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Roberto Molina Barreto: “La CC no puede ser juez y parte”

Sandra Vi
27 de junio, 2020

El abogado Roberto Molina Barreto, expresidente de la Corte de Constitucionalidad (CC), señala que la decisión de algunos magistrados de la CC, de conceder un amparo para evitar un proceso en su contra “es insólito”.

“Es insólito que la CC no le esté otorgando un amparo al Procurador de los Derechos Humanos, sino se lo están otorgando a ellos mismos, y sin ningún fundamento. Los magistrados no pueden ser juez y parte“.

Aclara que el Derecho Internacional, la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Amparo, facultan al Congreso de la República a tramitar un proceso de antejuicio contra los magistrados.

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“Uno de los pilares fundamentales de la democracia representativa se menciona en la Carta Democrática Interamericana. Esta señala que no puede haber ningún poder de un Estado que este fuera del control jurídico del propio Estado”.

Añade que cuando hay una denuncia penal en contra de magistrados, la Constitución determina que sea el Congreso el que conozca el proceso.

“Me parece una violación a la Constitución y a los criterios marcados por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Corte Interamericana Derechos Humanos”.

“Invito a la Fiscal General de la República -Consuelo Porras- para que de oficio inicie una persecución penal porque es evidente que están actuando con una grave imparcialidad. Y esto está prohibido, totalmente, por la Constitución y las leyes nacionales e internacionales”.

El autoamparo de la CC

Molina explica que se habla de un autoamparao porque los magistrados son los señalados, y ellos se vuelven juez y parte. Afirma que ningún juez puede conocer sobre su misma causa.

“Es absurdo que ellos se protejan y se conviertan en arbitro y jugador en este caso”, concluye el expresidente de la Corte de Constitucionalidad.

Trámite suspendido

El viernes la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dio trámite a una solicitud de antejuicio contra cuatro magistrados de la CC: Gloria Porras, Neftalí Aldana, Bonerge Mejía y Francisco de Mata Vela.

El proceso llegó al Congreso y la Comisión Permanente, que ejerce funciones de la Junta Directiva ahora que el Congreso no está en su periodo de sesiones ordinarias, conformó la pesquisidora para continuar con el trámite.

Sin embargo, a pocas horas de la resolución de la CSJ, se presentaron tres amparos contra esa decisión: Procuraduría de los Derechos Humanos, Acción Ciudadana y Fundación Myrna Mack.

La magistrada presidenta de la CC, Gloria Porras, una de las señaladas en el proceso de antejuicio, de inmediato, como no sucede en muchos casos, convocó a las 23:00 horas del viernes al resto de magistrados para conocer los amparos a las 8:30 horas del sábado.

A las 11:00 horas del sábado, los magistrados señalados ya habían resuelto conceder los amparos temporales y con ello evitan que siga un posible proceso legal en su contra.

La petición de antejuicio está relacionada con la resolución del amparo concedido por estos magistrados al Ministerio Público, en relación con el proceso de elección de magistrados para las nuevas Cortes de justicia del país.

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“Es insólito que la CC no le esté otorgando un amparo al Procurador de los Derechos Humanos, sino se lo están otorgando a ellos mismos, y sin ningún fundamento. Los magistrados no pueden ser juez y parte“.

Aclara que el Derecho Internacional, la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Amparo, facultan al Congreso de la República a tramitar un proceso de antejuicio contra los magistrados.

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“Uno de los pilares fundamentales de la democracia representativa se menciona en la Carta Democrática Interamericana. Esta señala que no puede haber ningún poder de un Estado que este fuera del control jurídico del propio Estado”.

Añade que cuando hay una denuncia penal en contra de magistrados, la Constitución determina que sea el Congreso el que conozca el proceso.

“Me parece una violación a la Constitución y a los criterios marcados por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Corte Interamericana Derechos Humanos”.

“Invito a la Fiscal General de la República -Consuelo Porras- para que de oficio inicie una persecución penal porque es evidente que están actuando con una grave imparcialidad. Y esto está prohibido, totalmente, por la Constitución y las leyes nacionales e internacionales”.

El autoamparo de la CC

Molina explica que se habla de un autoamparao porque los magistrados son los señalados, y ellos se vuelven juez y parte. Afirma que ningún juez puede conocer sobre su misma causa.

“Es absurdo que ellos se protejan y se conviertan en arbitro y jugador en este caso”, concluye el expresidente de la Corte de Constitucionalidad.

Trámite suspendido

El viernes la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dio trámite a una solicitud de antejuicio contra cuatro magistrados de la CC: Gloria Porras, Neftalí Aldana, Bonerge Mejía y Francisco de Mata Vela.

El proceso llegó al Congreso y la Comisión Permanente, que ejerce funciones de la Junta Directiva ahora que el Congreso no está en su periodo de sesiones ordinarias, conformó la pesquisidora para continuar con el trámite.

Sin embargo, a pocas horas de la resolución de la CSJ, se presentaron tres amparos contra esa decisión: Procuraduría de los Derechos Humanos, Acción Ciudadana y Fundación Myrna Mack.

La magistrada presidenta de la CC, Gloria Porras, una de las señaladas en el proceso de antejuicio, de inmediato, como no sucede en muchos casos, convocó a las 23:00 horas del viernes al resto de magistrados para conocer los amparos a las 8:30 horas del sábado.

A las 11:00 horas del sábado, los magistrados señalados ya habían resuelto conceder los amparos temporales y con ello evitan que siga un posible proceso legal en su contra.

La petición de antejuicio está relacionada con la resolución del amparo concedido por estos magistrados al Ministerio Público, en relación con el proceso de elección de magistrados para las nuevas Cortes de justicia del país.

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