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Coronavirus: Prohibiciones y excepciones en Guatemala por Covid-19

Henry Pocasangre
16 de marzo, 2020

El Gobierno emitió una serie de prohibiciones y restricción de derechos a partir de este 17 de marzo para prevenir el coronavirus Covid-19 en el país.

El mandatario Alejandro Giammattei emitió un mensaje en cadena nacional para informar sobre la restricción de derechos humanos basado en el estado de Calamidad.

Debo tomar decisiones trascendentales para enfrentar la pandemia del Covid-19, pensando y actuando en la mayoría de los habitantes“, antecedió el gobernante a las restricciones.

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Deberías leer: Coronavirus en Guatemala: Gobierno confirma seis casos de COVID-19

Todas las medidas detalladas a continuación entran en vigencia este 17 de marzo y concluyen el 31 de marzo.

  • Se suspenden las actividades laborales en las distintas dependencias del Estado, así como el sector privado por el tiempo establecido.
  • Se prohíben los eventos de todo tipo y de cualquier número de personas.
  • Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
  • Se prohíbe el funcionamiento del transporte público urbano y extraurbano.
  • Se prohíben las visitas a todos los centros penitenciarios y centros de detención de menores.
  • Se prohíben las visitas a todas las instituciones de asistencia social y centros de adultos mayores.
  • Se suspenden las celebraciones religiosas presenciales.
  • Se cierran las consultas externas de los hospitales para concentrar la atención en casos de emergencia.
  • Se cierran todos los centros comerciales.
  • Se prohíbe el acaparamiento de los artículos de primera necesidad, bienes y medicina.
  • Se prohíbe el ingreso de extranjeros por cualquier frontera terrestre, aérea o marítima.
  • Se prohíben las reuniones en bares, discotecas y similares.
  • Se cierran todas las fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio nacional.
  • Todos los días, desde las 21 horas hasta las 4 horas del día siguiente, todos los establecimientos comerciales deben estar cerrados con excepción de farmacias, estaciones de combustible y servicios básicos esenciales.
  • Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas todos los días desde las 18 horas hasta las 5 horas del día siguiente.

Excepciones al coronavirus

El Gobierno exceptúa del cierre de fronteras el ingreso de guatemaltecos, residentes permanentes en el país y cuerpo diplomático acreditado. Sin embargo, todos deben someterse a cuarentena obligatoria.

También fue decretada la excepción de suspensión de labores a los miembros del Organismo Ejecutivo, la Presidencia, Gabinete de Gobierno y el personal que determinen las autoridades que sea necesario, personal de Salud, cuerpos de socorro, seguridad y defensa nacional.

La excepción también aplica para personal de aduanas, migración, atención y asistencia al consumidor, y cualquier otro servicio indispensable, de las dependencias del Ejecutivo y de entidades autónomas y descentralizadas del país, y todas aquellas que forman parte de la Conred.

Asistencia y suministros

Las disposiciones gubernamentales piden a los organismos del Estado (Legislativo y Judicial), determinar la prestación del servicio que les corresponda, con las garantías esenciales.

Todos los hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y veterinarias, deben seguir abiertos.

La industria farmacéutica, de productos de higiene deben seguir trabajando, como quienes fabrican desinfectantes, artículos de limpieza, jabón y detergentes. Las empresas de este tipo deben movilizar a sus trabajadores con permiso especial con transporte autorizado.

Mercados, gasolineras e industria

Los mercados, supermercados, abarroterías y tiendas de barrio permanecerán atendiendo a las personas.

Las gasolineras se mantendrán abiertas, de la misma forma que los restaurantes que tengan cocinas para venta por autoservicio. Cierran los restaurantes que no tengan servicio a domicilio o autoservicio.

Las empresas de servicio a domicilio deben seguir trabajando.

Pueden continuar operaciones las empresas de valores, cooperativas, bancos, entidades financieras de ahorro y crédito.

No se detienen los servicios de extracción de basura ni la industria de distribución de alimentos y bebidas.

La industria agrícola y de agroquímicos puede seguir operando, de la misma forma que la producción de energía.

La orden presidencial también estipula que las empresas de telecomunicaciones, internet, telefonía, medios de comunicación como radio, prensa, televisión y servicios de cable, sigan sus actividades.

La industria de transporte de mercancías deben cumplir con las regulaciones sanitarias del país cuando llegue de otro Estado, y deben abandonar de inmediato el territorio tras entregar la carga.

El transporte y suministro de agua continúa operaciones.

Todas las empresas que sigan operando deben aplicar el protocolo de prevención del Covid-19 del Ministerio de Salud.

Todas las disposiciones tienen una vigencia de 15 días y serán revisadas en siete días para evaluar el funcionamiento.

Mensaje completo del presidente Alejandro Giammattei.

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Henry Pocasangre
16 de marzo, 2020

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El mandatario Alejandro Giammattei emitió un mensaje en cadena nacional para informar sobre la restricción de derechos humanos basado en el estado de Calamidad.

Debo tomar decisiones trascendentales para enfrentar la pandemia del Covid-19, pensando y actuando en la mayoría de los habitantes“, antecedió el gobernante a las restricciones.

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Todas las medidas detalladas a continuación entran en vigencia este 17 de marzo y concluyen el 31 de marzo.

  • Se suspenden las actividades laborales en las distintas dependencias del Estado, así como el sector privado por el tiempo establecido.
  • Se prohíben los eventos de todo tipo y de cualquier número de personas.
  • Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
  • Se prohíbe el funcionamiento del transporte público urbano y extraurbano.
  • Se prohíben las visitas a todos los centros penitenciarios y centros de detención de menores.
  • Se prohíben las visitas a todas las instituciones de asistencia social y centros de adultos mayores.
  • Se suspenden las celebraciones religiosas presenciales.
  • Se cierran las consultas externas de los hospitales para concentrar la atención en casos de emergencia.
  • Se cierran todos los centros comerciales.
  • Se prohíbe el acaparamiento de los artículos de primera necesidad, bienes y medicina.
  • Se prohíbe el ingreso de extranjeros por cualquier frontera terrestre, aérea o marítima.
  • Se prohíben las reuniones en bares, discotecas y similares.
  • Se cierran todas las fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio nacional.
  • Todos los días, desde las 21 horas hasta las 4 horas del día siguiente, todos los establecimientos comerciales deben estar cerrados con excepción de farmacias, estaciones de combustible y servicios básicos esenciales.
  • Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas todos los días desde las 18 horas hasta las 5 horas del día siguiente.

Excepciones al coronavirus

El Gobierno exceptúa del cierre de fronteras el ingreso de guatemaltecos, residentes permanentes en el país y cuerpo diplomático acreditado. Sin embargo, todos deben someterse a cuarentena obligatoria.

También fue decretada la excepción de suspensión de labores a los miembros del Organismo Ejecutivo, la Presidencia, Gabinete de Gobierno y el personal que determinen las autoridades que sea necesario, personal de Salud, cuerpos de socorro, seguridad y defensa nacional.

La excepción también aplica para personal de aduanas, migración, atención y asistencia al consumidor, y cualquier otro servicio indispensable, de las dependencias del Ejecutivo y de entidades autónomas y descentralizadas del país, y todas aquellas que forman parte de la Conred.

Asistencia y suministros

Las disposiciones gubernamentales piden a los organismos del Estado (Legislativo y Judicial), determinar la prestación del servicio que les corresponda, con las garantías esenciales.

Todos los hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y veterinarias, deben seguir abiertos.

La industria farmacéutica, de productos de higiene deben seguir trabajando, como quienes fabrican desinfectantes, artículos de limpieza, jabón y detergentes. Las empresas de este tipo deben movilizar a sus trabajadores con permiso especial con transporte autorizado.

Mercados, gasolineras e industria

Los mercados, supermercados, abarroterías y tiendas de barrio permanecerán atendiendo a las personas.

Las gasolineras se mantendrán abiertas, de la misma forma que los restaurantes que tengan cocinas para venta por autoservicio. Cierran los restaurantes que no tengan servicio a domicilio o autoservicio.

Las empresas de servicio a domicilio deben seguir trabajando.

Pueden continuar operaciones las empresas de valores, cooperativas, bancos, entidades financieras de ahorro y crédito.

No se detienen los servicios de extracción de basura ni la industria de distribución de alimentos y bebidas.

La industria agrícola y de agroquímicos puede seguir operando, de la misma forma que la producción de energía.

La orden presidencial también estipula que las empresas de telecomunicaciones, internet, telefonía, medios de comunicación como radio, prensa, televisión y servicios de cable, sigan sus actividades.

La industria de transporte de mercancías deben cumplir con las regulaciones sanitarias del país cuando llegue de otro Estado, y deben abandonar de inmediato el territorio tras entregar la carga.

El transporte y suministro de agua continúa operaciones.

Todas las empresas que sigan operando deben aplicar el protocolo de prevención del Covid-19 del Ministerio de Salud.

Todas las disposiciones tienen una vigencia de 15 días y serán revisadas en siete días para evaluar el funcionamiento.

Mensaje completo del presidente Alejandro Giammattei.

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