quién comete el fraude evaluará su costo reputacional ante su círculo social y familiar.
  • Cfav = Costo de los favores: El costo de la colusión. Es decir, que cantidad de dinero deberá ser repartida a terceros con la finalidad de llevar a cabo un fraude mayor.

Un ejemplo de Guatemala

Ahora, apliquemos esta fórmula a la vida real. Pensemos en un caso que es bastante “popular” y que no requiere mucha explicación: “El Agua Mágica”.

Por un momento, metámonos en la obscura y torcida mente de cierta dama que no requiere presentación y usando la fórmula de Becker, analicemos rápidamente si vale la pena cometer el ilícito o no.

En el 2014, el estado adjudicó un contrato de “saneamiento” al lago de Amatitlán a una empresa llamada Tarcic.

El monto total del contrato ascendía a Q138 millones. Tomando en cuenta que no era más que agua salada, el costo del “Agua Mágica” no excedería ni una pequeña fracción del costo del contrato por lo que los beneficios serían muy jugosos.

Asumiendo (por otros casos), que al menos el 30% del valor del contrato quedaría en manos de aquella dama, podemos asumir que unos Q40 millones quedarían en su bolsillo. Este es el beneficio percibido (Bp).

Aplicando la fórmula de Becker

Para que la fórmula de Becker funcione, el beneficio percibido debe ser mayor al resto de factores, así que analicémoslos de forma general.

Tomando en cuenta todos los actos de corrupción en los que se vio envuelta podemos asumir que no le costaba dormir en las noches, por lo que el Costo Psicológico (Cpsy) no era ningún problema.

Luego, evaluó el Costo Criminal (Ccrim) de llevar a cabo el fraude. En el momento en que se llevó a cabo, ella era ama y señora del sistema.

Nadie se interpondría en su camino y en su ideario, no habría juez o fiscal que se interpusiera en sus planes, así que seguir adelante era el camino obvio.

En cuanto al Costo Social (Csoc), pues bueno, tampoco era algo que la preocupara y en su actuación nunca mostró remordimiento genuino por lo que alguien pudiera pensar de ella. Con esto, salimos de dos variables más.

Finalmente, el Costo de los Favores (Cfav). Dado que el monto de la estafa era sumamente grande, podemos asumir que dentro de los casi Q140 millones, ya estaban contemplados los costos de sobornar a otros funcionarios.

También el reparto del botín, por lo que no era algo que la preocupara o que fuera a afectar sus beneficios personales.

En conclusión, el Beneficio Percibido fue mayor que el resto de las variables, así que el fraude se cometió.

Afortunadamente para Guatemala, este caso fue detenido por las autoridades, sólo se perdió una fracción del dinero y los implicados están actualmente en la cárcel.

Ahora, es muy probable que también hayan contemplado el escenario en donde se encuentran y que simplemente estuvieron dispuestos a cumplir su tiempo cárcel y quedarse con el botín aun no recuperado.

Al final de cuentas, el tiempo pasa rápido en la cárcel y al salir, “Cosa Juzgada” y a gozar de la plata. Es otro escenario.

No importa si el fraude será grande o pequeño, los actores usarán siempre la misma lógica.

Si el beneficio es mayor a los demás factores, seguro se llevará a cabo el fraude.

Por ello, la conclusión de Becker, es que las consecuencias deben ser fuera de proporción para convertirse en un verdadero factor disuasivo.

Pablo Cordón, es socio fundador de Ethikos Global, una empresa especializada en ética corporativa.

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Crimen y Castigo: ¿Por qué una persona buena hace cosas malas? (Parte 2)

Pablo Cordón
22 de diciembre, 2019

La semana pasada iniciamos un tema bastante interesante, donde trataba de explicar ¿por qué las personas buenas hacen cosas malas?

Lee la primera parte: ¿Por qué una persona buena hace cosas malas? – Parte 1

En esta segunda parte del artículo, me gustaría compartir una breve explicación del ensayo de Gary Becker: Crimen y Castigo. Naturalmente, cuando lo leí la primera vez, pensé en Dostoievski. Y de cierta forma, hay algunas similitudes.

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La teoría de Becker

En resumen, la teoría de Becker sugiere que las personas hacen sus decisiones de forma racional, tomando en consideración los beneficios de cometer un crimen en relación a sus posibles consecuencias.

Esta idea hace mucho sentido. Seguro en varias ocasiones lo hemos considerado cuando un político corrupto se sale con la suya y es absuelto sin ser multado adecuadamente. Pero esto no sólo funciona en el ámbito político, sino también en el privado.

Si el incentivo es adecuado, el fraude es seguro.

Por ejemplo, en un estudio conducido por la Universidad de Notre Dame y la firma Labaton & Sucharow, una cuarta parte de los encuestados (profesionales financieros de Wall Street), reconocieron que violarían las leyes con tal de obtener beneficios financieros si supieran que no van a ser descubiertos.

Esto es un gran problema ya que supone que si el incentivo es adecuado, el fraude es seguro.

Veamos entonces, Becker propone la siguiente fórmula:

Bp > Cpsy + pp( Ccrim + Csoc ) + Cfav

En donde:

  • Bp = Beneficio percibido: Es el beneficio total que será percibido en caso se lleve a cabo el fraude. Debe contemplarse que se habla de una percepción, por lo que se debe considerar como el beneficio que a percepción del que llevará a cabo el fraude, será generado para sí mismo.
  • Cpsy = Costo psicológico: En palabras simples, representa el poder “vivir y dormir tranquilo” a pesar de cometer el fraude.
  • pp = Probabilidad Percibida
  • Ccrim = Costo Criminal: Quién comete el fraude evaluará el costo criminal de la acción, es decir, el costo que representará estar en la cárcel, abogados, multas, etcétera.
  • Csoc = Costo social: Quien comete el fraude evaluará su costo reputacional ante su círculo social y familiar.
  • Cfav = Costo de los favores: El costo de la colusión. Es decir, que cantidad de dinero deberá ser repartida a terceros con la finalidad de llevar a cabo un fraude mayor.
  • pp = Probabilidad Percibida
  • Ccrim = Costo Criminal: Quién comete el fraude evaluará el costo criminal de la acción, es decir, el costo que representará estar en la cárcel, abogados, multas, etcétera.
  • Csoc = Costo social: Quién comete el fraude evaluará su costo reputacional ante su círculo social y familiar.
  • Cfav = Costo de los favores: El costo de la colusión. Es decir, que cantidad de dinero deberá ser repartida a terceros con la finalidad de llevar a cabo un fraude mayor.

Un ejemplo de Guatemala

Ahora, apliquemos esta fórmula a la vida real. Pensemos en un caso que es bastante “popular” y que no requiere mucha explicación: “El Agua Mágica”.

Por un momento, metámonos en la obscura y torcida mente de cierta dama que no requiere presentación y usando la fórmula de Becker, analicemos rápidamente si vale la pena cometer el ilícito o no.

En el 2014, el estado adjudicó un contrato de “saneamiento” al lago de Amatitlán a una empresa llamada Tarcic.

El monto total del contrato ascendía a Q138 millones. Tomando en cuenta que no era más que agua salada, el costo del “Agua Mágica” no excedería ni una pequeña fracción del costo del contrato por lo que los beneficios serían muy jugosos.

Asumiendo (por otros casos), que al menos el 30% del valor del contrato quedaría en manos de aquella dama, podemos asumir que unos Q40 millones quedarían en su bolsillo. Este es el beneficio percibido (Bp).

Aplicando la fórmula de Becker

Para que la fórmula de Becker funcione, el beneficio percibido debe ser mayor al resto de factores, así que analicémoslos de forma general.

Tomando en cuenta todos los actos de corrupción en los que se vio envuelta podemos asumir que no le costaba dormir en las noches, por lo que el Costo Psicológico (Cpsy) no era ningún problema.

Luego, evaluó el Costo Criminal (Ccrim) de llevar a cabo el fraude. En el momento en que se llevó a cabo, ella era ama y señora del sistema.

Nadie se interpondría en su camino y en su ideario, no habría juez o fiscal que se interpusiera en sus planes, así que seguir adelante era el camino obvio.

En cuanto al Costo Social (Csoc), pues bueno, tampoco era algo que la preocupara y en su actuación nunca mostró remordimiento genuino por lo que alguien pudiera pensar de ella. Con esto, salimos de dos variables más.

Finalmente, el Costo de los Favores (Cfav). Dado que el monto de la estafa era sumamente grande, podemos asumir que dentro de los casi Q140 millones, ya estaban contemplados los costos de sobornar a otros funcionarios.

También el reparto del botín, por lo que no era algo que la preocupara o que fuera a afectar sus beneficios personales.

En conclusión, el Beneficio Percibido fue mayor que el resto de las variables, así que el fraude se cometió.

Afortunadamente para Guatemala, este caso fue detenido por las autoridades, sólo se perdió una fracción del dinero y los implicados están actualmente en la cárcel.

Ahora, es muy probable que también hayan contemplado el escenario en donde se encuentran y que simplemente estuvieron dispuestos a cumplir su tiempo cárcel y quedarse con el botín aun no recuperado.

Al final de cuentas, el tiempo pasa rápido en la cárcel y al salir, “Cosa Juzgada” y a gozar de la plata. Es otro escenario.

No importa si el fraude será grande o pequeño, los actores usarán siempre la misma lógica.

Si el beneficio es mayor a los demás factores, seguro se llevará a cabo el fraude.

Por ello, la conclusión de Becker, es que las consecuencias deben ser fuera de proporción para convertirse en un verdadero factor disuasivo.

Pablo Cordón, es socio fundador de Ethikos Global, una empresa especializada en ética corporativa.