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Instituto de Magistrados: Las 10 ilegalidades del informe del Ministerio Público

Glenda Sanchez
06 de junio, 2020

El Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial (OJ), denunció diez ilegalidades e inconsistencias del informe del Ministerio Público (MP) entregado al Congreso de la República.

El informe contiene indicios de la supuesta manipulación en el proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Corte de Apelaciones (CA).

El documento fue entregado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del MP, el 28 de mayo de 2020 luego de una resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC).

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Alertan inconsistencias

El 4 de junio el Instituto de Magistrados entregó el oficio WECV.IMCAOJ-01-2020 a los diputados del Congreso de la República, para alertar varias ilegalidades e inconsistencia que contiene el informe del MP.

Este instituto aglutina a unos 131 magistrados titulares de las Cortes de Apelaciones y de otros Tribunales Colegiados de igual Categoría del Organismo Judicial (OJ) y algunos magistrados suplentes.

El documento firmado por el presidente de la Junta Directiva del Instituto de Magistrados, Wilber Estuardo Castellanos Venegas, señala violación al derecho de antejuicio y homónimos.

También violación de derecho de defensa y denuncias contra jueces y magistrados por resoluciones emitidas en el ejercicio de su función.

“El informe pone en evidencia actuaciones arbitrarias e ilegales, ya que
se hacen señalamientos y acusaciones como si se trataran de hechos
acreditados en juicio”,
denuncia el Instituto de Magistrados.

Las diez ilegalidades

1. La mayoría de los casos incluidos en el informe, se refieren a
denuncias que se han presentado contra jueces y magistrados por resoluciones emitidas en el ejercicio de su función jurisdiccional.

2. La información proporcionada denota una clara negligencia por parte del Ministerio Público.

3. El informe viola el Derecho de Antejuicio de los jueces y magistrados.

4. El informe contiene información inexacta en una gran cantidad de casos.

5. El informe no tomó en cuenta los homónimos.

6. El MP ha violentado el derecho de defensa, a los jueces y magistrados no se les ha citado ni escuchado sobre dichas denuncias.

7. El informe no contiene ninguna prueba fehaciente de los datos que indica. Lo anterior lo hace inutilizable para calificar la idoneidad, según la doctrina legal de la Corte de Constitucionalidad.

8. El informe indica aspectos demasiado generales que impiden establecer si se ha visto comprometida la idoneidad de los nominado.

9. El informe atribuye responsabilidad a algunos nominados por conductas realizadas por terceras personas, violentando el principio según el cual la responsabilidad penal es personalísima

10. El informe se fundamenta en estudios realizados por terceros, con información recopilada por sociedad civil con base en opiniones de personas que no acreditan los hechos señalados, únicamente se trata de suposiciones sin sustento, por lo que no deben ser tomados en cuenta para la elección de las Altas Cortes.

Instituto de Magistrados: Las 10 ilegalidades del informe del Ministerio Público

Glenda Sanchez
06 de junio, 2020

El Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial (OJ), denunció diez ilegalidades e inconsistencias del informe del Ministerio Público (MP) entregado al Congreso de la República.

El informe contiene indicios de la supuesta manipulación en el proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Corte de Apelaciones (CA).

El documento fue entregado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del MP, el 28 de mayo de 2020 luego de una resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC).

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El 4 de junio el Instituto de Magistrados entregó el oficio WECV.IMCAOJ-01-2020 a los diputados del Congreso de la República, para alertar varias ilegalidades e inconsistencia que contiene el informe del MP.

Este instituto aglutina a unos 131 magistrados titulares de las Cortes de Apelaciones y de otros Tribunales Colegiados de igual Categoría del Organismo Judicial (OJ) y algunos magistrados suplentes.

El documento firmado por el presidente de la Junta Directiva del Instituto de Magistrados, Wilber Estuardo Castellanos Venegas, señala violación al derecho de antejuicio y homónimos.

También violación de derecho de defensa y denuncias contra jueces y magistrados por resoluciones emitidas en el ejercicio de su función.

“El informe pone en evidencia actuaciones arbitrarias e ilegales, ya que
se hacen señalamientos y acusaciones como si se trataran de hechos
acreditados en juicio”,
denuncia el Instituto de Magistrados.

Las diez ilegalidades

1. La mayoría de los casos incluidos en el informe, se refieren a
denuncias que se han presentado contra jueces y magistrados por resoluciones emitidas en el ejercicio de su función jurisdiccional.

2. La información proporcionada denota una clara negligencia por parte del Ministerio Público.

3. El informe viola el Derecho de Antejuicio de los jueces y magistrados.

4. El informe contiene información inexacta en una gran cantidad de casos.

5. El informe no tomó en cuenta los homónimos.

6. El MP ha violentado el derecho de defensa, a los jueces y magistrados no se les ha citado ni escuchado sobre dichas denuncias.

7. El informe no contiene ninguna prueba fehaciente de los datos que indica. Lo anterior lo hace inutilizable para calificar la idoneidad, según la doctrina legal de la Corte de Constitucionalidad.

8. El informe indica aspectos demasiado generales que impiden establecer si se ha visto comprometida la idoneidad de los nominado.

9. El informe atribuye responsabilidad a algunos nominados por conductas realizadas por terceras personas, violentando el principio según el cual la responsabilidad penal es personalísima

10. El informe se fundamenta en estudios realizados por terceros, con información recopilada por sociedad civil con base en opiniones de personas que no acreditan los hechos señalados, únicamente se trata de suposiciones sin sustento, por lo que no deben ser tomados en cuenta para la elección de las Altas Cortes.