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Siete puntos de las reformas a la ley de Oenegés aprobadas por el Congreso

Ana González
11 de febrero, 2020

Los diputados aprobaron este martes el decreto 4-2020 que reforma la Ley de Oenegés.

El tema generó tensión en el hemiciclo debido a que algunos criticaron que haya sido incluido en una moción que recomendaba acciones para prevenir el coronavirus.

Sin embargo, otros congresistas estuvieron a favor de regular a las organizaciones no gubernamentales que operan en el país.

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Las reformas a la Ley de oeneges aprobadas

1.- Las organizaciones deben de constituirse por medio de escritura pública y por el acto de su inscripción en el Registro de las Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación.

2.- Las entidades y sus socios deben responder con su patrimonio por las deudas que contraigan.

3.- Para obtener su personalidad jurídica deben registrarse en la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan), La Contraloría General de Cuentas y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

La sesión plenaria de este martes duró más de seis horas.

4.- En el caso que reciban donaciones nacionales deben extender recibos. Si el aporte es extranjero también debe informar al Ministerio de Relaciones Exteriores.

5.- Si las oenegés utilizan las donaciones o financiamiento externo en alterar el orden público serán canceladas por el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación.

6.- Las organizaciones que operan al momento de cobrar vigencia la ley tendrán seis meses para actualizarse.

7.- El decreto cobrará vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

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Sin embargo, otros congresistas estuvieron a favor de regular a las organizaciones no gubernamentales que operan en el país.

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3.- Para obtener su personalidad jurídica deben registrarse en la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan), La Contraloría General de Cuentas y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

La sesión plenaria de este martes duró más de seis horas.

4.- En el caso que reciban donaciones nacionales deben extender recibos. Si el aporte es extranjero también debe informar al Ministerio de Relaciones Exteriores.

5.- Si las oenegés utilizan las donaciones o financiamiento externo en alterar el orden público serán canceladas por el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación.

6.- Las organizaciones que operan al momento de cobrar vigencia la ley tendrán seis meses para actualizarse.

7.- El decreto cobrará vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

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