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¿Puede una fotografía comprometer la independencia de un juez?

Glenda Sanchez
05 de febrero, 2020

¿Cuándo está en riesgo la independencia judicial? ¿Qué define la independencia, una fotografía? ¿La independencia prevalece cuando hay amistad entre el juez y la defensa o la defensa y la fiscalía?

Las tres interrogantes son más recurrentes a partir del 2015, luego que salieron a luz casos de corrupción y de supuestas violaciones a los derechos humanos, entre otros.

Uno de los últimos hechos que generó dudas e interrogantes relacionadas con el tema de “imparcialidad Judicial” y de “independencia judicial”, es una recusación presentada por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI).

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El hecho surgió por la fotografía de un juez y un abogado defensor que circuló en redes sociales, durante enero.

La imagen muestra a Fredy Orellana, juez del Juzgado Séptimo de Instancia Penal y a Manuel Ixmay, abogado defensor de Gustavo Alejos, implicado en el caso Negociantes de la Salud.

En la fotografía se observa al juez sosteniendo un arma durante un evento en un campo de tiro junto con el abogado. Ambos se encontraban en una actividad organizada por la Asociación de Jueces y Magistrados.

La imagen fue el detonante para que la FECI dudará de la imparcialidad del juez y presentará una recusación.

Recusación y antejuicios

Pero no solo este hecho ha causado este tipo de reacciones. En 2016 el presidente de la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), Ricardo Méndez Ruiz, presentó una solicitud de antejuicio por un hecho similar.

La solicitud de antejuicio era en contra del titular del Juzgado B de Mayor Riesgo, Miguel Ángel Gálvez, por el delito de tráfico de influencias.

La petición en su momento derivó de una fotografía que mostraba una reunión que Gálvez habría sostenido con Miguel Morth, consultor que ha trabajado con un bufete que se dedica a perseguir a exmiembros del Ejército.

Esta es la imagen presentada por Ricardo Méndez Ruiz para promover el antejuicio contra el juez Miguel Ángel Gálvez.

“El antejuicio no prosperó (…) pero fue evidente el tráfico de influencias porque fue observado y fotografiado con el activista de Derechos Humanos”, declaró Méndez Ruiz.

Méndez Ruiz agregó: “fue evidente que se trataba de una reunión privada y no una coincidencia, como pasó con el abogado Ixmay y el juez. Esa fue una actividad promovida por la Asociación de Jueces y Magistrados, todo fue una coincidencia”.

Más pruebas, no solo una fotografía

Para Francisco Quezada, analista de temas legales del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), una fotografía no es un detonante para decir que no existe imparcialidad.

“No tener ningún contacto entre colegas es totalmente imposible, inclusive son compañeros de universidad y el gremio los ha unido. Por ello la amistad entre jueces, magistrados, abogados y fiscales es común e inevitable, pero el tema es que si eso va más allá de una fotografía”, explicó Quezada.

Al igual que Quezada, Gustavo García, analista de temas jurídicos de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), considera que una imagen no es suficiente para que muestre una conducta antiética o ilegal. Lo idóneo es que junto con la fotografía se acompañe otras pruebas.

“Las pruebas servirán para fundamentar las recusaciones, la fotografía ayuda, pero hay que contrastarla con otros elementos”, afirmó García.

Agregó que para él -Gustavo García- que los jueces participen en talleres o capacitaciones no tiene nada que ver con la independencia judicial, pues su carrera los obliga atender este tipo de actividades.

Aclaró que las capacitaciones a las que asistan deben ser de centros académicos y entidades certificadas.

“Cuando provienen de otras instituciones debe analizarse”, afirmó García.

Además, dijo que la ley establece cuando se pierde la independencia judicial, entre esos puntos citó: cuando hay enemistad o amistad, interés particular que pueda afectar la resolución del proceso o bien si se tiene participación en algún culto religioso.

Este evento fue organizado por la Cooperación Alemana y la CICIG. También participó la jueza Erika Aifán, que sigue conociendo casos presentados por la desaparecida Comisión.

Prohibiciones para jueces

Por aparte, Quezada agregó que Ley de la Carrera Judicial creó una prohibición donde los juzgadores no pueden tener reuniones privadas con algunas de las partes y si las solicitan, tiene que ser en presencia de las partes, para hacer prevalecer esa independencia judicial.

Quezada afirmó que más allá del tema de la independencia judicial, existe un abuso de las recusaciones o recusaciones que se “plantean de mala fe”, pero no descartó que existan casos donde ha sido “evidente compromisos o actuaciones que afecten la imparcialidad”.

“Una recusación planteada sanamente es válida, pero ¿qué es lo que sucede? En muchos casos las acciones se plantean por las partes de mala fe para tratar de acomodar a un juez afín a sus intereses. Por ejemplo, hay fiscales que buscan jueces que tengan un historial que siempre dan condenas o abogados que buscan apartar a juez porque podría afectar a sus intereses”, agregó el experto del CIEN.

Debe prevalecer la imparcialidad

Mientras que García dijo que la labor del juez debe ser lo más imparcial posible y esa imparcialidad deben reflejarse en sus fallos y resoluciones. Incluso un juez debe ser muy cuidadoso de su imagen pública y debe estudiar bien a qué actividades asiste para evitar ser objeto de recusaciones.

Haroldo Vásquez, presidente de la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI), manifestó que coincide con los expertos que hay que fortalecer con los jueces el tema de la independencia judicial.

Agregó que si las capacitaciones son necesarias, los jueces acudan a determinadas actividades relacionadas con su profesión, deben cuidar “siempre” a dónde asisten, pues su participación puede generar dudas.

“En cuestiones de ética también deben considerarse que hay condiciones en las cuales un juez no puede servir. Por ejemplo, cuestiones fuera de lugar (…) hay que recordar que un juez es juez durante 24 horas los 365 del año. Deben generar a la población toda la certeza sobre la imparcialidad del juez”, añadió el presidente de la Asociación.

Agregó que la Asociación promueve el tema de la independencia judicial desde el punto de vista académico con conferencias, talleres y comunicados de prensa.

Se llamó a Mynor Moto, presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial, pero no se obtuvo respuesta para conocer su opinión acerca del tema.

¿Puede una fotografía comprometer la independencia de un juez?

Glenda Sanchez
05 de febrero, 2020

¿Cuándo está en riesgo la independencia judicial? ¿Qué define la independencia, una fotografía? ¿La independencia prevalece cuando hay amistad entre el juez y la defensa o la defensa y la fiscalía?

Las tres interrogantes son más recurrentes a partir del 2015, luego que salieron a luz casos de corrupción y de supuestas violaciones a los derechos humanos, entre otros.

Uno de los últimos hechos que generó dudas e interrogantes relacionadas con el tema de “imparcialidad Judicial” y de “independencia judicial”, es una recusación presentada por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI).

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El hecho surgió por la fotografía de un juez y un abogado defensor que circuló en redes sociales, durante enero.

La imagen muestra a Fredy Orellana, juez del Juzgado Séptimo de Instancia Penal y a Manuel Ixmay, abogado defensor de Gustavo Alejos, implicado en el caso Negociantes de la Salud.

En la fotografía se observa al juez sosteniendo un arma durante un evento en un campo de tiro junto con el abogado. Ambos se encontraban en una actividad organizada por la Asociación de Jueces y Magistrados.

La imagen fue el detonante para que la FECI dudará de la imparcialidad del juez y presentará una recusación.

Recusación y antejuicios

Pero no solo este hecho ha causado este tipo de reacciones. En 2016 el presidente de la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), Ricardo Méndez Ruiz, presentó una solicitud de antejuicio por un hecho similar.

La solicitud de antejuicio era en contra del titular del Juzgado B de Mayor Riesgo, Miguel Ángel Gálvez, por el delito de tráfico de influencias.

La petición en su momento derivó de una fotografía que mostraba una reunión que Gálvez habría sostenido con Miguel Morth, consultor que ha trabajado con un bufete que se dedica a perseguir a exmiembros del Ejército.

Esta es la imagen presentada por Ricardo Méndez Ruiz para promover el antejuicio contra el juez Miguel Ángel Gálvez.

“El antejuicio no prosperó (…) pero fue evidente el tráfico de influencias porque fue observado y fotografiado con el activista de Derechos Humanos”, declaró Méndez Ruiz.

Méndez Ruiz agregó: “fue evidente que se trataba de una reunión privada y no una coincidencia, como pasó con el abogado Ixmay y el juez. Esa fue una actividad promovida por la Asociación de Jueces y Magistrados, todo fue una coincidencia”.

Más pruebas, no solo una fotografía

Para Francisco Quezada, analista de temas legales del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), una fotografía no es un detonante para decir que no existe imparcialidad.

“No tener ningún contacto entre colegas es totalmente imposible, inclusive son compañeros de universidad y el gremio los ha unido. Por ello la amistad entre jueces, magistrados, abogados y fiscales es común e inevitable, pero el tema es que si eso va más allá de una fotografía”, explicó Quezada.

Al igual que Quezada, Gustavo García, analista de temas jurídicos de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), considera que una imagen no es suficiente para que muestre una conducta antiética o ilegal. Lo idóneo es que junto con la fotografía se acompañe otras pruebas.

“Las pruebas servirán para fundamentar las recusaciones, la fotografía ayuda, pero hay que contrastarla con otros elementos”, afirmó García.

Agregó que para él -Gustavo García- que los jueces participen en talleres o capacitaciones no tiene nada que ver con la independencia judicial, pues su carrera los obliga atender este tipo de actividades.

Aclaró que las capacitaciones a las que asistan deben ser de centros académicos y entidades certificadas.

“Cuando provienen de otras instituciones debe analizarse”, afirmó García.

Además, dijo que la ley establece cuando se pierde la independencia judicial, entre esos puntos citó: cuando hay enemistad o amistad, interés particular que pueda afectar la resolución del proceso o bien si se tiene participación en algún culto religioso.

Este evento fue organizado por la Cooperación Alemana y la CICIG. También participó la jueza Erika Aifán, que sigue conociendo casos presentados por la desaparecida Comisión.

Prohibiciones para jueces

Por aparte, Quezada agregó que Ley de la Carrera Judicial creó una prohibición donde los juzgadores no pueden tener reuniones privadas con algunas de las partes y si las solicitan, tiene que ser en presencia de las partes, para hacer prevalecer esa independencia judicial.

Quezada afirmó que más allá del tema de la independencia judicial, existe un abuso de las recusaciones o recusaciones que se “plantean de mala fe”, pero no descartó que existan casos donde ha sido “evidente compromisos o actuaciones que afecten la imparcialidad”.

“Una recusación planteada sanamente es válida, pero ¿qué es lo que sucede? En muchos casos las acciones se plantean por las partes de mala fe para tratar de acomodar a un juez afín a sus intereses. Por ejemplo, hay fiscales que buscan jueces que tengan un historial que siempre dan condenas o abogados que buscan apartar a juez porque podría afectar a sus intereses”, agregó el experto del CIEN.

Debe prevalecer la imparcialidad

Mientras que García dijo que la labor del juez debe ser lo más imparcial posible y esa imparcialidad deben reflejarse en sus fallos y resoluciones. Incluso un juez debe ser muy cuidadoso de su imagen pública y debe estudiar bien a qué actividades asiste para evitar ser objeto de recusaciones.

Haroldo Vásquez, presidente de la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI), manifestó que coincide con los expertos que hay que fortalecer con los jueces el tema de la independencia judicial.

Agregó que si las capacitaciones son necesarias, los jueces acudan a determinadas actividades relacionadas con su profesión, deben cuidar “siempre” a dónde asisten, pues su participación puede generar dudas.

“En cuestiones de ética también deben considerarse que hay condiciones en las cuales un juez no puede servir. Por ejemplo, cuestiones fuera de lugar (…) hay que recordar que un juez es juez durante 24 horas los 365 del año. Deben generar a la población toda la certeza sobre la imparcialidad del juez”, añadió el presidente de la Asociación.

Agregó que la Asociación promueve el tema de la independencia judicial desde el punto de vista académico con conferencias, talleres y comunicados de prensa.

Se llamó a Mynor Moto, presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial, pero no se obtuvo respuesta para conocer su opinión acerca del tema.