Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Vigente decreto que anula doble tributación de líneas aéreas

Sandra Vi
11 de febrero, 2020

Este lunes cobró vigencia el Decreto 2-2020 que elimina al doble tributación a las líneas aéreas.

Es decir que ahora la casa matriz podrá presentar el pago de sus impuestos para que sean deducibles en Guatemala.

Para la Asociación Guatemalteca de Líneas Aérea (Agla), estas reformas impulsarán mayor conectividad y atracción de líneas aéreas.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA

“Dos aerolíneas de Canadá ya están interesadas en iniciar operaciones en Guatemala. Esperaban este Decreto para comenzar los trámites”, mencionó Motty Rodas, directora ejecutiva de Agla.

Agregó que este Decreto beneficia en la deducción de gastos y costos de las aerolíneas.

“Las aerolíneas regularmente están constituidas como sucursales de su casa matriz en Guatemala o en cualquier país. La casa matriz le da cierto dinero a la aerolínea para su operación en el país y esta hace los gastos necesarios en la estación y con las ventas que realiza los ajustes”, agrega la fuente.

“El sobrante lo reintegra a la casa matriz, es un intercambio de dinero de la misma entidad, no hay dos entidades”, señala Rodas.

Los criterios de cobro de impuestos no estaban bien definidos y se aplicaban ajustes de retención, cuando solo era una devolución. Ello causaba multas muy altas a las aerolíneas por esas transferencias, agrega la entrevistada.

Qué se modificó

El Legislativo modificó el artículo 21 (bis) sobre los “Costos y gastos deducibles para contribuyentes que desarrollan actividades de transporte aéreo internacional”.

Ello podría incentivar que más aerolíneas podrán tener relaciones comerciales con Guatemala porque la Ley establece la eliminación de la doble tributación, según Agla.

La fórmula

Esta es la formula que se debe aplicar para determinar la forma en que deben tributar las aerolíneas.

Para el ajuste de pago, las compañías deben tomar en cuenta los ingresos generados en el país y los gastos realizados en su casa matriz y en Guatemala. Así como los gastos de ambas partes, para que los gastos globales se puedan rebajar de impuestos.

Es decir, estos costos se reflejarán en la reducción del ISR, pero es necesario que se revise el régimen fiscal en el cual se inscribieron las aerolíneas.

Por el momento la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), está analizando estas modificaciones.

Antecedentes

El 20 de enero el Congreso de la República aprobó con 113 votos la iniciativa de Ley 5585 para reformar el Decreto 21 de la Ley de Actualización Tributaria.

Te puede interesar:

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA

Vigente decreto que anula doble tributación de líneas aéreas

Sandra Vi
11 de febrero, 2020

Este lunes cobró vigencia el Decreto 2-2020 que elimina al doble tributación a las líneas aéreas.

Es decir que ahora la casa matriz podrá presentar el pago de sus impuestos para que sean deducibles en Guatemala.

Para la Asociación Guatemalteca de Líneas Aérea (Agla), estas reformas impulsarán mayor conectividad y atracción de líneas aéreas.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA

“Dos aerolíneas de Canadá ya están interesadas en iniciar operaciones en Guatemala. Esperaban este Decreto para comenzar los trámites”, mencionó Motty Rodas, directora ejecutiva de Agla.

Agregó que este Decreto beneficia en la deducción de gastos y costos de las aerolíneas.

“Las aerolíneas regularmente están constituidas como sucursales de su casa matriz en Guatemala o en cualquier país. La casa matriz le da cierto dinero a la aerolínea para su operación en el país y esta hace los gastos necesarios en la estación y con las ventas que realiza los ajustes”, agrega la fuente.

“El sobrante lo reintegra a la casa matriz, es un intercambio de dinero de la misma entidad, no hay dos entidades”, señala Rodas.

Los criterios de cobro de impuestos no estaban bien definidos y se aplicaban ajustes de retención, cuando solo era una devolución. Ello causaba multas muy altas a las aerolíneas por esas transferencias, agrega la entrevistada.

Qué se modificó

El Legislativo modificó el artículo 21 (bis) sobre los “Costos y gastos deducibles para contribuyentes que desarrollan actividades de transporte aéreo internacional”.

Ello podría incentivar que más aerolíneas podrán tener relaciones comerciales con Guatemala porque la Ley establece la eliminación de la doble tributación, según Agla.

La fórmula

Esta es la formula que se debe aplicar para determinar la forma en que deben tributar las aerolíneas.

Para el ajuste de pago, las compañías deben tomar en cuenta los ingresos generados en el país y los gastos realizados en su casa matriz y en Guatemala. Así como los gastos de ambas partes, para que los gastos globales se puedan rebajar de impuestos.

Es decir, estos costos se reflejarán en la reducción del ISR, pero es necesario que se revise el régimen fiscal en el cual se inscribieron las aerolíneas.

Por el momento la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), está analizando estas modificaciones.

Antecedentes

El 20 de enero el Congreso de la República aprobó con 113 votos la iniciativa de Ley 5585 para reformar el Decreto 21 de la Ley de Actualización Tributaria.

Te puede interesar: