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CC debe reconocer ilegitimidad en fallo y no agravar su integración

Viviana Mutz
02 de octubre, 2020

Reconocer que hay un problema con la integración de la Corte de Constitucionalidad (CC) y resolverlo con altura, es en lo que insistió el abogado constitucionalista Ignacio Andrade. El jurista participó junto con Víctor Castillo, exletrado de la CC, en el webinar “Crisis en la Corte de Constitucionalidad”, organizado por República.

Los panelistas discutieron el origen y las consecuencias de la crisis luego que la CC anuló en definitiva la designación del abogado Conrado Reyes, por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) como suplente en la CC.

“Sí hay una crisis”, enfatizó Andradre, debido a que la CC debe estar integrada por los designados que le dan su carácter de órgano. Esto no ocurre ante la ausencia del magistrado titular y suplente de la CSJ.

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“Si la CC insiste en que no le importa que la integren siete magistrados, sin representación de uno de los órganos del Estado, la crisis no solo va a perdurar, sino que se va a perpetuar y agravar”, expresó.

Ignacio Andrade, abogado constitucionalista.

Según Andrade, la legitimidad de los fallos de la corte se dan cuando están adecuados con la Constitución y no con el particular punto de vista político de la CC, con argumentos distintos a los que el mismo Tribunal le pide a otros órganos.

De acuerdo con el abogado Castillo, la CC no explica por qué a pesar que la elección que se produce en ciertos órganos del Estado, en lo referente a la designación de magistrados es irrecurrible, pero se vuelve irrecurrible por medio del amparo otorgado

Además dijo no estar clara la jurisprudencia de la CC al mezclar aspectos para concederlo. 

Castillo refirió que la ausencia de un procedimiento previo no es lo mismo que la elección de este magistrado. “Si señalo la ausencia de un procedimiento, el vicio es anterior a la elección. Sin embargo, si señalo que el vicio es de la elección, debo ligar un aspecto propio de esta”, explicó.

Castillo también recordó que uno de los derechos fundamentales de la población es contar con la confianza de la población en saber las razones por las cuales se resuelve o interpreta determinada norma

Puntualizó que si la CC continúa errática en sus actuaciones al respetar sus propias pautas y criterios, y no lo hace tal y como lo señaló en casos anteriores donde resolvió violación de derechos, el mensaje que envía es que ella misma viola derechos.

“No está lejos de que llegue el otro año, cuando se tenga que elegir a la nueva CC y se presente un amparo para que los actuales magistrados continúen. Seguramente se van a amparar y esta CC va a seguir siéndolo el tiempo que quieran hacer”.

Víctor Castillo, exletrado de la Corte de Constitucionalidad.

Quiénes integran la CC

Andrade explicó que la vida de la CC surge como un órgano para regular las normas inferiores, donde Guatemala necesitaba de un control constitucional, de carácter temporal y por medio del amparo a los tribunales ordinarios.

En 1985 se vuelve un órgano más permanente, con un componente jurídico pero a la vez como un órgano político. De allí la importancia de que fuera integrado por los tres poderes del estado: magistrado titular y suplente del Congreso, Ejecutivo y Judicial. Posteriormente se ampliaron las posiciones para la academia y gremio de abogados una posición, aseveró Andrade

“La ausencia de uno o más de ellos causa y produce una desintegración de la CC”, manifestó. 


CC debe reconocer ilegitimidad en fallo y no agravar su integración

Viviana Mutz
02 de octubre, 2020

Reconocer que hay un problema con la integración de la Corte de Constitucionalidad (CC) y resolverlo con altura, es en lo que insistió el abogado constitucionalista Ignacio Andrade. El jurista participó junto con Víctor Castillo, exletrado de la CC, en el webinar “Crisis en la Corte de Constitucionalidad”, organizado por República.

Los panelistas discutieron el origen y las consecuencias de la crisis luego que la CC anuló en definitiva la designación del abogado Conrado Reyes, por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) como suplente en la CC.

“Sí hay una crisis”, enfatizó Andradre, debido a que la CC debe estar integrada por los designados que le dan su carácter de órgano. Esto no ocurre ante la ausencia del magistrado titular y suplente de la CSJ.

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“Si la CC insiste en que no le importa que la integren siete magistrados, sin representación de uno de los órganos del Estado, la crisis no solo va a perdurar, sino que se va a perpetuar y agravar”, expresó.

Ignacio Andrade, abogado constitucionalista.

Según Andrade, la legitimidad de los fallos de la corte se dan cuando están adecuados con la Constitución y no con el particular punto de vista político de la CC, con argumentos distintos a los que el mismo Tribunal le pide a otros órganos.

De acuerdo con el abogado Castillo, la CC no explica por qué a pesar que la elección que se produce en ciertos órganos del Estado, en lo referente a la designación de magistrados es irrecurrible, pero se vuelve irrecurrible por medio del amparo otorgado

Además dijo no estar clara la jurisprudencia de la CC al mezclar aspectos para concederlo. 

Castillo refirió que la ausencia de un procedimiento previo no es lo mismo que la elección de este magistrado. “Si señalo la ausencia de un procedimiento, el vicio es anterior a la elección. Sin embargo, si señalo que el vicio es de la elección, debo ligar un aspecto propio de esta”, explicó.

Castillo también recordó que uno de los derechos fundamentales de la población es contar con la confianza de la población en saber las razones por las cuales se resuelve o interpreta determinada norma

Puntualizó que si la CC continúa errática en sus actuaciones al respetar sus propias pautas y criterios, y no lo hace tal y como lo señaló en casos anteriores donde resolvió violación de derechos, el mensaje que envía es que ella misma viola derechos.

“No está lejos de que llegue el otro año, cuando se tenga que elegir a la nueva CC y se presente un amparo para que los actuales magistrados continúen. Seguramente se van a amparar y esta CC va a seguir siéndolo el tiempo que quieran hacer”.

Víctor Castillo, exletrado de la Corte de Constitucionalidad.

Quiénes integran la CC

Andrade explicó que la vida de la CC surge como un órgano para regular las normas inferiores, donde Guatemala necesitaba de un control constitucional, de carácter temporal y por medio del amparo a los tribunales ordinarios.

En 1985 se vuelve un órgano más permanente, con un componente jurídico pero a la vez como un órgano político. De allí la importancia de que fuera integrado por los tres poderes del estado: magistrado titular y suplente del Congreso, Ejecutivo y Judicial. Posteriormente se ampliaron las posiciones para la academia y gremio de abogados una posición, aseveró Andrade

“La ausencia de uno o más de ellos causa y produce una desintegración de la CC”, manifestó.