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Coronavirus: Restaurantes funcionarán en horarios regulares

Glenda Sanchez
28 de enero, 2021

Este jueves 28 de enero el Ministerio de Salud publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 13-2021. El acuerdo contiene las modificaciones a los horarios de servicios de restaurantes.

“Los restaurantes continuarán funcionando en sus horarios regulares respetando estrictamente lo normado en el Acuerdo Gubernativo No.151-2020 que reforma el Acuerdo 221-2004 respetando el expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas”, detalla el documento publicado en el Diario Oficial.

Agrega: “Los bares y centros de diversión nocturna y otros establecimientos de similar naturaleza podrán funcionar hasta las 21:00 horas”.

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El documento añade que todos deben respetar el aforo y bioseguridad de conformidad con las disposiciones establecidas en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia Covid-19.

Las autoridades recuerdan las prohibiciones del expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.

Otras disposiciones publicadas el martes siguen igual

El Acuerdo Ministerial detalla que el resto de las disposiciones continuarán igual. “Las demás disposiciones contenidas en los Acuerdos Ministeriales No. 7-2021 y No. 08-2021 quedan inalterables”, resalta el Ministerio de Salud.

Las disposiciones obligatorias para la contención y prevención del incremento de contagios de coronavirus son las siguientes:

  • Mantener el aforo en lugares turísticos públicos como playas, lagos, ríos, parques públicos y parques municipales y otros de similares características de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.
  • Limitar el acceso en playas, lagos y ríos.
  • Garantizar el cumplimiento del aforo en espacios cerrados de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.
  • Garantizar el cumplimiento del aforo y además medidas sanitarias en los centros de trabajo.

Modificaciones y medidas preventivas

  • Asegurar el cumplimiento de aforo en los mercados cantonales, municipales y satelitales garantizando el uso de la mascarilla en visitantes y comerciantes. Además garantizar el distanciamiento social de conformidad con lo establecido en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
  • Los mercados cantonales, municipales y satelitales deberán realizar sus actividades dentro del horario comprendido de 5 a 17 horas, deberán disponer horarios especiales para las personas mayores de 60 años. Todos deberán de cumplir con la elaboración de Protocolos de Bioseguridad.
  • Quedan prohibidas las ferias comunales, de barrio municipales y cualquier otra similar a su naturaleza en todo el territorio.
  • Se reitera que los funerales y entierros continúan con la restricción contenida en el Plan de Contención Prevención y Respuesta.
  • El transporte público colectivo que a la fecha cuenta con autorización de circulación deberá cumplir lo establecido en el Sistema de Alerta Covid-19.
  • Se reitera las previsiones establecidas en el Acuerdo Gubernativo número 151-2020 que reforma el Acuerdo Gubernativo respecto del expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas.

Centros comerciales

Los centros comerciales, plazas comerciales y similares deberán realizar sus actividades hasta las 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para las personas mayores de 60 años, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19. Todas las personas que se encuentren en los establecimientos aquí indicados podrán permanecer dentro de los mismos hasta concluir las gestiones o compras que estén realizando.

Los supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio podrán desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para las personas mayores de 60 años, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19.

No obstante lo anterior, todas las personas que se encuentren en estos establecimientos podrán permanecer dentro de los mismos hasta concluir las gestiones o compras.

Sanciones y modificaciones

En el acuerdo se enfatiza que el incumplimiento de las disposiciones será sancionado por las autoridades. Se aplicarán las regulaciones municipales con cargos administrativos y penales.

Salud recordó que son medidas sanitarias obligatorias y universales. Como el uso adecuado de mascarillas, salvo las personas que tengan contraindicación médica debidamente comprobada.

Además, el distanciamiento físico de por lo menos un metro con 50 centímetros. También la higiene de manos con agua y jabón o con alcohol en gel con una concentración mínima de 60%.

Coronavirus: Restaurantes funcionarán en horarios regulares

Glenda Sanchez
28 de enero, 2021

Este jueves 28 de enero el Ministerio de Salud publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 13-2021. El acuerdo contiene las modificaciones a los horarios de servicios de restaurantes.

“Los restaurantes continuarán funcionando en sus horarios regulares respetando estrictamente lo normado en el Acuerdo Gubernativo No.151-2020 que reforma el Acuerdo 221-2004 respetando el expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas”, detalla el documento publicado en el Diario Oficial.

Agrega: “Los bares y centros de diversión nocturna y otros establecimientos de similar naturaleza podrán funcionar hasta las 21:00 horas”.

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El documento añade que todos deben respetar el aforo y bioseguridad de conformidad con las disposiciones establecidas en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia Covid-19.

Las autoridades recuerdan las prohibiciones del expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.

Otras disposiciones publicadas el martes siguen igual

El Acuerdo Ministerial detalla que el resto de las disposiciones continuarán igual. “Las demás disposiciones contenidas en los Acuerdos Ministeriales No. 7-2021 y No. 08-2021 quedan inalterables”, resalta el Ministerio de Salud.

Las disposiciones obligatorias para la contención y prevención del incremento de contagios de coronavirus son las siguientes:

  • Mantener el aforo en lugares turísticos públicos como playas, lagos, ríos, parques públicos y parques municipales y otros de similares características de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.
  • Limitar el acceso en playas, lagos y ríos.
  • Garantizar el cumplimiento del aforo en espacios cerrados de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.
  • Garantizar el cumplimiento del aforo y además medidas sanitarias en los centros de trabajo.

Modificaciones y medidas preventivas

  • Asegurar el cumplimiento de aforo en los mercados cantonales, municipales y satelitales garantizando el uso de la mascarilla en visitantes y comerciantes. Además garantizar el distanciamiento social de conformidad con lo establecido en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
  • Los mercados cantonales, municipales y satelitales deberán realizar sus actividades dentro del horario comprendido de 5 a 17 horas, deberán disponer horarios especiales para las personas mayores de 60 años. Todos deberán de cumplir con la elaboración de Protocolos de Bioseguridad.
  • Quedan prohibidas las ferias comunales, de barrio municipales y cualquier otra similar a su naturaleza en todo el territorio.
  • Se reitera que los funerales y entierros continúan con la restricción contenida en el Plan de Contención Prevención y Respuesta.
  • El transporte público colectivo que a la fecha cuenta con autorización de circulación deberá cumplir lo establecido en el Sistema de Alerta Covid-19.
  • Se reitera las previsiones establecidas en el Acuerdo Gubernativo número 151-2020 que reforma el Acuerdo Gubernativo respecto del expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas.

Centros comerciales

Los centros comerciales, plazas comerciales y similares deberán realizar sus actividades hasta las 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para las personas mayores de 60 años, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19. Todas las personas que se encuentren en los establecimientos aquí indicados podrán permanecer dentro de los mismos hasta concluir las gestiones o compras que estén realizando.

Los supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio podrán desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para las personas mayores de 60 años, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19.

No obstante lo anterior, todas las personas que se encuentren en estos establecimientos podrán permanecer dentro de los mismos hasta concluir las gestiones o compras.

Sanciones y modificaciones

En el acuerdo se enfatiza que el incumplimiento de las disposiciones será sancionado por las autoridades. Se aplicarán las regulaciones municipales con cargos administrativos y penales.

Salud recordó que son medidas sanitarias obligatorias y universales. Como el uso adecuado de mascarillas, salvo las personas que tengan contraindicación médica debidamente comprobada.

Además, el distanciamiento físico de por lo menos un metro con 50 centímetros. También la higiene de manos con agua y jabón o con alcohol en gel con una concentración mínima de 60%.